Registro de las Empresas de Inserción

Descripción


Regular la calificación de empresas de inserción, y establecer el procedimiento de acceso a las mismas y de registro.

Son empresas de inserción aquellas es­tructuras productivas de bienes o servicios que tengan como fin la incorporación al mercado laboral de colec­tivos en situación de desventaja social o exclusión y lle­ven a cabo un proyecto personal de inserción mediante un proceso de aprendizaje adecuado que contemple la consecución de habilidades sociales, laborales, forma­ción básica, cualificación laboral y conocimientos del mercado que les permitan mejorar sus condiciones de empleabilidad.


Calificación de las Empresas de Inserción

La calificación es el acto por el que una entidad de las indicadas en el artículo 4 del presente Decreto, adquiere la condición de empresa de inserción en virtud de resolución motivada del Departamento competente en materia de Inserción Social del Gobierno Vasco, una vez acreditado el cumplimiento de los requisitos establecidos en el presente Decreto


Descalificación de Empresas de Inserción

La perdida de la calificación podrá producirse por cualquiera de las causas señaladas en en el artículo 12 del Decreto 162/2023, de 31 de octubre, por el que se regula la calificación de empresas de inserción, se establece el procedimiento de acceso a las mismas y su registro.

La solicitud de descalificación se podrá solicitar desde el trámite correspondiente en esta ficha.

Organismos


Organismo que gestiona

  • Organismos Autónomos > Lanbide - Servicio Vasco de Empleo

Organismo que resuelve

  • Organismos Autónomos > Lanbide - Servicio Vasco de Empleo

Información de contacto


Datos de contacto

  • Servicio de Atención a Entidades y Empresas: 945 160 601

Código(s)

  • Calificación de las Empresas de Inserción: 1023102
  • Descalificación de Empresas de Inserción: 1023102

Solicitud y aportación de documentación


  1. Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida en formato digital.
  3. Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
    Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.

Resolución y recursos


Plazo de resolución

6 meses

Efectos del silencio

Estimatorios

Alta o modificación de datos del tercero en el "Registro de Terceros"


Para que la Administración pueda realizar el pago de las ayudas y subvenciones, usted deberá estar dado de alta en el Registro de terceros de la Oficina de Control Económico del Departamento de Economía y Hacienda del Gobierno Vasco.

Otros trámites


Solicitud de descalificación


  1. Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
  2. Prepare la documentación en formato digital (cómo digitalizar documentos).
  3. Acceda a la siguiente aplicación de tramitación electrónica.