Registro de altos cargos de Sociedades de Garantía Recíproca de Euskadi.
- Organismo:
- Hacienda y Finanzas
Descripción
Descripción.
Las sociedades de garantía recíproca, cuyo domicilio social radique en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Euskadi y desarrollen su actividad en dicho ámbito, deberán inscribir en el Registro de Altos Cargos los nombramientos y variaciones de datos de los altos cargos de la sociedad.
Así mismo, las sociedades de garantía recíproca, inscritas en el Registro de SGR de la Comunidad Autónoma de Euskadi, deberán solicitar autorización previa al Departamento competente para la prestación de garantías en favor de personas cuyo nombramiento está sujeto a inscripción en el Registro de Altos Cargos, así como a favor de otras personas y sociedades tal y como establece en la normativa autonómica de sociedades de garantía recíproca.
Nombramientos de los Cargos
En el Registro de Altos Cargos de sociedades de garantía recíproca gestionado por el Departamento competente en materia de política financiera y relaciones con las entidades financieras, con carácter público y complementario del establecido en la legislación estatal, deberán inscribirse los nombramientos de los cargos de Presidente, Vicepresidente, Consejero o Administrador, Director General o asimilados.
En el caso de que el nombramiento recaiga sobre una persona jurídica deberá inscribirse, además la persona física que actué como su representante.
Para obtener la preceptiva inscripción del nombramiento en el Registro de Altos Cargos de sociedades de garantía recíproca de la Comunidad Autónoma de Euskadi, las sociedades de garantía recíproca deberán acreditar que cumplen los requisitos establecidos en el Decreto 178/1996, de 16 de julio (B.O.P.V Nº148 de 2 de agosto) de Sociedades de Garantía Recíproca.
Variaciones de datos de los Cargos
Las sociedades de garantía recíproca, inscritas en el Registro, deberán facilitar la documentación e información necesaria para permitir su llevanza actualizada.
A estos efectos, remitirán a la Dirección de Política Financiera del Gobierno Vasco, como departamento gestor, las variaciones de datos de los cargos de Presidente, Vicepresidente, Consejero o Administrador, Director General o asimilados.
La Dirección de Política financiera vigilará el cumplimiento por parte de las sociedades de garantía recíproca de los requisitos establecidos en el Decreto 178/1996, de 16 de julio (B.O.P.V Nº148 de 2 de agosto) de Sociedades de Garantía Recíproca.
Certificaciones de datos registrales
El órgano que ejerce la llevanza del registro, el seguimiento de la actividad, la inspección, y todas las demás competencias de ejecución en materia de sociedades de garantía recíproca es el encargado de expedir certificados de los datos registrales.
Las sociedades de garantía recíproca, así como los ciudadanos, empresas y organizaciones públicas que ostenten la condición de interesados podrán solicitar certificación de los datos contenidos en el Registro de Altos Cargos de Sociedades de Garantía Recíproca de Euskadi.
Prestación de garantías en favor de determinadas personas
Las sociedades de garantía recíproca, inscritas en el Registro de SGR de la Comunidad Autónoma de Euskadi deberán solicitar autorización previa, para la prestación de garantías por un importe superior a 150.000€, a favor de las personas cuyo nombramiento está sujeto a inscripción, así como de sus cónyuges, ascendientes o descendientes, y de las sociedades en las que participen mayoritariamente en el capital, o desempeñen en las mismas cargos de Presidente, Vicepresidente, Consejero o Administrador, Director General o análogos.
A estos efectos, remitirán a la Dirección de Política Financiera del Gobierno Vasco, como departamento gestor, la solicitud de autorización previa que deberá ser resuelta en el plazo de 15 días. La falta de resolución expresa tendrá efectos estimatorios de la solicitud.
A quién va dirigido
El colectivo solicitante de la inscripción en el Registro de Altos Cargos de SGR serán las sociedades de garantía recíproca, que hayan adquirido personalidad jurídica, cuyo domicilio social radique en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Euskadi y desarrollen su actividad en dicho ámbito.
