Licencias y permisos
- Instrucción que regula los plazos mínimos y máximos para solicitar licencias, permisos, excedencias y reducciones de jornada (fecha de publicación: 30-08-2024)
Plazo: 10 días hábiles antes de su disfrute y máximo un mes antes de su disfrute
Procedimientos judicales
- Publicado en el BOE de 26 de octubre de 2023 anuncio por el que se emplaza a las personas interesadas en el procedimiento abreviado 195/2023. (Fecha de publicación: 26-10-2023)
Actuación recurrida en dicho procedimiento: Instrucción de 23 de marzo de 2023, de la Directora de Gestión de Personal del Departamento de Educación, sobre los plazos mínimos y máximos para solicitar ciertas licencias, permisos, excedencias y reducciones de jornada.
- Proceso de sustitución por incapacidad temporal a partir del 1 de abril de 2023 (fecha de publicación: 21-03-2023)
Licencias
Permisos
Para la concesión del presente permiso habrá que aportar junto con el Impreso de solicitud oficial, toda la documentación requerida, que será dirigida a la Dirección de Gestión de Personal de Lakua, con una antelación mínima de 10 días hábiles previos al inicio del disfrute del mismo. Podrá solicitar el permiso todo el personal funcionario de carrera y el personal interino ocupando una vacante de duración de curso completo. Excepcionalmente, se podrá autorizar el presente permiso al personal interino con un nombramiento que tenga garantizada su contratación hasta la finalización del trimestre solicitado. Para agilizar la tramitación y resolución de la solicitud, se deberán usar preferentemente medios telemáticos para la presentación de las solicitudes. Analizada la documentación por el personal de la Dirección de Gestión de Personal, se procederá a estimar o denegar la misma mediante Resolución motivada atendiendo a todas las circunstancias que figuren en el expediente. En caso de ser estimatoria, se concederá por un plazo máximo de un trimestre, coincidiendo con los trimestres lectivos del personal docente fijados por la Viceconsejería de Educación. Excepcionalmente, si para la finalización del trimestre lectivo en curso restasen menos de 15 días, se podrá autorizar el permiso para lo que resta de trimestre escolar y el siguiente. IMPORTANTE: Procedimiento para la tramitación del permiso a través del PORTAL DEL EMPLEADO. Instrucciones Si el permiso es renovable no habrá que presentar la solicitud anualmente. Las personas que lo tengan renovado automáticamente recibirán un aviso indicando que lo tienen concedido de cara al curso siguiente (con fecha 04/06/2024 se ha enviado una comunicación vía SMS y email a las personas que lo tienen concedido para el curso escolar 2024-25). Preguntas más frecuentes ¿Dónde debo presentar la solicitud? La solicitud se debe presentar a través del Portal del Empleado de EIZU. Sólo excepcionalmente, en la Delegación del Territorio correspondiente al centro de trabajo. ¿Qué tengo que adjuntar a la solicitud del Portal como documentáción justificativa de grado de parentesco? Libro de familia o documento oficial que justifique el parentesco. En parientes de grado superior a 2º debe aportar certificado de convivencia. ¿Qué tengo que adjuntar a la solicitud del Portal como documentación médica? Informe médico actualizado o Resolución de dependencia del familiar por el que se solicita el permiso. ¿Si tengo más de un familiar en esta situación, puedo presentar más de una solicitud? No, cada persona solo podrá tener concedido este permiso por una única vez y no se acumularán las horas en caso de tener más de un familiar en esta situación. ¿Si he recibido un SMS/email en el que me dicen que lo tengo concedido para el curso que viene, tengo que hacer algo? No, lo tienes renovado automáticamente y no tienes que hacer nada. Ver artículo 128 del Real Decreto Ley 5/2023, de 28 de junio, por el que se adoptan y prorrogan determinadas medidas de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la Guerra de Ucrania, de apoyo a la reconstrucción de la isla de La Palma y a otras situaciones de vulnerabilidad; de transposición de Directivas de la Unión Europea en materia de modificaciones estructurales de sociedades mercantiles y conciliación de la vida familiar y la vida profesional de los progenitores y los cuidadores; y de ejecución y cumplimiento del Derecho de la Unión Europea. (BOE, 29-06-2023 ) Solicitud: la solicitud se debe presentar con un preaviso mínimo de quince días (hábiles). Actualmente se está trabajando en la implantación del permiso en EIZU y se prevé que esté disponible en las próximas semanas. Mientras tanto, se podrá solicitar el permiso a través de Tramitagune Hezkuntza adjuntando a la solicitud el libro de familia. Disfrute: este permiso constituye un permiso parental no retribuido para el cuidado de hijo, hija o menor acogido (hasta que el/la menos cumpla los ocho años) con una duración máxima de 8 semanas. Con las siguientes particularidades: