Autorización de fraccionamiento o aplazamiento de deuda en periodo ejecutivo
- Organismo:
- Hacienda y Finanzas
Descripción
El pago de deudas de derecho público en el periodo ejecutivo de pago a favor de la Hacienda General del País Vasco puede aplazarse o fraccionarse cuando la persona deudora lo solicite porque su situación económica y financiera le impide, de manera transitoria, el pago en los plazos establecidos. Las cantidades cuyo pago se aplace o fraccione, devengarán intereses de demora por el tiempo que dure el aplazamiento y al tipo de interés de demora o tipo de interés legal fijados, según se trate de deudas tributarias o no tributarias.
PROXIMAMENTE SE PODRAN REALIZAR TODOS LOS TRAMITES DE FORMA TELEMATICA
Fraccionamiento/aplazamiento de deudas
Podrán solicitar autorización de aplazamiento/fraccionamiento en periodo voluntario los interesados (personas físicas/jurídicas) a los que previamente se les haya notificado una deuda, quienes podrán actuar por sí o a través de representante
Las personas obligadas al pago de deudas de derecho público, UNA VEZ TRANSCURRIDO EL PERIODO DE PAGO VOLUNTARIO, pueden solicitar la autorización de su pago diferido, cuando la situación de su tesorería, libremente apreciada por la Administración, le impida transitoriamente efectuar el pago de sus débitos. Las cantidades cuyo pago se aplace, excluido, en su caso, el recargo de apremio, devengarán sobre la deuda aplazada el interés de demora o interés legal fijado por la Ley de Presupuestos Generales del Estado, por el tiempo comprendido entre el vencimiento del período voluntario y el vencimiento del plazo o plazos concedidos.
Recurso de reposición
Los interesados pueden interponerlo, con carácter potestativo, en el plazo de un mes desde la notificación de la Resolución, ante el órgano que haya resuelto la solicitud de fraccionamiento/aplazamiento, haciendo constar que contra el mismo no se ha interpuesto reclamación económico-administrativa ante el TEAE.Sólo podrá promover reclamación económico-administrativa cuando el recurso se haya resuelto de forma expresa o hasta que pueda considerarse desestimado por silencio administrativo.
Aportación de garantías
Se exige la presentación de garantía en los casos en que la deuda sea superior a 18.000 €.
Como regla general la garantía consistirá en aval bancario o seguro de caución.
En los fraccionamientos o aplazamientos cuando no sea posible aportar aval, el interesado puede ofrecer otras garantías (hipoteca inmobiliaria o prenda con o sin desplazamiento), o cualquier otra admitida en derecho así como solicitar la sustitución de la garantía por la anotación preventiva de embargo sobre bienes de su propiedad cuando la deuda se encuentre en periodo voluntario.
Solicitud de devolución o cancelación de garantías
La garantía se devolverá, previa solicitud, una vez realizado el pago íntegro de la deuda, incluido los intereses devengados durante aquel o cuando se anule la deuda de la que trae causa.
A quién va dirigido
Dirigido a Personas Físicas y Personas Jurídicas
Normativa aplicable
Fraccionamiento/aplazamiento de deudas
Recurso de reposición
Aportación de garantías
Solicitud de devolución o cancelación de garantías
Organismos
Organismo que gestiona
- Hacienda y Finanzas / Viceconsejería de Política Financiera y Presupuestos > Dirección de Política Financiera y Previsión Social
Organismo que resuelve
- Hacienda y Finanzas / Viceconsejería de Política Financiera y Presupuestos > Dirección de Política Financiera y Previsión Social
Información de contacto
Datos de contacto
Zuzenean: Servicio de atención a la ciudadanía
Código(s)
- Fraccionamiento/aplazamiento de deudas: 1056601
- Recurso de reposición: 1056604
- Aportación de garantías: 1056602
- Solicitud de devolución o cancelación de garantías: 1056603
Solicitud y aportación de documentación
Acceder a través del siguiente botón al formulario de solicitud.
- Fraccionamiento/aplazamiento de deudas
-
Modelo normalizado de solicitud de APLAZAMIENTO/FRACCIONAMIENTO, firmado por el deudor o su representante, dónde se indicarán los datos del solicitante, la deuda cuyo aplazamiento se solicita, la propuesta de calendario de pagos, los datos bancarios para posibilitar la domiciliación de los pagos y, en su caso, para deudas superiores a 18.000,-€, el tipo de garantía que se ofrece. (En 'Formularios' se incluye acceso al documento normalizado).
