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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 153, viernes 14 de agosto de 2015


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OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Y JUSTICIA
3512

RESOLUCIÓN 34/2015, de 29 de julio, del Director de la Secretaría del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento, por la que se dispone la publicación del Acuerdo adoptado por el Consejo de Gobierno de otorgamiento de licencias para la prestación de servicios de comunicación radiofónica en ondas métricas con modulación de frecuencia a favor de Radio Estudio, S.A., en ejecución de sentencia firme N.º 494/2014 de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco.

Habiéndose aprobado por el Consejo de Gobierno, en su sesión celebrada el día 21 de julio de 2015, el Acuerdo de otorgamiento de licencias para la prestación de servicios de comunicación radiofónica en ondas métricas con modulación de frecuencia a favor de Radio Estudio, S.A., en ejecución de sentencia firme N.º 494/2014 de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, y a los efectos de darle la publicidad debida,

RESUELVO:

Artículo único.– Publicar en el Boletín Oficial del País Vasco el texto del Acuerdo de otorgamiento de licencias para la prestación de servicios de comunicación radiofónica en ondas métricas con modulación de frecuencia a favor de Radio Estudio, S.A., en ejecución de sentencia firme N.º 494/2014 de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, que figura como anexo a la presente.

En Vitoria-Gasteiz, a 29 de julio de 2015.

El Director de la Secretaría del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento,

SANTIAGO LARRAZABAL BASAÑEZ.

ANEXO A LA RESOLUCIÓN 34/2015, DE 29 DE JULIO, DEL DIRECTOR DE LA SECRETARÍA DEL GOBIERNO Y DE RELACIONES CON EL PARLAMENTO
ACUERDO ADOPTADO POR EL CONSEJO DE GOBIERNO DE OTORGAMIENTO DE LICENCIAS PARA LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN RADIOFÓNICA EN ONDAS MÉTRICAS CON MODULACIÓN DE FRECUENCIA A FAVOR DE RADIO ESTUDIO, S.A., EN EJECUCIÓN DE SENTENCIA FIRME N.º 494/2014 DE LA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO.

El Real Decreto 964/2006, de 1 de septiembre, por el que se aprueba el Plan técnico nacional de radiodifusión sonora en ondas métricas con modulación de frecuencia, planificó un total de 34 frecuencias que han de ser otorgadas por la Comunidad Autónoma del País Vasco.

A tenor del artículo 8.1 del Decreto 231/2011, de 8 de noviembre, sobre la Comunicación Audiovisual, regulador del régimen jurídico para la prestación del servicio de comunicación audiovisual en Euskadi, el Consejo de Gobierno, en su reunión de 28 de febrero de 2012, aprobó las bases que rigen el concurso público para el otorgamiento de las licencias para la prestación de servicios de comunicación radiofónica en ondas métricas con modulación de frecuencia en la Comunidad Autónoma del País Vasco (Acuerdo publicado mediante Resolución 14/2012, de 29 de febrero, de la Directora de la Secretaria del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento), y mediante Orden de 29 de febrero de 2012, de la Consejera de Cultura, se convocó el concurso público correspondiente (ambas disposiciones publicadas en el BOPV n.º 51 de 12 de marzo de 2012).

Iniciado el expediente sustanciado a través del procedimiento abierto por el órgano competente al efecto, y una vez realizada por la Mesa de Valoración del concurso la propuesta de adjudicación de licencias, el Consejo de Gobierno previo al otorgamiento de las mismas, en su sesión celebrada el día 11 de diciembre de 2012, aprueba el Acuerdo «por el que se renuncia por razones de interés público al concurso de otorgamiento de las licencias para la prestación de servicios de comunicación radiofónica en ondas métricas con modulación de frecuencia» (publicado mediante Resolución 1/2013, de 10 de enero, de la Directora de la Secretaria del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento – BOPV n.º 17 de 24 de enero de 2013).

A fecha 7 de noviembre de 2014, la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco dictó Sentencia n.º 494/2014 en resolución de recurso contencioso-administrativo presentado a instancia de Radio Estudio, S.A., contra la Resolución 1/2013, de 10 de enero, del Director de la Secretaría de Gobierno y de Relaciones con el Parlamento por la que se dispone la publicación del Acuerdo de 11 de diciembre de 2012 adoptado por el Consejo de Gobierno.

Dicha Sentencia, declarada firme mediante Diligencia de Ordenación de fecha 19 de diciembre de 2014, dispone la anulación del Acuerdo recurrido y la reposición del «procedimiento de concurso al momento anterior a dicho acto, elevando a definitiva la propuesta de adjudicación de licencia que hizo la Mesa en favor de la recurrente».

La Mesa de Valoración, una vez cumplimentados los trámites al efecto previstos en las Bases del concurso, en su reunión de fecha 1 de julio de 2015, aprueba finalmente elevar al Consejo de Gobierno la propuesta de adjudicación de las licencias objeto del fallo. Propuesta de adjudicación confirmada en sesión anterior con la aprobación por mayoría de los votos de sus miembros, junto a la formulación de un voto particular contrario, argumentado en informe jurídico, y recogido en documento adjunto al acta del Acuerdo.

A tenor de la Base vigesimoséptima, el otorgamiento de las licencias se acordará por el Consejo de Gobierno, a propuesta de la Consejera de Educación, Política Lingüística y Cultura y a la vista de la propuesta formulada por la Mesa de Valoración. El acto de resolución del otorgamiento de las licencias objeto de la ejecución del fallo deberá publicarse en el Boletín Oficial del País Vasco y ser notificado individualmente en los términos previstos en las Bases del concurso e igualmente a tenor de lo dispuesto en el artículo 14.6 del Decreto 231/2011, de 8 de noviembre, sobre la Comunicación Audiovisual.

Según lo dispuesto en la Base vigesimoctava, una vez notificado el otorgamiento de la licencia, en el plazo de un mes se suscribirá el oportuno documento administrativo, al que se incorporarán los compromisos asumidos por el licitador en su oferta técnica, que serán de obligado cumplimiento para el prestador del servicio.

En su virtud, a propuesta de la Consejera de Educación, Política Lingüística y Cultura, y previa deliberación, el Consejo de Gobierno adopta el siguiente

ACUERDO:

«Primero.– Otorgar a Radio Estudio, S.A. las licencias del servicio de comunicación radiofónica en ondas métricas con modulación de frecuencia cuya descripción y especificaciones técnicas, a tenor de lo dispuesto en las Bases del concurso público convocado al efecto, son las recogidas a continuación:

Bloque número 3 - Territorio Histórico: Bizkaia - Localidad: Getxo.

(Véase el .PDF)

● Bloque número 9 - Territorio Histórico: Araba - Localidad: Vitoria-Gasteiz.

(Véase el .PDF)

Segundo.– Formalizar el documento administrativo previsto en la Base vigesimoctava del concurso público de referencia, cuya competencia corresponde al titular de la Dirección de Gabinete del Departamento de Educación, Política Lingüística y Cultura en ejercicio de las funciones de gestión administrativa propias relativas a la suscripción de los títulos jurídicos requeridos para la prestación de servicios de comunicación audiovisual.

Tercero.– Notificar el presente Acuerdo individualmente al adjudicatario así como a los interesados a tenor de lo previsto en el Decreto 231/2011, de 8 de noviembre, sobre la Comunicación Audiovisual.

Cuarto.– Por la Dirección de la Secretaría del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento se ordenará la publicación del presente Acuerdo en el Boletín Oficial del País Vasco».


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