Habilitación de profesionales de centros y servicios del Sistema de Autonomía y Atención a la Dependencia
Nuevo acuerdo sobre criterios comunes de acreditación y calidad de los centros y servicios del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia
La Resolución de 28 de julio de 2022, de la Secretaría de Estado de Derechos Sociales (BOE nº 192, jueves 11 de agosto de 2022), por la que se publica el Acuerdo del Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, sobre criterios comunes de acreditación y calidad de los centros y servicios del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, regula en el apartado octavo del Título II la cualificación profesional, habilitación y competencias.
HABILITACIÓN EXCEPCIONAL
Pueden solicitarla los y las profesionales (personas cuidadoras, gerocultoras, auxiliares de ayuda a domicilio y asistentes personales) que, a 11 de agosto de 2022, cuentan con una experiencia de tres años y un mínimo de 2.000 horas trabajadas en los 12 últimos años en la categoría profesional correspondiente
También quienes no hayan alcanzado la experiencia mínima exigida en el párrafo anterior, pero hayan trabajado y dispongan de 300 horas de formación relacionada con las competencias profesionales en los últimos 12 años.
Han tenido que prestar sus últimos servicios en la Comunidad Autónoma del País Vasco.
Estos requisitos se han de cumplir en los 12 años que transcurren entre el 11de agosto de 2010 y el 11 de agosto de 2022.
HABILITACIÓN PROVISIONAL
Pueden solicitarla los y las profesionales (personas cuidadoras, gerocultoras, auxiliares de ayuda a domicilio y asistentes personales) que tengan alguna experiencia profesional y que sin haber alcanzado los requisitos para la habilitación excepcional se comprometan, mediante declaración responsable, a realizar una de las siguientes acciones:
- Participar en los procesos de evaluación y acreditación de la experiencia laboral, que se realicen desde el ámbito estatal o autonómico y se inicien antes del 31 de diciembre de 2022.
- Realizar la formación vinculada a los correspondientes certificados de profesionalidad o títulos de formación profesional que se hayan iniciado con anterioridad a 31 de diciembre de 2022, fecha improrrogable.
En caso de no participar en los procesos de evaluación y acreditación de la experiencia citada o no realizar la formación en el plazo establecido, la habilitación provisional dejará de tener efectos. (Únicamente participando en los procesos de evaluación y acreditación de la experiencia o realizando la formación precisada la habilitación provisional mantendrá su validez hasta la finalización de los mismos)
- Para cualquier duda referente a la solicitud puedes llamar al teléfono 945 01 93 95 de 9:00 a 15:00 o escribir a la siguiente dirección de correo ss-gz@euskadi.eus indicando en el asunto "Habilitaciones"