Premio de Buenas Prácticas de Amigabilidad 2020

Descripción


Objeto

La presente convocatoria tiene por objeto la concesión del Premio de Buenas Prácticas de Amigabilidad 2020, destinado a reconocer públicamente a aquellas entidades públicas y privadas que desarrollen prácticas que destaquen por su innovación y eficacia en términos de amigabilidad en la generación de entornos facilitadores para las personas que envejecen.

A los efectos indicados, se entiende por amigabilidad el factor que procura la conformación de un entorno urbano integrador y accesible que fomenta el envejecimiento activo a través de la optimización de oportunidades de salud, participación y seguridad de todas las personas mayores, facilitando de este modo su participación en todos los ámbitos de la vida social.

 

Dotación presupuestaria

3.000 euros

A quién va dirigido


Entidades sin ánimo de lucro

Requisitos:

  • Estar legalmente constituida

  • Tener suficiente poder de representación

  • Tener domicilio fiscal en la Comunidad Autónoma del País Vasco
  • Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias

  • Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social.

Personas jurídicas privadas

Requisitos:

  • Estar inscrito en el epígrafe de actividades económicas

  • Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias

  • Tener suficiente poder de representación

  • Estar legalmente constituida

  • Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social

Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Euskadi

Requisitos

  • Requisitos a cumplir por las prácticas

Organismos


Organismo que convoca

  • Empleo y Políticas Sociales / Viceconsejería de Políticas Sociales > Dirección de Servicios Sociales

Organismo que resuelve

  • Empleo y Políticas Sociales / Viceconsejería de Políticas Sociales > Dirección de Servicios Sociales

Información de contacto


Zuzenean: Servicio de atención a la ciudadanía

Código

1089402

Solicitud y aportación de documentación


Acceda a la aplicación de tramitación electrónica mediante el siguiente botón.

Observaciones:

No es necesario cumplimentar, firmar y enviar el formulario en una única sesión, sino que, si lo desea, puede guardarlo en el sistema informático de la Administración y continuar el proceso en sesiones sucesivas.

La Administración conservará los datos cumplimentados durante el plazo de un mes. En todo caso, la presentación de la solicitud se deberá efectuar dentro de los plazos establecidos en la normativa.

Resolución y recursos


Tipo de concesión de la ayuda

Concursal

Efectos del silencio

Estimatorios