Mera fotografía
- Una copia de la mera fotografía, en un solo archivo y haciendo constar título y nombre y apellidos de todas las personas titulares originarias. Formato: JPG/JPEG/PNG/TIFF/RAW/ZIP.
Observaciones
*Quien realice una fotografía u otra reproducción obtenida por procedimiento análogo a aquélla, cuando ni una ni otra tengan el carácter de obras protegidas en el Libro I de la Ley de Propiedad Intelectual, goza del derecho exclusivo de autorizar su reproducción, distribución y comunicación pública, en los mismos términos reconocidos en la presente Ley a los autores de obras fotográficas. Este derecho tendrá una duración de veinticinco años computados desde el día 1 de enero del año siguiente a la fecha de realización de la fotografía o reproducción.