Departamento de Bienestar, Juventud y Reto Demográfico

Registro de personas mediadoras

Descripción


La creación del Registro de Personas Mediadoras, por una parte, responde a la necesidad de controlar que la mediación se realiza efectivamente por aquellas personas que cumplen con los requisitos que esta ley exige, con el fin de asegurar que se desempeña con un determinado nivel de calidad. Por otra parte, el registro se instrumenta como un medio a través del cual los particulares y las particulares pueden conocer las personas que ofrecen sus servicios como mediadoras, así como los servicios públicos de mediación existentes.Está regulado mediante el Decreto 246/2012,de 21 de noviembre, del Registro de Personas ediadoras y de la preparación en mediación familiar requerida para la inscripción.

Registro de personas mediadoras Registro de personas mediadoras (PDF, 471 KB) (Actualizado a 31 de octubre de 2024)

Nota: Toda la documentación deberá presentarse en original o en copia compulsada

 


Renovación de inscripción

Para renovar la inscripción, las personas mediadoras inscritas deberán acreditar una formación continua que consistirá en la realización, durante un periodo de cinco años, de nuevos cursos, seminarios o jornadas de formación de al menos 50 horas acumulables en materias relacionadas con la mediación familiar. En el caso de que el Gobierno del Estado determine una duración y contenido superior de la formación continua en mediación en asuntos civiles y mercantiles, se deberá observar dicha formación.


Baja registro Personas Mediadoras

La inscripción en el Registro de Personas Mediadoras se cancelará por los siguientes motivos:

  • A petición de la persona mediadora.
  • Fallecimiento o declaración de incapacitación de la Persona Mediadora inscrita en el Registro.
  • Cese definitivo de la actividad.
  • Incumplimiento sobrevenido de las condiciones o requisitos exigidos para estar inscrita como persona mediadora.
  • Sanción firme de suspensión definitiva para actuar como Persona Mediadora.
  • Vencimiento del plazo de vigencia.
  • Cualquier otra causa que determine la imposibilidad de continuar con la prestación de la actividad.

Organismos


Organismo que gestiona

  • Bienestar, Juventud y Reto Demográfico / Viceconsejería de Políticas Sociales > Dirección de Familias e Infancia

Organismo que resuelve

  • Bienestar, Juventud y Reto Demográfico / Viceconsejería de Políticas Sociales > Dirección de Familias e Infancia

Información de contacto


Datos de contacto

Departamento de Igualdad, Justicia y Políticas Sociales

Zuzenean: Servicio de atención a la ciudadanía

Código(s)

  • Solicitud de inscripción : 0606903
  • Renovación de inscripción : 0606904
  • Modificación de los datos Registro de Personas Mediadoras : 0606901
  • Baja registro Personas Mediadoras : 0606902

Solicitud de inscripción de Personas Mediadoras


Se mostrarán cuatro pasos:

  1. cumplimentar el formulario de la solicitud,
  2. adjuntar los documentos y formularios preparados,
  3. firmar la solicitud,
  4. enviar la solicitud y la documentación aportada.
    Cuando se ha realizado el envío, se muestra una pantalla con el acuse de recibo.
  • No es necesario cumplimentar, firmar y enviar el formulario en una única sesión, sino que, si lo desea, puede guardarlo en el sistema informático de la Administración y continuar el proceso en sesiones sucesivas.
  • La Administración conservará los datos cumplimentados durante el plazo de un mes. En todo caso, la presentación de la comunicación se deberá efectuar dentro de los plazos establecidos en la normativa.

En caso de tramitar la solicitud de forma presencial, usted dispone de dos opciones para cumplimentar el formulario:

Opción 1:

  1. Cumplimentar el formulario en el ordenador,
  2. guardar los datos y la documentación en el sistema informático de la Administración,
  3. imprimir el formulario,
  4. firmarlo de forma manuscrita
  5. y entregarlo en los lugares de presentación establecidos en el procedimiento.

Opción 2:

  1. Imprimir el formulario vacío, cumplimentarlo y firmarlo de forma manuscrita, 
  2. entregar el formulario en los lugares de presentación establecidos en el procedimiento,
  3. guardar la documentación en el sistema informático de la Administración.
  • Si utiliza esta opción, cuando su solicitud y, en su caso, los documentos adjuntos lleguen a la unidad tramitadora, ésta ya dispondrá de sus datos facilitando así la tramitación del expediente.
  • Tenga en cuenta que la Administración guardará el formulario durante el plazo de un mes, de forma que en ese plazo deberá presentar el formulario firmado en los lugares de presentación establecidos.

