Departamento de Bienestar, Juventud y Reto Demográfico

Dirección de Comunicación

ÁREAS / FUNCIONES

Bajo la dependencia orgánica del Consejero o Consejera, a la Dirección de Comunicación le corresponde, además de las funciones que con carácter general le atribuye el artículo 6 del presente Decreto, el ejercicio de las siguientes funciones:

  1. Relaciones con los medios de comunicación social, al objeto de facilitar la difusión y divulgación de las actividades, decisiones y políticas vinculadas al Departamento.
  2. Garantizar la adecuada cobertura informativa de las acciones del Departamento.
  3. Establecer los criterios y mecanismos necesarios que aseguren la coordinación de los servicios de prensa de las distintas áreas del Departamento y sus Organismos Autónomos, como de la acción divulgativa e informativa que afecte a actuaciones de carácter institucional.
  4. Dirigir las relaciones del Departamento con los medios de comunicación.
  5. Coordinar las campañas publicitarias y medidas de sensibilización social del Departamento.
  6. Establecer los criterios y las políticas informativas y de publicidad del área de actuación.
  7. Elaborar comunicados, referencias y notas de prensa.
  8. Elaborar estudios e informes sobre el reflejo informativo de la actualidad vasca e internacional del área de competencia, así como analizar, desde el punto de vista informativo, la coyuntura política, económica y social.

Artículo 6.- Directores y Directoras del Departamento de Igualdad, Justicia y Políticas Sociales.

Los Directores o las Directoras del Departamento ejercerán con carácter general las siguientes funciones:

  1. Organizar los servicios internos y sistemas de trabajo de la Dirección, sin perjuicio de las competencias generales atribuidas a la Dirección de Servicios.
  2. Impulsar, dirigir, coordinar y controlar las actividades de la Dirección.
  3. Impulso y apoyo técnico y material a los órganos de contratación.
  4. La instrucción de los expedientes sancionadores relacionados con la materia de su Dirección.
  5. La tramitación de los procedimientos de revisión de oficio y declaración de lesividad de su área de actuación.
  6. Realizar propuestas, en materia de su competencia, a los órganos superiores colaborando con la Dirección de Servicios en el diseño y elaboración de estadísticas y estudios generales relacionados con su Dirección.
  7. Definir en su ámbito los objetivos del Plan de Normalización Lingüística en vigor, así como desarrollar y evaluar las iniciativas para alcanzar dichos objetivos llevando a cabo una gestión integrada del euskera en colaboración con las jefaturas de servicio de su Dirección; todo ello bajo la coordinación de la Dirección de Servicios y en colaboración con la Viceconsejería de Política Lingüística.
    Implementar los Criterios de Uso de las Lenguas Oficiales y hacer seguimiento de los mismos en los campos de actuación de la Dirección, tales como: criterios de traducción, formación general continua del personal, nombramientos oficiales y eventos públicos organizados por el Departamento. Así como, en su respectiva área, introducir criterios lingüísticos en la contratación pública y en las convocatorias de subvenciones.
  8. Definir en su ámbito los objetivos del Plan para la Igualdad de Mujeres y Hombres de la Comunidad Autónoma de Euskadi, así como ejecutar y evaluar las acciones e iniciativas para alcanzar dichos objetivos, llevando a cabo una gestión integrada de las políticas en materia de igualdad de mujeres y hombres en colaboración con las jefaturas de servicio de su Dirección; todo ello, bajo la coordinación de la Dirección de Servicios y en colaboración con Emakunde-Instituto Vasco de la Mujer.
  9. Las que atribuya expresamente el ordenamiento jurídico vigente o tengan el carácter de comunes por venir atribuidas con carácter general a los Directores o las Directoras del Gobierno.

