Departamento de Cultura y Política Lingüística

Normativa

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CORRECCIÓN DE ERRORES de la Orden de 14 de junio de 2013, del Consejero de Empleo y Políticas Sociales, por la que se inicia el procedimiento de adjudicación de 59 viviendas sociales en el municipio de Barakaldo.

Identificación

  • Ámbito territorial: Autonómico
  • Rango normativo: Orden
  • Órgano emisor: Empleo y Políticas Sociales
  • Estado vigencia: Vigente

Boletín oficial

  • Boletín oficial: BOPV (País Vasco)
  • Nº boletín: 143
  • Nº orden: 3441
  • Nº disposición: ---
  • Fecha de disposición: 14/06/2013
  • Fecha de publicación: 29/07/2013

Ámbito temático

  • Materia: Medio natural y vivienda; Organización administrativa
  • Submateria: Urbanismo y vivienda; Gobierno y Administración Pública; Ayuntamientos de la CAPV

Texto legal

El artículo 18.2.b) del Decreto 217/2008, de 23 de diciembre, del Boletín Oficial del País Vasco, establece que los meros errores u omisiones en el texto remitido para su publicación que se infieran claramente del contexto y no constituyan modificación o alteración del sentido de los documentos, pero cuya rectificación se juzgue conveniente para evitar posibles confusiones, se corregirán por la Secretaría del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento, a instancia del órgano que haya ordenado la publicación del texto.

Advertidos errores de dicha índole en el texto de la Orden de 14 de junio de 2013, del Consejero de Empleo y Políticas Sociales, por la que se inicia el procedimiento de adjudicación de 59 viviendas sociales en el municipio de Baracaldo, publicado en el Boletín Oficial del País Vasco nº 120, de 25 de junio de 2013, se procede a su corrección.

En la página 2013/2889 (1/4), donde dice:

  1. De las viviendas de la promoción 16 serán destinadas a realojos. Las viviendas serán las siguientes: EB2-0701/06-EE-004 (adaptada), EB2-0701/06-EE-020, EB2-0701/06-EE-039, EB2-0701/06-EE-042, EB2-0701/06-EE-043, EB2-0701/06-EE-045, EB2-0701/06-EE-046, EB2-0701/06-EE-048, EB2-0701/06-EE-049, EB2-0701/06-EE-051, EB2-0701/06-EE-052, EB2-0701/06-EE-053, EB2-0701/06-EE-054, EB2-0701/06-EE-055, EB2-0701/06-EE-058 y EB2-0701/06-EE-059.

Debe decir:

  1. De las viviendas de la promoción 16 serán destinadas a realojos. Las viviendas serán las siguientes: EB2-0701/06-EE-004 (adaptada), EB2-0701/06-EE-020, EB2-0701/06-EE-039, EB2-0701/06-EE-042, EB2-0701/06-EE-043, EB2-0701/06-EE-045, EB2-0701/06-EE-046, EB2-0701/06-EE-048, EB2-0701/06-EE-049, EB2-0701/06-EE-052, EB2-0701/06-EE-053, EB2-0701/06-EE-054, EB2-0701/06-EE-055, EB2-0701/06-EE-056, EB2-0701/06-EE-058 y EB2-0701/06-EE-059.

En la página 2013/2889 (2/4), en el resuelvo primero, donde dice:

Las viviendas detraídas serán las siguientes: EB2-0701/06-EE-004 (adaptada), EB2-0701/06-EE-020, EB2-0701/06-EE-039, EB2-0701/06-EE-042, EB2-0701/06-EE-043, EB2-0701/06-EE-045, EB2-0701/06-EE-046, EB2-0701/06-EE-048, EB2-0701/06-EE-049, EB2-0701/06-EE-051, EB2-0701/06-EE-052, EB2-0701/06-EE-053, EB2-0701/06-EE-054, EB2-0701/06-EE-055, EB2-0701/06-EE-058 y EB2-0701/06-EE-059.

Debe decir:

Las viviendas detraídas serán las siguientes: EB2-0701/06-EE-004 (adaptada), EB2-0701/06-EE-020, EB2-0701/06-EE-039, EB2-0701/06-EE-042, EB2-0701/06-EE-043, EB2-0701/06-EE-045, EB2-0701/06-EE-046, EB2-0701/06-EE-048, EB2-0701/06-EE-049, EB2-0701/06-EE-052, EB2-0701/06-EE-053, EB2-0701/06-EE-054, EB2-0701/06-EE-055, EB2-0701/06-EE-056, EB2-0701/06-EE-058 y EB2-0701/06-EE-059.

En la página 2013/2889 (3/4), en el resuelvo noveno, donde dice:

Debe decir:

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