Premio de Buenas Prácticas en Amigabilidad para las personas mayores 2024

Descripción


Objeto

La presente convocatoria tiene por objeto la concesión del Premio de Buenas Prácticas de Amigabilidad 2024, destinado a reconocer públicamente a aquellas entidades públicas y privadas que desarrollen prácticas que destaquen por su innovación y eficacia en términos de amigabilidad en la generación de entornos facilitadores para las personas mayores.

A los efectos indicados, se entiende por amigabilidad el factor que procura la conformación de un entorno urbano integrador y accesible que fomenta el envejecimiento activo a través de la optimización de oportunidades de salud, participación y seguridad de todas las personas mayores, facilitando de este modo su participación en todos los ámbitos de la vida social.

 

Dotación presupuestaria

3.000 euros

A quién va dirigido


Entidades sin ánimo de lucro

Entidades que integran el sector público vasco en los términos definidos en el artículo 4 de la Ley 3/2022, de 12 de mayo, del Sector Público Vasco

Personas jurídicas privadas

Personas jurídicas privadas que desarrollen su actividad principal en la Comunidad Autónoma de Euskadi.

Organismos


Organismo que convoca

  • Bienestar, Juventud y Reto Demográfico / Viceconsejería de Políticas Sociales > Dirección de Servicios Sociales

Organismo que resuelve

  • Bienestar, Juventud y Reto Demográfico / Viceconsejería de Políticas Sociales > Dirección de Servicios Sociales

Información de contacto


Teléfono: 945 019 405

Zuzenean: Servicio de atención a la ciudadanía

Código

1089405

Solicitud y aportación de documentación



Memoria explicativa del proyecto (PDF, 816 KB) (Primero guarda el documento en el escritorio y procede a abrirlo con Adobe)

Acceda a la aplicación de tramitación electrónica mediante el siguiente botón.

Observaciones:

No es necesario cumplimentar, firmar y enviar el formulario en una única sesión, sino que, si lo desea, puede guardarlo en el sistema informático de la Administración y continuar el proceso en sesiones sucesivas.

La Administración conservará los datos cumplimentados durante el plazo de un mes. En todo caso, la presentación de la solicitud se deberá efectuar dentro de los plazos establecidos en la normativa.

  • Documentación que se presentará junto a la solicitud:   

    1. Documentación que acredite la representación legal de la entidad, cuando la persona firmante de la solicitud no se encuentre inscrita como representante de la entidad solicitante en el registro electrónico de representantes de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Euskadi.
    2. Una memoria explicativa de las características y pormenores de la práctica que opta a la distinción, y cualesquiera otros documentos necesarios para acreditar la veracidad de la información contenida en la citada memoria o que la entidad considere que tengan que ser valorados por el jurado para la obtención del premio.

Resolución y recursos


Plazo de resolución

Seis meses

Tipo de concesión de la ayuda

Concursal

Efectos del silencio

Desestimatorios