Datos de contacto

Dirección

Donostia-San Sebastián, 1
01010 Vitoria-Gasteiz
Álava
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CARGOS

Iñigo Camino Garcia
(30/01/2021 - 26/06/2024) Director de Comunicación

ENTIDADES RELACIONADAS

Dirección de Comunicación

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Bajo la dependencia orgánica del Consejero o Consejera, a la Dirección de Comunicación le corresponde, además de las funciones que con carácter general le atribuye el artículo 6 del presente Decreto, el ejercicio de las siguientes funciones:

  1. Relaciones con los medios de comunicación social, al objeto de facilitar la difusión y divulgación de las actividades, decisiones y políticas vinculadas al Departamento.
  2. Garantizar la adecuada cobertura informativa de las acciones del Departamento.
  3. Establecer los criterios y mecanismos necesarios que aseguren la coordinación de los servicios de prensa de las distintas áreas del Departamento y sus Organismos Autónomos, como de la acción divulgativa e informativa que afecte a actuaciones de carácter institucional.
  4. Dirigir las relaciones del Departamento con los medios de comunicación.
  5. Coordinar las campañas publicitarias y medidas de sensibilización social del Departamento.
  6. Establecer los criterios y las políticas informativas y de publicidad del área de actuación.
  7. Elaborar comunicados, referencias y notas de prensa.
  8. Elaborar estudios e informes sobre el reflejo informativo de la actualidad vasca e internacional del área de competencia, así como analizar, desde el punto de vista informativo, la coyuntura política, económica y social.

Artículo 6.- Directores y Directoras del Departamento de Igualdad, Justicia y Políticas Sociales.

Los Directores o las Directoras del Departamento ejercerán con carácter general las siguientes funciones:

  1. Organizar los servicios internos y sistemas de trabajo de la Dirección, sin perjuicio de las competencias generales atribuidas a la Dirección de Servicios.
  2. Impulsar, dirigir, coordinar y controlar las actividades de la Dirección.
  3. Impulso y apoyo técnico y material a los órganos de contratación.
  4. La instrucción de los expedientes sancionadores relacionados con la materia de su Dirección.
  5. La tramitación de los procedimientos de revisión de oficio y declaración de lesividad de su área de actuación.
  6. Realizar propuestas, en materia de su competencia, a los órganos superiores colaborando con la Dirección de Servicios en el diseño y elaboración de estadísticas y estudios generales relacionados con su Dirección.
  7. Definir en su ámbito los objetivos del Plan de Normalización Lingüística en vigor, así como desarrollar y evaluar las iniciativas para alcanzar dichos objetivos llevando a cabo una gestión integrada del euskera en colaboración con las jefaturas de servicio de su Dirección; todo ello bajo la coordinación de la Dirección de Servicios y en colaboración con la Viceconsejería de Política Lingüística.
    Implementar los Criterios de Uso de las Lenguas Oficiales y hacer seguimiento de los mismos en los campos de actuación de la Dirección, tales como: criterios de traducción, formación general continua del personal, nombramientos oficiales y eventos públicos organizados por el Departamento. Así como, en su respectiva área, introducir criterios lingüísticos en la contratación pública y en las convocatorias de subvenciones.
  8. Definir en su ámbito los objetivos del Plan para la Igualdad de Mujeres y Hombres de la Comunidad Autónoma de Euskadi, así como ejecutar y evaluar las acciones e iniciativas para alcanzar dichos objetivos, llevando a cabo una gestión integrada de las políticas en materia de igualdad de mujeres y hombres en colaboración con las jefaturas de servicio de su Dirección; todo ello, bajo la coordinación de la Dirección de Servicios y en colaboración con Emakunde-Instituto Vasco de la Mujer.
  9. Las que atribuya expresamente el ordenamiento jurídico vigente o tengan el carácter de comunes por venir atribuidas con carácter general a los Directores o las Directoras del Gobierno.

Datos de contacto

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Donostia-San Sebastián, 1
01010 Vitoria-Gasteiz
Álava
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CARGOS

Iñigo Camino Garcia
(30/01/2021 - 26/06/2024) Director de Comunicación

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