Normativa aplicable
Organismos
Organismo que gestiona
- Hacienda y Finanzas / Viceconsejería de Política Financiera y Presupuestos > Dirección de Política Financiera y Previsión Social
Organismo que resuelve
- Hacienda y Finanzas / Viceconsejería de Política Financiera y Presupuestos > Dirección de Política Financiera y Previsión Social
Información de contacto
Datos de contacto
Zuzenean: Servicio de atención a la ciudadanía
Código(s)
- Nombramientos de los Cargos : 0601702
- Variaciones de datos de los Cargos : 0601704
- Certificaciones de datos registrales : 0601705
- Prestación de garantías en favor de determinadas personas: 0601706
Solicitud y aportación de documentación
Acceda a la aplicación de tramitación electrónica mediante el siguiente botón.
Observaciones:
No es necesario cumplimentar, firmar y enviar el formulario en una única sesión, sino que, si lo desea, puede guardarlo en el sistema informático de la Administración y continuar el proceso en sesiones sucesivas.
La Administración conservará los datos cumplimentados durante el plazo de un mes. En todo caso, la presentación de la solicitud se deberá efectuar dentro de los plazos establecidos en la normativa.
- Nombramiento de los Cargos
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A la solicitud de inscripción en el Registro de Altos Cargos deberá acompañarse la siguiente documentación:
a) La identificación de las personas y su nombramiento en los cargos de Presidente, Videpresidente, Consejero o Administrador, Director General o asimilados de las sociedades de garantía recíproca registradas.
b) La identificación de la sociedades en las que las personas indicadas en el apartado a) participen mayoritariamente en el capital, de forma aislada o conjunta, directa o indirectamente. Se considerarán conjuntamente las participaciones de las personas jurídicas y sus representantes.
c) La identificación de las sociedades en las que las personas inscritas desempeñen los cargos señalados en el apartado a) o análogos.
d) Deberán acreditar los nombramientos de los cargos y su inscripción en el Registro Mercantil
- Las sociedades de garantía recíproca deberán garantizar que han conseguido la personalidad jurídica, también que la dirección y el ámbito de actividad están en la Comunidad Autónoma del País Vasco.
Antes de comenzar con la solicitud:
- Tenga en cuenta que debe disponer de un medio de identificación electrónica.
- Prepare los documentos necesarios en formato digital (PDF o formatos admitidos).
Después, acceda al servicio electrónico y siga los 4 pasos que le indicamos:
- Rellene el formulario de la solicitud.
- Adjunte los documentos que ha preparado anteriormente.
- Firme la solicitud.
- Envíe la solicitud y los documentos.
A continuación, verá una pantalla que le indica que el envío ya ha sido realizado (acuse de recibo).
Posteriormente, podrá continuar con la tramitación y realizar el seguimiento de su expediente a través de Mi carpeta.
Resolución y recursos
Plazo de resolución
El plazo máximo en que debe dictarse y notificarse la resolución será de 2 meses, a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la recepción de la solicitud de inscripción en el Registro de Altos Cargos de las sociedades de garantía recíproca.
Efectos del silencio
Desestimatorios
Solicitud y aportación de documentación
Acceda a la aplicación de tramitación electrónica mediante el siguiente botón.
Observaciones:
No es necesario cumplimentar, firmar y enviar el formulario en una única sesión, sino que, si lo desea, puede guardarlo en el sistema informático de la Administración y continuar el proceso en sesiones sucesivas.
La Administración conservará los datos cumplimentados durante el plazo de un mes. En todo caso, la presentación de la solicitud se deberá efectuar dentro de los plazos establecidos en la normativa.
- Variaciones de datos de los Cargos
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- Estar inscrita en el Registro de sociedades de garantía recíproca de Euskadi. Presentar toda la documentación necesaria, según las modificaciones realizadas, para poder verificar el cumplimiento de los requisitos exigidos. Copia legalizada notarialmente o debidamente cotejada de las variaciones de los datos de los Altos Cargos, con la justificación de su inscripción en el Registro Mercantil.
Antes de comenzar con la solicitud:
- Tenga en cuenta que debe disponer de un medio de identificación electrónica.
- Prepare los documentos necesarios en formato digital (PDF o formatos admitidos).
Después, acceda al servicio electrónico y siga los 4 pasos que le indicamos:
- Rellene el formulario de la solicitud.
- Adjunte los documentos que ha preparado anteriormente.
- Firme la solicitud.
- Envíe la solicitud y los documentos.
A continuación, verá una pantalla que le indica que el envío ya ha sido realizado (acuse de recibo).
Posteriormente, podrá continuar con la tramitación y realizar el seguimiento de su expediente a través de Mi carpeta.
