Transmisiones de oficinas de farmacias
El Decreto 166/1999, de 16 de marzo (BOPV nº 73 de 20/4/99) modificado por el Decreto 23/2004, de 3 de febrero (BOPVnº 33 de 18/2/04), establece el procedimiento para la transmisión de oficinas de farmacia.
Una de las modalidades de transmisión, en concreto, aquella en que el farmacéutico titular y propietario de una oficina de farmacia pretende transmitirla, a título oneroso, a un tercero no familiar, requiere que el Departamento de Sanidad proceda a publicar en el BOPV un anuncio relativo a la propuesta de transmisión.
En esta sección se pone a disposición de los interesados los anuncios de transmisión que se encuentran en el plazo de 2 meses para presentar la solicitud de adquisición.
Anuncios de transmisión:
Fecha de última modificación: