Normativa
ImprimirCORRECCIÓN DE ERRORES de la Ley 10/2021, de 9 de diciembre, de Administración Ambiental de Euskadi.
Identificación
- Ámbito territorial: Autonómico
- Rango normativo: Ley
- Órgano emisor: Lehendakaritza
- Estado vigencia: Vigente
Boletín oficial
- Boletín oficial: BOPV (País Vasco)
- Nº boletín: 5
- Nº orden: 88
- Nº disposición: 10
- Fecha de disposición: 09/12/2021
- Fecha de publicación: 10/01/2022
Ámbito temático
- Materia: Medio natural y vivienda; Organización administrativa
- Submateria: Medio Ambiente; Gobierno y Administración Pública
Texto legal
El artículo 18.2.a) del Decreto 217/2008, de 23 de diciembre, del Boletín Oficial del País Vasco, establece que los meros errores de composición que se produzcan en la publicación, siempre que alteren o modifiquen su contenido o pueda suscitar dudas al respecto, se rectificarán de oficio por la Dirección de la Secretaría del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento, o a instancia del órgano u entidad interesado.
Advertidos errores de dicha índole en la publicación en castellano de la Ley 10/2021, de 9 de diciembre, de Administración Ambiental de Euskadi, publicada en el Boletín Oficial del País Vasco n.º 262, de 31 de diciembre de 2021, se procede a su corrección.
En la Disposición Final Novena, en la página 2021/6466 (72/103),
donde dice:
La presente ley entrará en vigor a los cuatro meses de su completa publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.
debe decir:
La presente ley entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.
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Historia normativa (1)
- Corrección de errores: LEY 10/2021, de 9 de diciembre, de Administración Ambiental de Euskadi.