Buzón contra el fraude en las viviendas para uso turístico

Descripción


El Buzón contra el fraude en las viviendas para uso turístico es una herramienta que el Departamento de Turismo, Comercio y Consumo del Gobierno Vasco pone a disposición de la ciudadanía para que cualquier persona que tenga conocimiento de la existencia de viviendas o habitaciones para uso turístico en Euskadi que estuviera desarrollando la actividad de manera clandestina o sin cumplir los requisitos establecidos pueda ponerlo en conocimiento de la administración turística.

La utilidad de este buzón será únicamente para la puesta en conocimiento de posibles infracciones de la Ley 13/2016, de 28 de julio, de Turismo cometidas en el ámbito de las viviendas y habitaciones para uso turístico. Si quisiera comunicar alguna deficiencia o infracción cometida en la actividad de otras empresas turísticas, puede utilizar el resto de herramientas habilitadas por la administración turística.

El Buzón contra las viviendas ilegales tiene carácter anónimo y solo recogerá información sobre la presunta actividad clandestina de la que se tenga conocimiento. La persona comunicante no tiene que identificarse. En el formulario de comunicación de los hechos los únicos campos obligatorios son:

  •  La dirección completa de la vivienda o habitación para uso turístico.
  •  Una dirección de correo electrónico o mail. Este campo se requiere a efectos de remitir el acuse de recibo y la respuesta a su comunicación.
  •  El sexo de la persona comunicante; este campo se requiere a efectos estadísticos.

Asimismo la persona comunicante puede informar sobre el relato de los hechos que se ponen en conocimiento de la administración, indicando, en su caso, la relación de plataformas turísticas en las que se anuncia la vivienda y, cuando sea posible, la identificación de los titulares de la actividad turística comunicada. Es conveniente que el relato de los hechos sea tan claro y detallado como sea posible, de cara a la consecución de una mayor eficacia de las posteriores actuaciones a desarrollar.

Una vez recibida la comunicación la administración turística comprobará la inscripción de la vivienda en el Registro de Empresas y Actividades Turísticas de Euskadi y, caso de no estar inscrita en el mismo, iniciará las actuaciones previas pertinentes para determinar la persona o personas que pudieran ser responsables y las circunstancias relevantes que concurran en unos y otros, ordenando el cese de dicha actividad si fuera clandestina e incoando, en su caso, el correspondiente procedimiento sancionador frente a la persona titular de la actividad

La puesta en conocimiento de la administración turística del ejercicio de la actividad turística clandestina o el incumplimiento de los requisitos establecidos en la vivienda referida no otorga a la persona que la realiza la condición de denunciante ni de interesada en el procedimiento sancionador que pudiera iniciarse, por lo que no será informada de los trámites realizados o del resultado final de dicho expediente. No obstante, la administración turística publicará trimestralmente los resultados obtenidos en la aplicación del Buzón contra las viviendas ilegales.

 

A quién va dirigido


Cudadanía en general

Organismos


Organismo que gestiona

  • Turismo, Comercio y Consumo / Viceconsejería de Turismo y Comercio > Dirección de Turismo y Hostelería

Información de contacto


Datos de contacto

Técnicos de Gestión Turística en las Oficinas Territoriales de Turismo y Comercio

OFICINA TERRITORIAL DE TURISMO Y COMERCIO DE ÁLAVA

Samaniego 2

01008 Vitoria-Gasteiz

Tef.: 945 01 70 55

E-mail: turismo-araba@euskadi.eus

OFICINA TERRITORIAL DE TURISMO Y COMERCIO DE BIZKAIA

General Concha, 23

48010 Bilbao

Tef.: 944 03 14 78

E-mail: turismo-bizkaia@euskadi.eus

OFICINA TERRITORIAL DE TURISMO Y COMERCIO DE GIPUZKOA

Easo, 10

20006 Donostia-San Sebastian

Tef.: 943 02 25 64

E-mail: turismo-gipuzkoa@euskadi.eus

Zuzenean: Servicio de atención a la ciudadanía

Código(s)

  • Comunicación de posible infracción en vivienda para uso turístico: 1114101

Comunicación a la Administración


No se requiere de la identificación electrónica.