Ascensores

Descripción


En los siguientes bloques se describen las diferentes tramitaciones de ascensores. A continuación, se muestran los criterios de interpretación emitidos desde el órgano competente.

  • Puesta en servicio de ascensor

    Presentar la Declaración Responsable para la puesta en servicio de ascensores nuevos (en edificios nuevos o en los existentes que no disponían de ascensor).

    También se aplica a la inscripción de elevadores de velocidad reducida (v ≤ 0,15 m/s) que sirvan al menos a dos plantas de cualquier edificio.

    Esta tramitación debe realizarse tras la finalización de la ejecución de la instalación y antes de la puesta en servicio.

  • Modificación importante de ascensor

    Presentar la Declaración Responsable para la modificación importante de un ascensor registrado en funcionamiento y su nueva puesta en servicio.

    Esta tramitación se realizará tras la finalización de la modificación y antes de la puesta en servicio.

  • Sustitución de ascensor por un nuevo aparato

    Presentar la Declaración Responsable para el desmantelamiento completo de un ascensor en edificios en los que previamente existía uno, su sustitución por uno totalmente nuevo y la puesta en servicio de éste.

    Esta tramitación se realizará tras la finalización de la ejecución de la instalación y antes de la puesta en funcionamiento.

  • Aportación de documentación a ascensor con instalación en funcionamiento

    Actualizar la documentación no técnica de las instalaciones de ascensores existentes ante la Administración. (por ejemplo: comunicación de alta o baja de conservador de ascensor, nuevo contrato de mantenimiento, cambio de datos del titular, comunicación de accidentes).

  • Inspecciones periódicas ascensor

    Este procedimiento lo podrán utilizar exclusivamente los organismos de control para comunicar la realización de las inspecciones periódicas de ascensores, así como el resto de actuaciones relativas a las mismas (Subsanación de defectos…).

  • Solicitud de reconocimiento o aprobación de medidas excepcionales

    Solicitar el reconocimiento de situación de excepcionalidad o la aprobación, en su caso, de medidas excepcionales en ascensores nuevos o modificaciones de los mismos en edificios existentes.

    Dicha solicitud deberá presentarse de forma previa al inicio de los trabajos de instalación del ascensor, que no podrán iniciarse hasta la aprobación, en su caso, de la misma.

    El órgano competente resolverá la solicitud en un plazo máximo de seis meses.

  • Baja de ascensor

    Comunicar la baja de un ascensor por desmontaje sin sustitución por otro, o por puesta fuera de servicio.

Criterios y guías

Guías de aplicación en la CAV:

  • AE-0: Resumen de las guías
  • AE-1: Documentos para la tramitación
  • AE-2: Ascensores de velocidad reducida afectados
  • AE-3: Cambio o sustitución de elementos
  • AE-4: Excepciones con refugios reducidos en edificios existentes
  • AE-5: Modificaciones de ascensor para bajar a cota 0
  • AE-6: Acreditaciones de empresas para realizar modificaciones importantes
  • AE-7: Ascensores con acceso directo a zona privada
  • AE-8: Criterios de contratación

Criterios de actuación en la CAV:

A quién va dirigido


A titulares (propietarios, comunidades de propietarios), organismos de control y empresas instaladoras y conservadoras de ascensores.

