Acreditación del voluntariado local de Protección Civil

Descripción


Para la libre y voluntaria integración en una organización local de voluntarios y voluntarias de protección civil será preciso ser mayor de edad, cumplir con los requisitos o pruebas no discriminatorias que establezca la organización y haber obtenido la acreditación o carné de persona voluntaria de protección civil.

La Dirección de Atención de Emergencias y Meteorología expedirá a las organizaciones locales de voluntarios y voluntarias de protección civil de Euskadi los documentos personales de identificación de sus miembros.

La expedición del documento será gratuita y se realizará previa petición de la correspondiente organización local.

El documento es de carácter personal e intransferible y habrá de renovarse en caso de pérdida, deterioro o alteración de los datos que figuran en el mismo.

El personal voluntario que cese en su vínculo con su organización habrá de devolver a esta su acreditación, debiendo la organización remitirla a la Dirección de Atención de Emergencias y Meteorología.


Solicitud de acreditación de voluntarios y voluntarias de Protección Civil

La acreditación se realizará por vía telemática a solicitud de la persona responsable competente en la entidad local o de la persona titular de la presidencia de la asociación o entidad colaboradora.

Documentación a aportar:

  1. Certificación por la correspondiente organización local de la condición de miembro voluntario de la persona para quien se solicité el carné.
  2. Superación de la formación básica obligatoria.
  3. Fotografía de la persona voluntaria.

Solicitud de renovación del carné de identificación

La renovación del carné de identificación personal se solicitará cuando se dé alguna de las circunstancias siguientes:

  • Haber transcurrido 3 años desde su expedición
  • Deterioro notable del carné
  • Pérdida o sustracción
  • Modificación de los datos que figuran en el mismo

Solicitud de anulación del carné de identificación

La anulación del carné se solicitará cuando se dé alguna de las circunstancias siguientes:

  • Fallecimiento, abandono o pérdida de la condición de voluntario de protección civil.
  • Utilización del carné de identificación personal por persona distinta a su titular o cuando presente tachaduras, rasgaduras o le falte algún requisito.
  • Pérdida o sustracción.

A quién va dirigido


Organizaciones locales de voluntarios y voluntarias de Protección Civil de Euskadi.

Organismos


Organismo que gestiona

  • Seguridad / Viceconsejería de Protección Civil > Dirección de Atención de Emergencias y Meteorología

Organismo que resuelve

  • Seguridad / Viceconsejería de Protección Civil > Dirección de Atención de Emergencias y Meteorología

Información de contacto


Datos de contacto

Zuzenean: Servicio de atención a la ciudadanía

Código(s)

  • Solicitud de acreditación de voluntarios y voluntarias de Protección Civil: 1094701
  • Solicitud de renovación del carné de identificación: 1094702
  • Solicitud de anulación del carné de identificación: 1094703

Solicitud de acreditación de voluntarios y voluntarias de Protección Civil


Documentación a aportar:

  1. Certificación por la correspondiente organización local de la condición de miembro voluntario de la persona para quien se solicité el carné.
  2. Superación de la formación básica obligatoria.
  3. Fotografía de la persona voluntaria.

Acceda a la aplicación de tramitación electrónica mediante el siguiente botón.

Observaciones:

No es necesario cumplimentar, firmar y enviar el formulario en una única sesión, sino que, si lo desea, puede guardarlo en el sistema informático de la Administración y continuar el proceso en sesiones sucesivas.

La Administración conservará los datos cumplimentados durante el plazo de un mes. En todo caso, la presentación de la solicitud se deberá efectuar dentro de los plazos establecidos en la normativa.

Resolución y recursos


Otros trámites


Solicitud de renovación del carné de identificación de voluntarios y voluntarias de protección civil de Euskadi


La renovación del carné de identificación personal se solicitará cuando se dé alguna de las circunstancias siguientes:

  • Haber transcurrido 3 años desde su expedición
  • Deterioro notable del carné
  • Pérdida o sustracción
  • Modificación de los datos que figuran en el mismo

Acceda a la aplicación de tramitación electrónica mediante el siguiente botón.

Observaciones:

No es necesario cumplimentar, firmar y enviar el formulario en una única sesión, sino que, si lo desea, puede guardarlo en el sistema informático de la Administración y continuar el proceso en sesiones sucesivas.

La Administración conservará los datos cumplimentados durante el plazo de un mes. En todo caso, la presentación de la solicitud se deberá efectuar dentro de los plazos establecidos en la normativa.

Resolución y recursos


Otros trámites


Solicitud de anulación del carné de identificación de voluntarios y voluntarias de protección civil de Euskadi


La anulación del carné se solicitará cuando se dé alguna de las circunstancias siguientes:

  • Fallecimiento, abandono o pérdida de la condición de voluntario de protección civil.
  • Utilización del carné de identificación personal por persona distinta a su titular o cuando presente tachaduras, rasgaduras o le falte algún requisito.
  • Pérdida o sustracción.

Acceda a la aplicación de tramitación electrónica mediante el siguiente botón.

Observaciones:

No es necesario cumplimentar, firmar y enviar el formulario en una única sesión, sino que, si lo desea, puede guardarlo en el sistema informático de la Administración y continuar el proceso en sesiones sucesivas.

La Administración conservará los datos cumplimentados durante el plazo de un mes. En todo caso, la presentación de la solicitud se deberá efectuar dentro de los plazos establecidos en la normativa.

Resolución y recursos


Otros trámites