Otros trámites


Solicitud de la renovación de la inscripción de Personas Mediadoras


  1. Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida en formato digital.
  3. Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
    Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.

En caso de tramitar la solicitud de forma presencial, usted dispone de dos opciones para cumplimentar el formulario:

Opción 1:

  1. Cumplimentar el formulario en el ordenador,
  2. guardar los datos y la documentación en el sistema informático de la Administración,
  3. imprimir el formulario,
  4. firmarlo de forma manuscrita
  5. y entregarlo en los lugares de presentación establecidos en el procedimiento.

Opción 2:

  1. Imprimir el formulario vacío, cumplimentarlo y firmarlo de forma manuscrita, 
  2. entregar el formulario en los lugares de presentación establecidos en el procedimiento,
  3. guardar la documentación en el sistema informático de la Administración.
  • Si utiliza esta opción, cuando su solicitud y, en su caso, los documentos adjuntos lleguen a la unidad tramitadora, ésta ya dispondrá de sus datos facilitando así la tramitación del expediente.
  • Tenga en cuenta que la Administración guardará el formulario durante el plazo de un mes, de forma que en ese plazo deberá presentar el formulario firmado en los lugares de presentación establecidos.

Otros trámites


Modificación de los datos de Registro de Personas Mediadoras


  1. Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida en formato digital.
  3. Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
    Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.

En caso de tramitar la solicitud de forma presencial, usted dispone de dos opciones para cumplimentar el formulario:

Opción 1:

  1. Cumplimentar el formulario en el ordenador,
  2. guardar los datos y la documentación en el sistema informático de la Administración,
  3. imprimir el formulario,
  4. firmarlo de forma manuscrita
  5. y entregarlo en los lugares de presentación establecidos en el procedimiento.

Opción 2:

  1. Imprimir el formulario vacío, cumplimentarlo y firmarlo de forma manuscrita, 
  2. entregar el formulario en los lugares de presentación establecidos en el procedimiento,
  3. guardar la documentación en el sistema informático de la Administración.
  • Si utiliza esta opción, cuando su solicitud y, en su caso, los documentos adjuntos lleguen a la unidad tramitadora, ésta ya dispondrá de sus datos facilitando así la tramitación del expediente.
  • Tenga en cuenta que la Administración guardará el formulario durante el plazo de un mes, de forma que en ese plazo deberá presentar el formulario firmado en los lugares de presentación establecidos.

Otros trámites


Baja en el Registro de Personas Mediadoras


La inscripción en el Registro de Personas Mediadoras se cancelará por los siguientes motivos:

  • A petición de la persona mediadora.
  • Fallecimiento o declaración de incapacitación de la Persona Mediadora inscrita en el Registro.
  • Cese definitivo de la actividad.
  • Incumplimiento sobrevenido de las condiciones o requisitos exigidos para estar inscrita como persona mediadora.
  • Sanción firme de suspensión definitiva para actuar como Persona Mediadora.
  • Vencimiento del plazo de vigencia.
  • Cualquier otra causa que determine la imposibilidad de continuar con la prestación de la actividad.
  1. Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida en formato digital.
  3. Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
    Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.

En caso de tramitar la solicitud de forma presencial, usted dispone de dos opciones para cumplimentar el formulario:

Opción 1:

  1. Cumplimentar el formulario en el ordenador,
  2. guardar los datos y la documentación en el sistema informático de la Administración,
  3. imprimir el formulario,
  4. firmarlo de forma manuscrita
  5. y entregarlo en los lugares de presentación establecidos en el procedimiento.

Opción 2:

  1. Imprimir el formulario vacío, cumplimentarlo y firmarlo de forma manuscrita, 
  2. entregar el formulario en los lugares de presentación establecidos en el procedimiento,
  3. guardar la documentación en el sistema informático de la Administración.
  • Si utiliza esta opción, cuando su solicitud y, en su caso, los documentos adjuntos lleguen a la unidad tramitadora, ésta ya dispondrá de sus datos facilitando así la tramitación del expediente.
  • Tenga en cuenta que la Administración guardará el formulario durante el plazo de un mes, de forma que en ese plazo deberá presentar el formulario firmado en los lugares de presentación establecidos.