Normativa aplicable


Normativa reguladora Real Decreto 355/2024, de 2 de abril, por el que se aprueba la Instrucción Técnica Complementaria ITC AEM 1 «Ascensores», que regula la puesta en servicio, modificación, mantenimiento e inspección de los ascensores, así como el incremento de la seguridad del parque de ascensores existente. Normativa reguladora Real Decreto 88/2013, de 8 de febrero, por el que se aprueba la Instrucción Técnica Complementaria AEM 1 "Ascensores" del Reglamento de aparatos de elevación y manutención, aprobado por Real Decreto 2291/1985, de 8 de noviembre (Derogado). Normativa reguladora Decreto 5/2014, de 28 de enero (BOPV 12-2-2104), por el que se establece el procedimiento para el mantenimiento de los ascensores y para la realización de las inspecciones periódicas de los mismos. Normativa reguladora Decreto 81/2020, de 30 de junio, de seguridad industrial Normativa reguladora ORDEN de 20/02/2014 publicada con fecha 01/04/2014 por la que se aprueba la edición número 6 del Manual de Inspecciones Periódicas de Ascensores. Normativa reguladora ORDEN de 17/10/2014 publicada con fecha 10/11/2014 por la que se modifican los anexos B4 y G de la edición número 6 del Manual de Inspecciones Periódicas de Ascensores. Normativa reguladora Real Decreto 2291/1985 de 8 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Aparatos de Elevación y Manutención de los mismos Normativa reguladora Real Decreto 203/2016, de 20 de mayo, por el que se establecen los requisitos esenciales de seguridad para la comercialización de ascensores y componentes de seguridad para ascensores. MODIFICA los apartados 5.3.2.1 y 5.4 de la Instrucción Técnica Complementaria AEM 1 aprobada por Real Decreto 88/2013, de 8 de febrero (Ref. BOE-A-2013-1969) Normativa reguladora Real Decreto 1644/2008, de 10 de octubre, por el que se establecen las normas para la comercialización y puesta en servicio de las máquinas. Normativa reguladora Decreto 42/2005, de 1 de marzo, de modificación del Decreto por el que se aprueban las normas técnicas sobre condiciones de accesibilidad de los entornos urbanos, espacios públicos, edificaciones y sistemas de información y comunicación

Organismos


Organismo que gestiona

  • Industria, Transición Energética y Sostenibilidad / Viceconsejería de Industria / Dirección de Proyectos Estratégicos y Administración Industrial > Delegación Territorial de Administración Industrial de Araba
  • Industria, Transición Energética y Sostenibilidad / Viceconsejería de Industria / Dirección de Proyectos Estratégicos y Administración Industrial > Delegación Territorial de Administración Industrial de Bizkaia
  • Industria, Transición Energética y Sostenibilidad / Viceconsejería de Industria / Dirección de Proyectos Estratégicos y Administración Industrial > Delegación Territorial de Administración Industrial de Gipuzkoa

Organismo que resuelve

  • Industria, Transición Energética y Sostenibilidad / Viceconsejería de Industria / Dirección de Proyectos Estratégicos y Administración Industrial > Delegación Territorial de Administración Industrial de Araba
  • Industria, Transición Energética y Sostenibilidad / Viceconsejería de Industria / Dirección de Proyectos Estratégicos y Administración Industrial > Delegación Territorial de Administración Industrial de Bizkaia
  • Industria, Transición Energética y Sostenibilidad / Viceconsejería de Industria / Dirección de Proyectos Estratégicos y Administración Industrial > Delegación Territorial de Administración Industrial de Gipuzkoa

Información de contacto


Datos de contacto

Delegaciones Territoriales de la Dirección de Proyectos Estratégicos y Administración Industrial

DELEGACIÓN TERRITORIAL DE ARABA

Samaniego, 2

01008 Vitoria-Gasteiz

Tfno. 945 01 77 70

E-mail: Industri-segurtasuna-araba@euskadi.eus

DELEGACIÓN TERRITORIAL DE BIZKAIA

General Concha, 23

48010 Bilbao

Tfno. 94 403 14 00

E-mail: Industri-segurtasuna-bizkaia@euskadi.eus

DELEGACIÓN TERRITORIAL DE GIPUZKOA

Easo, 10

20006 Donostia-San Sebastián

Tfno. 943 02 25 00

E-mail: Industri-segurtasuna-gipuzkoa@euskadi.eus

 

Horario: lunes a viernes: De 8:30 a 14:00h.

