Normativa
ImprimirCORRECCIÓN DE ERRORES de la Orden de 24 de junio de 2014, de la Consejera de Medio Ambiente y Política Territorial, por la que se regula la concesión de subvenciones a los Ayuntamientos de la Comunidad Autónoma del País Vasco para la elaboración de Planes de acción del paisaje.
Identificación
- Ámbito territorial: Autonómico
- Rango normativo: Orden
- Órgano emisor: Medio Ambiente y Política Territorial
- Estado vigencia: Vigente
Boletín oficial
- Boletín oficial: BOPV (País Vasco)
- Nº boletín: 126
- Nº orden: 3019
- Nº disposición: ---
- Fecha de disposición: 24/06/2014
- Fecha de publicación: 04/07/2014
Ámbito temático
- Materia: Medio natural y vivienda; Organización administrativa; Transportes y obras públicas
- Submateria: Medio Ambiente; Gobierno y Administración Pública
Texto legal
El artículo 18.2.b) del Decreto 217/2008, de 23 de diciembre, sobre el Boletín Oficial del País Vasco, establece que los meros errores u omisiones materiales que se infieran claramente del contexto y no constituya modificación o alteración del sentido de las disposiciones, actos o anuncios, pero cuya rectificación se estime conveniente a fin de evitar posibles confusiones, se salvarán por los órganos que hayan ordenado su inserción, instando la reproducción en el Boletín Oficial del País Vasco del texto o la parte necesaria del mismo con las debidas correcciones.
Advertidos errores de dicha índole en el texto de la Orden de 24 de junio de 2014, de la Consejera de Medio Ambiente y Política Territorial, por la que se regula la concesión de subvenciones a los Ayuntamientos de la Comunidad Autónoma del País Vasco para la elaboración de Planes de acción del paisaje, publicada en el Boletín Oficial del País Vasco n.º 122, de 30 de junio de 2014, se procede a su corrección:
En la página 2014/2911 (6/3), en la versión en euskera, donde dice:
artikulua. Eskabideak aurkeztea: lekua, epea eta aurkeztu behar diren agiriak.
Agindu hau Euskal Herriko Agintaritzaren Aldizkarian argitaratzen den egunaren biharamunetik hasita bi hilabetekoa izango da eskariak aurkezteko epea.
Debe decir:
artikulua. Eskabideak aurkeztea: lekua, epea eta aurkeztu behar diren agiriak.
Agindu hau Euskal Herriko Agintaritzaren Aldizkarian argitaratzen den egunaren biharamunetik hasita hilabete bat izango da eskariak aurkezteko epea.