Resolución y recursos
Plazo de resolución
El plazo máximo en que debe dictarse y notificarse la resolución será de 2 meses, a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la recepción de la solicitud de modificación de la inscripción en el Registro de sociedades de garantía recíproca.
Efectos del silencio
Desestimatorios
Solicitud y aportación de documentación
Acceda a la aplicación de tramitación electrónica mediante el siguiente botón.
Observaciones:
No es necesario cumplimentar, firmar y enviar el formulario en una única sesión, sino que, si lo desea, puede guardarlo en el sistema informático de la Administración y continuar el proceso en sesiones sucesivas.
La Administración conservará los datos cumplimentados durante el plazo de un mes. En todo caso, la presentación de la solicitud se deberá efectuar dentro de los plazos establecidos en la normativa.
- Certificación de datos registrales
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La persona física o jurídica solicitante deberá acreditar ser interesado para obtener la oportuna certificación del Registro, y presentar la correspondiente solicitud.
- Solicitud al efecto Para realizar la solicitud, deberá: Disponer de un medio de identificación electrónica Preparar toda la documentación necesaria, escanearla en formato PDF (o en uno de los formatos admitidos) y guardarla en el ordenador Rellenar los formularios, si los hubiera, y guardarlos en el ordenador Acceder al servicio electrónico ( en su caso), dónde se mostrarán cuatro pasos: 1. Cumplimentar la Solicitud 2. Adjuntar los documentos y formularios preparados 3. Firmar la solicitud 4. Cuando se ha realizado el envío, se muestra una pantalla con el acuse de recibo
Antes de comenzar con la solicitud:
- Tenga en cuenta que debe disponer de un medio de identificación electrónica.
- Prepare los documentos necesarios en formato digital (PDF o formatos admitidos).
Después, acceda al servicio electrónico y siga los 4 pasos que le indicamos:
- Rellene el formulario de la solicitud.
- Adjunte los documentos que ha preparado anteriormente.
- Firme la solicitud.
- Envíe la solicitud y los documentos.
A continuación, verá una pantalla que le indica que el envío ya ha sido realizado (acuse de recibo).
Posteriormente, podrá continuar con la tramitación y realizar el seguimiento de su expediente a través de Mi carpeta.
Resolución y recursos
Plazo de resolución
No tiene plazos de resolución
No hay silencio
Contra la resolución cabe Recurso de Alzada (Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).
Solicitud y aportación de documentación
Acceda a la aplicación de tramitación electrónica mediante el siguiente botón.
Observaciones:
No es necesario cumplimentar, firmar y enviar el formulario en una única sesión, sino que, si lo desea, puede guardarlo en el sistema informático de la Administración y continuar el proceso en sesiones sucesivas.
La Administración conservará los datos cumplimentados durante el plazo de un mes. En todo caso, la presentación de la solicitud se deberá efectuar dentro de los plazos establecidos en la normativa.
- PRESTACION DE GARANTIAS
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A la solicitud de la autorización deberá acompañarse la siguiente documentación:
a) La identificación de las persona física o jurídica en favor de la que la SGR solicita autorización para la prestación del aval.
b) Descripción de la operación con detalle de: importe, plazo y finalidad.
c) La identificación de los avales en vigor de la SGR con la persona en favor de la que se solicita autorización con indicación de la fecha de formalización, plazo, vencimiento.
d) Expediente completo de aprobación de la operación por parte del órgano competente de la SGR.
Antes de comenzar con la solicitud:
- Tenga en cuenta que debe disponer de un medio de identificación electrónica.
- Prepare los documentos necesarios en formato digital (PDF o formatos admitidos).
Después, acceda al servicio electrónico y siga los 4 pasos que le indicamos:
- Rellene el formulario de la solicitud.
- Adjunte los documentos que ha preparado anteriormente.
- Firme la solicitud.
- Envíe la solicitud y los documentos.
A continuación, verá una pantalla que le indica que el envío ya ha sido realizado (acuse de recibo).
Posteriormente, podrá continuar con la tramitación y realizar el seguimiento de su expediente a través de Mi carpeta.
Resolución y recursos
Plazo de resolución
El plazo máximo en que debe dictarse y notificarse la resolución será de 15 días, a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la recepción de la solicitud en el Registro de Altos Cargos de las sociedades de garantía recíproca.
Efectos del silencio
Estimatorios