Zuzenean: Servicio de atención presencial a la ciudadanía
Oficinas de Asistencia en Materia de Registro
Son las oficinas del Gobierno Vasco para informar, para tramitar con ayuda y para registrar documentación (artículos 101 y 102 del Decreto 91/2023, de 20 de junio, de atención integral y multicanal a la ciudadanía y acceso a los servicios públicos por medios electrónicos).
Otros lugares de presentación
En cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
-
La presentación de la solicitud habrá de efectuarse dentro del periodo ejecutivo de pago.
- En caso de que la cuantía de la deuda sea superior a 18.000,00 € deberá aportar garantías suficientes
- Documentos acreditativos de las dificultades económicas que motivan la petición de aplazamiento o fraccionamiento.
Tiene 2 opciones para presentar su solicitud:
- Rellenar el formulario online y adjuntar la documentación en formato digital. Una vez rellenado, debe imprimir el formulario, firmarlo a mano y entregarlo en los lugares de presentación indicados.
- Imprimir el formulario online sin rellenar. Una vez haya impreso el formulario vacío, deberá rellenarlo y firmarlo a mano, y después entregarlo en los lugares de presentación indicados.
Si decide rellenar el formulario online y adjuntar la documentación en formato digital (la primera opción), tenga en cuenta lo siguiente:
- La Administración guardará el formulario y los documentos adjuntos durante el plazo de un mes.
- Debe presentar el formulario firmado durante este plazo de un mes en los lugares de presentación establecidos.
Posteriormente, podrá continuar con la tramitación y realizar el seguimiento de su expediente a través de Mi carpeta.
Resolución y recursos
Plazo de resolución
7 meses a contar desde el día siguiente al de la presentación de la solicitud
Efectos del silencio
Desestimatorios
Para interponer el recurso por el canal electrónico deberá disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
Reclamación económico-administrativa ante el TEAE en el plazo de un mes desde el día siguiente al de la notificación de la resolución del recurso de reposición o desde el día siguiente a aquel en que se entienda desestimado.
Solicitud y aportación de documentación
Acceder a través del siguiente botón al formulario de solicitud.
- Recurso de reposición
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Se interpone mediante escrito dirigido al órgano que dictó la resolución de aplazamiento/fraccionamiento que se quiere recurrir.
En el caso de que actúe por medio de representante, se deberá aportar junto con el recurso la documentación justificativa de la representación.
No se requiere la utilización de ningún modelo específico de escrito de interposición.
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Oficinas de Asistencia en Materia de Registro
Son las oficinas del Gobierno Vasco para informar, para tramitar con ayuda y para registrar documentación (artículos 101 y 102 del Decreto 91/2023, de 20 de junio, de atención integral y multicanal a la ciudadanía y acceso a los servicios públicos por medios electrónicos).
Otros lugares de presentación
En cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- Los interesados pueden interponerlo, con carácter potestativo, en el plazo de un mes desde la notificación de la Resolución, ante el órgano que haya resuelto la solicitud de fraccionamiento/aplazamiento, haciendo constar que contra el mismo no se ha interpuesto reclamación económico-administrativa ante el TEAE. Sólo podrá promover reclamación económico-administrativa cuando el recurso se haya resuelto de forma expresa o hasta que pueda considerarse desestimado por silencio administrativo.
Tiene 2 opciones para presentar su solicitud:
- Rellenar el formulario online y adjuntar la documentación en formato digital. Una vez rellenado, debe imprimir el formulario, firmarlo a mano y entregarlo en los lugares de presentación indicados.
- Imprimir el formulario online sin rellenar. Una vez haya impreso el formulario vacío, deberá rellenarlo y firmarlo a mano, y después entregarlo en los lugares de presentación indicados.
Si decide rellenar el formulario online y adjuntar la documentación en formato digital (la primera opción), tenga en cuenta lo siguiente:
- La Administración guardará el formulario y los documentos adjuntos durante el plazo de un mes.
- Debe presentar el formulario firmado durante este plazo de un mes en los lugares de presentación establecidos.
Posteriormente, podrá continuar con la tramitación y realizar el seguimiento de su expediente a través de Mi carpeta.
