Agencias de colocación

Descripción


Se entenderá por agencias de colocación aquellas entidades públicas o privadas, con o sin ánimo de lucro, que realicen actividades de intermediación laboral de acuerdo con lo establecido en el artículo 43 de la Ley 3/2023, de 28 de febrero, de Empleo, bien como colaboradores de los Servicios Públicos de Empleo, bien de forma autónoma pero coordinada con los mismos. Asimismo, podrán desarrollar actuaciones relacionadas con la búsqueda de empleo, tales como orientación e información profesional, y con la selección de personal.

Las personas físicas o jurídicas, incluidas las empresas de trabajo temporal, que deseen actuar como agencias de colocación deberán presentar con carácter previo una declaración responsable.

Las agencias de colocación podrán iniciar su actividad desde el día de la presentación de la declaración responsable, sin perjuicio de las facultades de comprobación, control e inspección que tengan atribuidas las administraciones competentes.

El procedimiento para obtener la habilitación como agencia de colocación para desarrollar la actividad en la Comunidad Autónoma de Euskadi se iniciará con la solicitud presentada en esta ficha web (Tramitación / Solicitud para la actuación como Agencia de Colocación).

La inexactitud o falsedad en cualquier dato, manifestación o documento, de carácter esencial, que se hubiera acompañado o incorporado a la declaración responsable, determinarán la imposibilidad de continuar con la actividad como agencia de colocación, sin perjuicio de las responsabilidades penales, civiles o administrativas a que hubiere lugar.

A quién va dirigido


Personas físicas o jurídicas que deseen actuar como agencias de colocación.

Organismos


Organismo que gestiona

  • Lanbide - Servicio Vasco de Empleo > Director/a General de Lanbide - Servicio Vasco de Empleo

Organismo que resuelve

  • Lanbide - Servicio Vasco de Empleo > Director/a General de Lanbide - Servicio Vasco de Empleo

Información de contacto


Datos de contacto

Código(s)

Solicitud para la actuación como Agencia de Colocación


Administrazioak ofizioz egiaztatzeko baimena ematen badu, ez da beharrezkoa dokumenturik eranstea.

Esta forma de presentación de la solicitud es solo para personas físicas. Las personas jurídicas están obligadas a relacionarse electronicamente con la administración (Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

Descargue el modelo, rellénelo y entreguélo, junto con la documentación necesaria, en nuestras oficinas. Solicita cita llamando al teléfono 945 160 601.

Declaración responsable para actuar como agencia de colocación

Resolución y recursos


Plazo de resolución

Máximo 7 días

Efectos del silencio

Estimatorios

Solicitud de renuncia como Agencia de Colocación


  1. Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida en formato digital.
  3. Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
    Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.

Modificación de Agencias de Colocación o centros de trabajo


  1. Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida en formato digital.
  3. Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
    Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.

Otros trámites