Zuzenean: Servicio de atención a la ciudadanía

Código(s)

Tramitación para la puesta en servicio


Para realizar la tramitación de manera electrónica siga los siguientes pasos:

  1. Antes de comenzar con la tramitación tenga en cuenta que debe disponer de un medio de identificación electrónica.
  2. Acceda al servicio electrónico y a continuación acceda al procedimiento de tramitación correspondiente
  3. Siga los pasos sugeridos en el menú de la izquierda de la aplicación.

NOTA: El titular deberá tener a disposición de la Administración la documentación indicada en el apartado “Instrucciones” dentro del desplegable “Documentación”

Para realizar la tramitación de manera presencial siga los siguientes pasos:

  1. Rellenar el formulario de declaración responsable y firmarlo.
  2. Entregar el formulario en los lugares de presentación indicados.

NOTA: No podrán tramitar presencialmente las personas jurídicas, ni aquellas personas físicas que son titulares de actividades sujetas a la reglamentación de Seguridad Industrial.

NOTA: El titular deberá tener a disposición de la Administración la documentación indicada en el apartado “Instrucciones” dentro del desplegable “Documentación”.

Tramitación para modificación importante


Para realizar la tramitación de manera electrónica siga los siguientes pasos:

  1. Antes de comenzar con la tramitación tenga en cuenta que debe disponer de un medio de identificación electrónica.
  2. Acceda al servicio electrónico y a continuación acceda al procedimiento de tramitación correspondiente
  3. Siga los pasos sugeridos en el menú de la izquierda de la aplicación.

NOTA: El titular deberá tener a disposición de la Administración la documentación indicada en el apartado “Instrucciones” dentro del desplegable “Documentación”

Para realizar la tramitación de manera presencial siga los siguientes pasos:

  1. Rellenar el formulario de declaración responsable y firmarlo.
  2. Entregar el formulario en los lugares de presentación indicados.

NOTA: No podrán tramitar presencialmente las personas jurídicas, ni aquellas personas físicas que son titulares de actividades sujetas a la reglamentación de Seguridad Industrial.

NOTA: El titular deberá tener a disposición de la Administración la documentación indicada en el apartado “Instrucciones” dentro del desplegable “Documentación”.

Tramitación para sustitución


Para realizar la tramitación de manera electrónica siga los siguientes pasos:

  1. Antes de comenzar con la tramitación tenga en cuenta que debe disponer de un medio de identificación electrónica.
  2. Acceda al servicio electrónico y a continuación acceda al procedimiento de tramitación correspondiente
  3. Siga los pasos sugeridos en el menú de la izquierda de la aplicación.

NOTA: El titular deberá tener a disposición de la Administración la documentación indicada en el apartado “Instrucciones” dentro del desplegable “Documentación”

Para realizar la tramitación de manera presencial siga los siguientes pasos:

  1. Rellenar el formulario de declaración responsable y firmarlo.
  2. Entregar el formulario en los lugares de presentación indicados.

NOTA: No podrán tramitar presencialmente las personas jurídicas, ni aquellas personas físicas que son titulares de actividades sujetas a la reglamentación de Seguridad Industrial.

NOTA: El titular deberá tener a disposición de la Administración la documentación indicada en el apartado “Instrucciones” dentro del desplegable “Documentación”.

Tramitación para aportación de documentación


Para realizar la tramitación de manera electrónica siga los siguientes pasos:

  1. Antes de comenzar con la tramitación tenga en cuenta que debe disponer de un medio de identificación electrónica.
  2. Acceda al servicio electrónico y a continuación acceda al procedimiento de tramitación correspondiente
  3. Siga los pasos sugeridos en el menú de la izquierda de la aplicación.

NOTA: El titular deberá tener a disposición de la Administración la documentación indicada en el apartado “Instrucciones” dentro del desplegable “Documentación”

Para realizar la tramitación de manera presencial siga los siguientes pasos:

  1. Rellenar el formulario de comunicación general y firmarlo a mano.
  2. Adjuntar al formulario de comunicación general la documentación, y entregar toda la documentación en los lugares de presentación indicados.

