Departamento de Bienestar, Juventud y Reto Demográfico

Normativa

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ORDEN de 2 de mayo de 2017, de la Consejera de Seguridad, de modificación de la Orden de 17 de marzo de 2017, por la que se regulan los requisitos y características técnicas de las máquinas de juego y sus condiciones de interconexión.

Identificación

  • Ámbito territorial: Autonómico
  • Rango normativo: Orden
  • Órgano emisor: Seguridad
  • Estado vigencia: Vigente

Boletín oficial

  • Boletín oficial: BOPV (País Vasco)
  • Nº boletín: 88
  • Nº orden: 2334
  • Nº disposición: ---
  • Fecha de disposición: 02/05/2017
  • Fecha de publicación: 11/05/2017

Ámbito temático

  • Materia: Actividades Económicas; Organización administrativa; Seguridad y justicia
  • Submateria: Industria; Gobierno y Administración Pública; Interior

Texto legal

El artículo 18.2.c) Decreto 217/2008, de 23 de diciembre, del Boletín Oficial del País Vasco, establece que los errores u omisiones en el texto remitido para su publicación que no se deduzcan claramente del contexto y cuya rectificación pueda suponer una real o aparente modificación del contenido o sentido del documento, se subsanarán mediante disposición del mismo rango.

Advertidos errores de dicha índole en el texto de la Orden de 17 de marzo de 2017, de la Consejera de Seguridad, por la que se regulan los requisitos y características técnicas de las máquinas de juego y sus condiciones de interconexión, publicado en el Boletín Oficial del País Vasco n.º 62 de 29 de marzo de 2017, se procede a su corrección:

En la página 2017/1629 (12/24), en el artículo 19.2.a),

donde dice:

El número mínimo de máquinas a interconectar por cada sistema de interconexión será 800

debe decir:

El número mínimo de máquinas a interconectar por cada empresa prestadora de sistemas de interconexión será 800

Vitoria-Gasteiz, a 2 de mayo de 2017.

La Consejera de Seguridad,

ESTEFANÍA BELTRÁN DE HEREDIA ARRONIZ.

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