Departamento de Gobernanza, Administración Digital y Autogobierno

Dirección del Gabinete

ÁREAS / FUNCIONES

Corresponden a la Dirección del Gabinete, además de las que con carácter general le atribuye el artículo 6 del presente Decreto, las siguientes funciones:

  1. Establecer los criterios generales para el desarrollo y fomento de las relaciones sociales e institucionales del Lehendakari.
  2. Proceder a la ejecución y seguimiento de las relaciones del Lehendakari con los agentes sociales, la ciudadanía y con las distintas Instituciones.
  3. Garantizar la adecuada organización y desarrollo de los actos oficiales en los que participe el Lehendakari.
  4.  Llevar a cabo las acciones precisas en el ámbito de la Secretaría y de las relaciones públicas de Lehendakaritza.
  5. Prestar la cobertura logística oportuna a los viajes del Lehendakari al exterior, en coordinación con la Secretaría General de Acción Exterior.
  6. Prestar la cobertura logística oportuna a los viajes de personalidades del exterior a Euskadi, en coordinación con la Secretaría General de Acción Exterior.
  7. Aplicar el régimen de protocolo a Lehendakaritza y a cargos públicos del Gobierno.

Artículo 6.- De las Direcciones.

Corresponde a cada una de las direcciones que conforman la estructura de Lehendakaritza, sin perjuicio de las áreas específicas detalladas en los siguientes capítulos del presente Decreto las siguientes funciones genéricas:

  1. Actuar como órganos de contratación en las materias propias de las áreas de actuación que tengan asignadas, cuando tengan el carácter de contratos menores conforme a la legislación vigente.
  2. Realizar las autorizaciones de gasto de los contratos tipificados como menores en la legislación vigente en los expedientes correspondientes a sus áreas de actuación.
  3. Definir en el área de su competencia, en coordinación con la dirección de servicios de Lehendakaritza, los objetivos establecidos en el Plan para la normalización del uso del euskera y desarrollar las iniciativas precisas para su implantación y evaluación.
  4. Definir en su ámbito los objetivos del Plan para la Igualdad de Mujeres y Hombres de la Comunidad Autónoma de Euskadi, así como promover, ejecutar y evaluar las acciones e iniciativas para alcanzar dichos objetivos, llevando a cabo una gestión integrada de las políticas en materia de igualdad de mujeres y hombres; todo ello, bajo la coordinación de la Unidad para la Igualdad de la Dirección de Régimen Jurídico y en colaboración con Emakunde-Instituto Vasco de la Mujer.

Datos de contacto

Dirección

Navarra, 2
01007 Vitoria-Gasteiz
Álava

Teléfono/s

Correo/s electrónico/s

Fax

  • 945017830
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CARGOS

Miren Edurne Erezkano Bustinza
(15/04/2023 - 28/06/2024) Directora del Gabinete

ENTIDADES RELACIONADAS

Entidades superiores

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Corresponden a la Dirección del Gabinete, además de las que con carácter general le atribuye el artículo 6 del presente Decreto, las siguientes funciones:

  1. Establecer los criterios generales para el desarrollo y fomento de las relaciones sociales e institucionales del Lehendakari.
  2. Proceder a la ejecución y seguimiento de las relaciones del Lehendakari con los agentes sociales, la ciudadanía y con las distintas Instituciones.
  3. Garantizar la adecuada organización y desarrollo de los actos oficiales en los que participe el Lehendakari.
  4.  Llevar a cabo las acciones precisas en el ámbito de la Secretaría y de las relaciones públicas de Lehendakaritza.
  5. Prestar la cobertura logística oportuna a los viajes del Lehendakari al exterior, en coordinación con la Secretaría General de Acción Exterior.
  6. Prestar la cobertura logística oportuna a los viajes de personalidades del exterior a Euskadi, en coordinación con la Secretaría General de Acción Exterior.
  7. Aplicar el régimen de protocolo a Lehendakaritza y a cargos públicos del Gobierno.

Artículo 6.- De las Direcciones.

Corresponde a cada una de las direcciones que conforman la estructura de Lehendakaritza, sin perjuicio de las áreas específicas detalladas en los siguientes capítulos del presente Decreto las siguientes funciones genéricas:

  1. Actuar como órganos de contratación en las materias propias de las áreas de actuación que tengan asignadas, cuando tengan el carácter de contratos menores conforme a la legislación vigente.
  2. Realizar las autorizaciones de gasto de los contratos tipificados como menores en la legislación vigente en los expedientes correspondientes a sus áreas de actuación.
  3. Definir en el área de su competencia, en coordinación con la dirección de servicios de Lehendakaritza, los objetivos establecidos en el Plan para la normalización del uso del euskera y desarrollar las iniciativas precisas para su implantación y evaluación.
  4. Definir en su ámbito los objetivos del Plan para la Igualdad de Mujeres y Hombres de la Comunidad Autónoma de Euskadi, así como promover, ejecutar y evaluar las acciones e iniciativas para alcanzar dichos objetivos, llevando a cabo una gestión integrada de las políticas en materia de igualdad de mujeres y hombres; todo ello, bajo la coordinación de la Unidad para la Igualdad de la Dirección de Régimen Jurídico y en colaboración con Emakunde-Instituto Vasco de la Mujer.

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Navarra, 2
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  • 945017830
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Miren Edurne Erezkano Bustinza
(15/04/2023 - 28/06/2024) Directora del Gabinete

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