Convenios, Protocolos y Contratos-Programa

Procedimiento a instancias de la Administración
RESUMEN
Título:

Convenios de colaboración, cofinanciación y patrimoniales, Protocolos y Contratos-Programa

Objeto:

Elaboración y aprobación de los instrumentos de carácter bilateral o multilateral entre la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos y terceros que no tienen carácter contractual.

Destinatarios:

Depende del objeto y la naturaleza del instrumento, y puede ser una persona física o jurídica, pública o privada.

No está previsto en el procedimiento trámite de audiencia ni de información pública.

Normativa reguladora:

Las normas que regulan, con carácter general, el procedimiento son:

INFORMACIÓN
Órgano Gestor:

El Departamento promotor del Convenio, Protocolo o Contrato-Programa.

Contacto presencial y telefónico:
TRAMITACIÓN
Canal de comunicación con la Administración

El procedimiento en general, con contadas excepciones, comienza a instancia de la Administración.

La/s parte/s interesada/s en el expediente, tercero/s con el/los que se convenia o se suscribe el protocolo o contrato-programa, puede ser una persona física o jurídica, pública o privada.

En cumplimiento de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos y del Decreto 21/2012, de 21 de febrero, de Administración Electrónica, la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Euskadi utilizará medios electrónicos en las comunicaciones entre sus órganos con otras Administraciones Públicas salvo que existan causas técnicas justificadas que impidan su utilización.

No obstante, en la actualidad, y dependiendo del tercero del que se trate, conviven los canales presencial y electrónico. La tramitación entre el Gobierno Vasco y sus Organismos Autónomos y el sector público de Euskadi se realiza de forma exclusivamente electrónica de acuerdo con el Decreto 21/2012, de 21 de febrero, de Administración Electrónica:

  • Presencial (papel y envío postal)

    La presentación de documentos podrá realizarse de forma presencial en cualquiera de las oficinas de atención al público Zuzenean.
    La presentación de documentos podrá realizarse en cualquiera de las formas previstas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

  • Electrónica

    La presentación de documentos de forma electrónica se realizará en el apartado ?Mis Gestiones? de la sede electrónica del Gobierno Vasco en euskadi.net donde llegarán las comunicaciones una vez se haya hecho llegar a la Administración la elección del canal electrónico mediante el envío del modelo de selección del canal de interacción e idioma.