Departamento de Salud / Departamento de Bienestar, Juventud y Reto Demográfico

Normativa

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CORRECCIÓN DE ERRORES de la Orden de 21 enero de 2015, del Consejero de Salud, por la que se convocan ayudas destinadas a facilitar la adherencia a los tratamientos médicos prescritos, correspondientes a los ejercicios 2014 y 2015.

Identificación

  • Ámbito territorial: Autonómico
  • Rango normativo: Orden
  • Órgano emisor: Salud
  • Estado vigencia: Vigente

Boletín oficial

  • Boletín oficial: BOPV (País Vasco)
  • Nº boletín: 24
  • Nº orden: 550
  • Nº disposición: ---
  • Fecha de disposición: 21/01/2015
  • Fecha de publicación: 05/02/2015

Ámbito temático

  • Materia: Organización administrativa; Sanidad y consumo
  • Submateria: Gobierno y Administración Pública

Texto legal

El artículo 18.2.b) del Decreto 217/2008, de 23 de diciembre, sobre el Boletín Oficial del País Vasco, establece que los meros errores u omisiones materiales que se infieran claramente del contexto y no constituya modificación o alteración del sentido de las disposiciones, actos o anuncios, pero cuya rectificación se estime conveniente a fin de evitar posibles confusiones, se salvarán por los órganos que hayan ordenado su inserción, instando la reproducción en el Boletín Oficial del País Vasco del texto o la parte necesaria del mismo con las debidas correcciones.

Advertidos errores de dicha índole en el texto de la Orden de 21 enero de 2015, del Consejero de Salud, por la que se convocan ayudas destinadas a facilitar la adherencia a los tratamientos médicos prescritos, correspondientes a los ejercicios 2014 y 2015, publicada en el Boletín Oficial del País Vasco n.º 17, de 27 de enero de 2015, se procede a su modificación.

En el texto en castellano, en la página 2015/386 (5/13), donde dice:

  1. Las resoluciones de concesión de las ayudas, una vez que se haya determinado el gasto que haya de ser objeto de la ayuda en cualquiera de las modalidades de tramitación que se plantee, serán dictadas por la Directora de Salud Pública y Adicciones en la primera quincena del mes de julio de 2015 y en la segunda quincena de diciembre 2014 respectivamente,....

debe decir:

  1. Las resoluciones de concesión de las ayudas, una vez que se haya determinado el gasto que haya de ser objeto de la ayuda en cualquiera de las modalidades de tramitación que se plantee, serán dictadas por la Directora de Salud Pública y Adicciones en la primera quincena del mes de julio de 2015 y en la segunda quincena de diciembre 2015 respectivamente,....

En el texto en castellano, en la página 2015/386 (6/13), y en el texto en euskera, en las páginas 2015/386 (12/5) y 2015/386 (12/6),

donde dice:

«El cómputo del límite de ingresos en rentas anuales inferiores a 18.000 euros que se establece en esta convocatoria se referirá: en relación con los gastos realizados en el mes de diciembre de 2014, a la cuantía consignada en la casilla de base liquidable general y del ahorro de la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas liquidada en el ejercicio 2012; en relación con los gastos realizados en el ejercicio 2015, a la cuantía consignada en la casilla de base liquidable general y del ahorro de la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas liquidada en el ejercicio 2013».

debe decir:

«El cómputo del límite de ingresos en rentas anuales inferiores a 18.000 euros que se establece en esta convocatoria se referirá: en relación con los gastos realizados en el mes de diciembre de 2014, a la cuantía consignada en la casilla de base liquidable general y del ahorro de la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas liquidada en el ejercicio 2013; en relación con los gastos realizados en el ejercicio 2015, a la cuantía consignada en la casilla de base liquidable general y del ahorro de la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas liquidada en el ejercicio 2014».

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