Mesa de Diálogo Social - Reglas de Funcionamiento
La Mesa, en su primera reunión del año, aprueba el plan de trabajo anual.
Con el objetivo de que la Mesa pueda alcanzar los acuerdos pertinentes, el plan de trabajo anual determinará aquellos aspectos de los planes, proyectos de disposiciones normativas e iniciativas sobre los que la Mesa trabajará en la búsqueda de planteamientos compartidos y, en su caso, elaboración de recomendaciones.
En la elaboración del plan de trabajo anual, la Mesa del Diálogo Social tendrá en cuenta la competencia de consulta, participación o negociación que la normativa en vigor atribuya a los órganos de la Comunidad Autónoma de Euskadi en los que estén representadas las organizaciones sindicales y empresariales.
ORGANIZACIÓN
La Mesa está organizada en Grupos de Trabajo, de carácter temático o sectorial, con el objetivo de preparar los asuntos que deban presentarse para su consideración y, en su caso, acuerdo.
CREACIÓN O SUPRESIÓN
Corresponde a la Mesa acordar la creación o supresión de los Grupos de Trabajo que estime oportunos, así como delegar en ellos, en su caso, la adopción de determinados acuerdos.
COMPOSICIÓN
La composición de los Grupos de Trabajo se determina por acuerdo de la Mesa, que garantizará su carácter tripartito. Su presidencia corresponde a la persona titular del departamento competente, o a la persona en quien esta delegue en cada una de las materias correspondientes, que lo convoca, fija el orden del día de las sesiones y modera el desarrollo de los debates.
PARTICIPACIÓN
Los Grupos de Trabajo podrán contar con la participación de expertos y profesionales, siempre que el propio Grupo de Trabajo así lo decida por acuerdo de las partes en él representadas.
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