Resolución y recursos
Plazo de resolución
1 mes
Efectos del silencio
Desestimatorios
Solicitud y aportación de documentación
Acceder a través del siguiente botón al formulario de solicitud.
- Aportación de garantías
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Deberá proporcionar la siguiente documentación:
1. Compromiso expreso e irrevocable de aval solidario de entidad de crédito o sociedad de garantía recíproca.
2. En defecto de aval, podrá ofrecerse en garantía hipotecaria unilateral a favor de la ACAPV en cuyo caso deberá presentarse la siguiente documentación:
a. Justificación documental de la imposibilidad de obtener el aval o certificado de seguro de caución.
b. Información registral actualizada del bien o bienes inmuebles/muebles ofrecidos en garantía (certificado registral o nota simple informativa).
c. Valoración de los bienes ofrecidos en garantía efectuada por empresas o profesionales especializados e independientes.
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Oficinas de Asistencia en Materia de Registro
Son las oficinas del Gobierno Vasco para informar, para tramitar con ayuda y para registrar documentación (artículos 101 y 102 del Decreto 91/2023, de 20 de junio, de atención integral y multicanal a la ciudadanía y acceso a los servicios públicos por medios electrónicos).
Otros lugares de presentación
En cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
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La garantia deberá cubrir el importe de la deuda principal, más los intereses de demora que genere el fraccionamiento o aplazamiento, y más un 25% de la suma de ambas partidas.
La garantía debe formalizarse en el plazo de 2 meses contados a partir del día siguiente al de notificación del acuerdo de concesión y, si transcurre dicho plazo sin que se formalice la garantía, queda sin efecto el acuerdo de concesión exigiéndose la deuda por la vía de apremio.
Tiene 2 opciones para presentar su solicitud:
- Rellenar el formulario online y adjuntar la documentación en formato digital. Una vez rellenado, debe imprimir el formulario, firmarlo a mano y entregarlo en los lugares de presentación indicados.
- Imprimir el formulario online sin rellenar. Una vez haya impreso el formulario vacío, deberá rellenarlo y firmarlo a mano, y después entregarlo en los lugares de presentación indicados.
Si decide rellenar el formulario online y adjuntar la documentación en formato digital (la primera opción), tenga en cuenta lo siguiente:
- La Administración guardará el formulario y los documentos adjuntos durante el plazo de un mes.
- Debe presentar el formulario firmado durante este plazo de un mes en los lugares de presentación establecidos.
Posteriormente, podrá continuar con la tramitación y realizar el seguimiento de su expediente a través de Mi carpeta.
Resolución y recursos
Plazo de resolución
1 mes
Efectos del silencio
Desestimatorios
Solicitud y aportación de documentación
Acceder a través del siguiente botón al formulario de solicitud.
Zuzenean: Servicio de atención presencial a la ciudadanía
Oficinas de Asistencia en Materia de Registro
Son las oficinas del Gobierno Vasco para informar, para tramitar con ayuda y para registrar documentación (artículos 101 y 102 del Decreto 91/2023, de 20 de junio, de atención integral y multicanal a la ciudadanía y acceso a los servicios públicos por medios electrónicos).
Otros lugares de presentación
En cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- a) Si se trata de garantía financiera (aval o seguro de caución): se remitirá desde la Tesorería General al interesado por correo certificado o bien podrá retirarse en la propia Tesoreria por el interesado u otra persona autorizada. b) Si se trata de garantía real las garantías serán liberadas por la Dirección de patrimonio y Contratación.
Tiene 2 opciones para presentar su solicitud:
- Rellenar el formulario online y adjuntar la documentación en formato digital. Una vez rellenado, debe imprimir el formulario, firmarlo a mano y entregarlo en los lugares de presentación indicados.
- Imprimir el formulario online sin rellenar. Una vez haya impreso el formulario vacío, deberá rellenarlo y firmarlo a mano, y después entregarlo en los lugares de presentación indicados.
Si decide rellenar el formulario online y adjuntar la documentación en formato digital (la primera opción), tenga en cuenta lo siguiente:
- La Administración guardará el formulario y los documentos adjuntos durante el plazo de un mes.
- Debe presentar el formulario firmado durante este plazo de un mes en los lugares de presentación establecidos.
Posteriormente, podrá continuar con la tramitación y realizar el seguimiento de su expediente a través de Mi carpeta.