Requisitos de Acceso a FP
Se deberán cumplir los siguientes requisitos:
- a) Certificado profesional de nivel 1: No se exigen requisitos de acceso.
- b) Certificado profesional de nivel 2: Se exige el cumplimiento de uno de los siguientes requisitos:
b.1 – Estar en posesión del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria o equivalente a efectos de acceso.
b.2.– Estar en posesión de un certificado profesional (grado C) de nivel 2.
b.3.- Estar en posesión de un certificado de competencia (grado B) incluido en la oferta a realizar.
b.4.- Estar en posesión de un certificado profesional de nivel 1 de la misma familia profesional.
- c) Certificado profesional de nivel 3: Se exige el cumplimiento de uno de los siguientes requisitos:
c.1.– Estar en posesión de un Título de Técnico o Técnica, Técnico Superior o Técnica Superior, Bachiller o equivalente a efecto de acceso.
c.2.- Estar en posesión de un certificado profesional (grado C) de nivel 3.
c.3.- Estar en posesión de un certificado de competencia (grado B) incluido en la oferta a realizar.
c.4.- Estar en posesión de un certificado profesional (grado C) de nivel 2 de la misma familia profesional.
1.-Ciclos formativos de grado básico. Requisitos simultáneos:
a) Tener cumplidos quince años, o cumplirlos durante el año natural en curso.
b) Haber cursado el tercer curso de Educación Secundaria Obligatoria o, excepcionalmente, haber cursado el segundo curso de la Educación Secundaria Obligatoria.
c) Haber propuesto el equipo docente a las familias o tutores legales la incorporación de la persona interesada a un ciclo formativo formativos de grado básico.
Para aquellos jóvenes entre 15 y 18 años que no hayan estado escolarizados en el sistema educativo español, se les exime del cumplimiento del apartado b) siendo importante el conocimiento del idioma que le permita el seguimiento de la formación.
2.- Ciclos formativos de grado básico con itinerarios adaptados de aprendizaje para alumnado con NEE. Requisitos simultáneos:
a) Estar inscritos en el Registro de Necesidades Específicas de Apoyo Educativo (NEAE) del Departamento de Educación.
b) Haber cursado al menos 2º ESO.
c) Disponer del consejo orientador de la persona tutora con el aval del profesorado orientador en el que conste la propuesta del equipo docente, de que el alumno o alumna opte a ciclos formativos de grado básico con itinerario a 3 años.
3.- Ciclos formativos de grado básico con itinerarios adaptados de aprendizaje para personas con especiales dificultades formativas o de inserción laboral. Requisitos simultáneos:
a) Tener una edad mayor de 16 años.
b) No acreditar titulación alguna que de acceso a estudios de FP ni acreditar haber cursado ESO.
El acceso a los ciclos formativos de grado medio requiere el cumplimiento de al menos una de las siguientes condiciones:
a) Estar en posesión del título de Graduado en ESO.
b) Estar en posesión del título de Técnica o Técnico Básico.
c) Estar en posesión del título de Técnica o Técnico.
d) Haber superado el curso de formación específico preparatorio para el acceso a ciclos formativos de grado medio en centros públicos o privados autorizados por la Administración educativa.
e) Haber superado la prueba de acceso a ciclos formativos de grado medio o grado superior, o la prueba de acceso a la universidad para mayores de 25 años y/o 45 años.
f) Haber superado una oferta formativa de Grado C de nivel 2, incluida en el ciclo formativo.
g) Acreditar la posesión de alguna de las titulaciones equivalentes para el acceso a los ciclos formativos de grado medio establecidos en la disposición adicional sexta, apartado 1 del Real Decreto 659/2023, de 18 de julio:
h) Certificado de homologación de estudios extranjeros con alguno de los títulos relacionados anteriormente. En el supuesto de que el procedimiento de homologación no haya sido resuelto, se aceptará el volante de inscripción condicional.
Además, siempre que la demanda de plazas en Ciclos Formativos de Grado Medio supere la oferta, las Administraciones Educativas podrán establecer Cuotas y Preferencias de Admisión al centro docente.
El acceso a los ciclos de grado superior requiere el cumplimiento de al menos una de las siguientes condiciones:
- Estar en posesión del título de Bachiller.
- Poseer un título de Técnica o Técnico de Formación Profesional o Técnica o Técnico de Artes Plásticas y Diseño.
- Haber superado una oferta formativa de grado C de nivel 3 incluida en el ciclo formativo.
- Haber superado el curso de formación específico preparatorio para el acceso a ciclos formativos de grado superior en centros públicos o privados autorizados por la Administración educativa.
- Haber superado la prueba de acceso a ciclos formativos de grado superior o la prueba de acceso a la universidad para mayores de 25 años y/o 45 años.
- Poseer un título de Técnica o Técnico o Técnica Superior o Técnico Superior de Formación Profesional o grado universitario.
- Acreditar la posesión de alguna de las titulaciones equivalentes para el acceso a los ciclos formativos de grado superior establecidos en la disposición adicional sexta, apartado 2 del Real Decreto 659/2023, de 18 de julio.
- Certificado de homologación de estudios extranjeros con alguno de los títulos relacionados anteriormente: en el supuesto en que el procedimiento de homologación no haya sido resuelto, se aceptará el volante de inscripción condicional.
Siempre que la demanda de plazas en Ciclos Formativos de Grado Superior supere la oferta, las Administraciones Educativas podrán establecer Cuotas y Preferencias de Admisión al centro docente.
Cursos de especialización de grado medio:
El acceso a los cursos de especialización de grado medio requiere poseer alguno de los títulos de Técnico o Técnica especificado en la normativa básica.
No obstante, y en aquellas situaciones en las que haya disponibilidad de plazas vacantes se podrá acceder a las mismas con el siguiente orden de prelación:
- a) Disponer de un título de Técnica o Técnico o Técnico Superior o Técnica Superior de formación profesional diferente de los que dan acceso según normativa básica y acrediten experiencia en el área profesional asociada a dicho curso.
- b) Disponer de un título de Técnica o Técnico o Técnico Superior o Técnica Superior de formación profesional diferente de los que dan acceso según normativa básica y acrediten conocimientos previos mediante prueba de capacidad, entrevista personal, solicitud de motivación de ingreso, currículo o experiencia laboral.
- c) No disponer de título de formación profesional, pero acreditan competencias para cursar un curso de especialización. En este caso, la obtención del título está supeditada al cumplimento de las condiciones de acceso. Si finalizado el curso no se acredita dichas condiciones de acceso se expedirá una certificación académica.
Cursos de especialización de grado superior:
El acceso a los cursos de especialización de grado superior requiere poseer alguno de los títulos de Técnica Superior o Técnico Superior especificado en la normativa básica.
No obstante, y en aquellas situaciones en las que haya disponibilidad de plazas se podrá acceder a las mismas con el siguiente orden de prelación:
- a) Disponer de un título de Técnica Superior o Técnico Superior de formación profesional diferente de los que dan acceso según normativa básica y acrediten experiencia en el área profesional asociada a dicho curso.
- b) Disponer de un título de Técnica Superior o Técnico Superior de formación profesional diferente de los que dan acceso según normativa básica y acrediten conocimientos previos mediante prueba de capacidad, entrevista personal, solicitud de motivación de ingreso, currículo o experiencia laboral.
- c) No disponer de título de formación profesional, pero acreditan competencias para cursar un curso de especialización. En este caso, la obtención del título está supeditada al cumplimento de las condiciones de acceso. Si finalizado el curso no se acredita dichas condiciones de acceso se expedirá una certificación académica.
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