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Orden de 20 de enero de 2023, de la consejera de Igualdad, Justicia y Políticas Sociales, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones del Departamento de Igualdad, Justicia y Políticas Sociales para el año 2023

Identificación

  • Ámbito territorial: Autonómico
  • Rango normativo: Orden
  • Órgano emisor: Igualdad, Justicia y Políticas Sociales
  • Estado vigencia: Vigente
  • Boletín oficial: ---
  • Nº boletín: ---
  • Nº orden: ---
  • Nº disposición: ---
  • Fecha de disposición: ---
  • Fecha de publicación: ---

Ámbito temático

  • Materia: Organización administrativa
  • Submateria: Institucional

Texto legal

ORDEN DE 20 DE ENERO DE 2023, DE LA CONSEJERA DE IGUALDAD, JUSTICIA Y POLÍTICAS SOCIALES, POR LA QUE SE APRUEBA EL PLAN ESTRATÉGICO DE SUBVENCIONES DEL DEPARTAMENTO DE IGUALDAD, JUSTICIA Y POLÍTICAS SOCIALES PARA EL AÑO 2023

La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (LGS), en su artículo 8 dispone, con el carácter de legislación básica, la obligatoriedad por parte de los órganos de las Administraciones Públicas de elaborar un Plan Estratégico de Subvenciones, en el que se determinen los objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación, el plazo necesario para su consecución, los costes previsibles y sus fuentes de financiación, supeditándose en todo caso al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria.


El presente Plan se configura como un instrumento de planificación de la política del departamento, por cuanto tiene por objeto el fomento de una actividad de utilidad pública o interés social o la promoción en la consecución de un fin público, mediante la concesión de subvenciones.

Para la elaboración del presente Plan se han examinado los intereses públicos cuya consecución se persigue, y se han contrastado con los recursos previstos para ello en el periodo de vigencia del Plan, tomando como referencia la Ley 15/2022, de 23 de diciembre, por la que se aprueban los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi para el ejercicio 2023.

Ha de advertirse, en todo caso, que el Plan tiene un carácter programático, por lo que su contenido no crea derechos ni obligaciones, y su efectividad queda condicionada a la puesta en práctica de las diferentes líneas de subvención, atendiendo entre otros aspectos a las disponibilidades presupuestarias en cada ejercicio.

En consecuencia con lo expuesto, y en virtud de las competencias que me atribuye el artículo 4 del Decreto 12/2021, de 19 de enero, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Igualdad, Justicia y Políticas Sociales


RESUELVO

Primero.- Aprobar el Plan Estratégico de subvenciones del Departamento de Igualdad, Justicia y Políticas Sociales para el año 2023, que figura en el Anexo.

Segundo.- Ordenar que se dé publicidad a la presente Orden a través de los medios oficiales procedentes y, en todo caso, mediante la inserción en el espacio correspondiente al Departamento de Igualdad, Justicia y Políticas Sociales en la web euskadi.eus.

En Vitoria-Gasteiz, a 20 de enero de 2023.

 

La Consejera de Igualdad, Justicia y Políticas Sociales,

BEATRIZ ARTOLAZABAL ALBENIZ

ANEXO

PLAN ESTRATÉGICO DE SUBVENCIONES DEL DEPARTAMENTO DE IGUALDAD, JUSTICIA Y POLÍTICAS SOCIALES PARA EL AÑO 2022. (Firmado electrónicamente) (ver PDF (PDF, 358 KB))

 

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