NOTA: No podrán tramitar presencialmente las personas jurídicas, ni aquellas personas físicas que son titulares de actividades sujetas a la reglamentación de Seguridad Industrial.

NOTA: El titular deberá tener a disposición de la Administración la documentación indicada en el apartado “Instrucciones” dentro del desplegable “Documentación”

Tramitación de inspecciones periódicas


El titular del ascensor debe contratar la inspección a un Organismo de Control de su elección del siguiente listado:

Organismos de control (OCAs) - Industria - Euskadi.eus

Una vez contratada la inspección, la empresa conservadora asignará la instalación al Organismo de Control elegido por el titular en la aplicación destinada a tramitar inspecciones de ascensores, y éste descargará la ficha de la última inspección del aparato de la misma.

Una vez realizada la inspección el Organismo de Control informará los defectos de la misma en la aplicación y remitirá el certificado de inspección generado por la aplicación al titular, al conservador y a la Administración.

Para realizar la tramitación de manera electrónica, el organismo de control deberá seguir los siguientes pasos:

  1. Antes de comenzar con la comunicación tenga en cuenta que debe disponer de un medio de identificación electrónica.
  2. Acceda al servicio electrónico y a continuación acceda a la tramitación correspondiente
  3. Siga los pasos sugeridos en el menú de la izquierda de la aplicación.

NOTA: El titular deberá tener a disposición de la Administración la documentación indicada en el apartado “Instrucciones” dentro del desplegable “Documentación”

Tramitación para la solicitud de reconocimiento o aprobación de medidas excepcionales


Para realizar la tramitación de manera electrónica siga los siguientes pasos:

  1. Antes de comenzar con la tramitación tenga en cuenta que debe disponer de un medio de identificación electrónica.
  2. Acceda al servicio electrónico y a continuación acceda al procedimiento de tramitación correspondiente
  3. Siga los pasos sugeridos en el menú de la izquierda de la aplicación.

NOTA: El titular deberá tener a disposición de la Administración la documentación indicada en el apartado “Instrucciones” dentro del desplegable “Documentación”

Para realizar la tramitación de manera presencial siga los siguientes pasos:

  1. Rellenar el formulario de solicitud y firmarlo a mano.
  2. Adjuntar junto al formulario de solicitud la documentación requerida y entregar toda la documentación en los lugares de presentación indicados.

NOTA: No podrán tramitar presencialmente las personas jurídicas, ni aquellas personas físicas que son titulares de actividades sujetas a la reglamentación de Seguridad Industrial.

NOTA: El titular deberá tener a disposición de la Administración la documentación indicada en el apartado “Instrucciones” dentro del desplegable “Documentación”.

Tramitación para la baja


Para realizar la tramitación de manera electrónica siga los siguientes pasos:

  1. Antes de comenzar con la tramitación tenga en cuenta que debe disponer de un medio de identificación electrónica.
  2. Acceda al servicio electrónico y a continuación acceda al procedimiento de tramitación correspondiente
  3. Siga los pasos sugeridos en el menú de la izquierda de la aplicación.

NOTA: El titular deberá tener a disposición de la Administración la documentación indicada en el apartado “Instrucciones” dentro del desplegable “Documentación”

Para realizar la tramitación de manera presencial siga los siguientes pasos:

  1. Rellenar el formulario de declaración responsable de baja o desmantelamiento y firmarlo a mano.
  2. Entregar el formulario en los lugares de presentación indicados.

NOTA: No podrán tramitar presencialmente las personas jurídicas, ni aquellas personas físicas que son titulares de actividades sujetas a la reglamentación de Seguridad Industrial.

NOTA: El titular deberá tener a disposición de la Administración la documentación indicada en el apartado “Instrucciones” dentro del desplegable “Documentación”