Departamento de Gobernanza, Administración Digital y Autogobierno

Premios a las mejores reutilizaciones de datos abiertos de Euskadi de 2024

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Descripción


Objeto

La presente convocatoria tiene por objeto premiar a los mejores proyectos que proporcionen servicios, estudios, visualizaciones, aplicaciones web o para dispositivos móviles utilizando para ello conjuntos de datos de los catálogos de datos abiertos de las Administraciones Públicas de la Comunidad Autónoma de Euskadi mencionados en las bases.

Dotación presupuestaria

21.000 (euro)

Prestación económica

Se concederá un único premio al mejor proyecto de Reutilización de Datos Abiertos de Euskadi para la categoría Servicios web.

  • El premio consistirá en la entrega de un diploma acreditativo y la cantidad de 8.000 € brutos, que se abonarán a la persona premiada en un único pago.

Se concederá un premio a los dos mejores proyectos de Reutilización de Datos Abiertos de Euskadi para la categoría General.

  • El primer premio consistirá en la entrega de un diploma acreditativo y la cantidad de 8.000€ brutos, que se abonarán a la persona premiada en un único pago.
  • El segundo premio consistirá en la entrega de un diploma acreditativo y la cantidad de 5.000€ brutos, que se abonarán a la persona premiada en un único pago.

Información adicional

A quién va dirigido


Personas físicas

Requisitos:

  • Identidad de la persona física
  • Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.

Empresas

Requisitos:

  • Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.

  • Tener un plan de igualdad vigente, en el caso de empresas obligadas a tenerlo según la normativa del Estado.

  • Acreditar haber establecido medidas para prevenir y combatir el acoso sexual o acoso por razón de sexo en los términos establecidos por la legislación del Estado, en el caso de empresas de más de 50 personas trabajadoras.

Requisitos

  • Poder de representación para las agrupaciones de personas físicas o jurídicas
  • No hallarse la persona o entidad solicitante sancionada administrativa o penalmente con la pérdida de la posibilidad de obtención de ayudas o subvenciones públicas, ni estar incursa en alguna prohibición legal que inhabilite para ello.

  • No hallarse sancionada penal ni administrativamente por incurrir en discriminación por razón de sexo o por incumplimiento de la normativa en materia de igualdad de mujeres y hombres, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo 1/2023, de 16 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley para la Igualdad de Mujeres y Hombres y Vidas Libres de Violencia Machista contra las Mujeres (LIMHVLVMCM), ni por incumplimiento del artículo 82 de la Ley 4/2023, de 28 de febrero, para la igualdad real y efectiva de las personas trans y para la garantía de los derechos de las personas LGTBI.

  • Se halla al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones en los términos que determina el artículo 4 de la Orden de 13 de febrero de 2023, del Consejero de Economía y Hacienda, sobre acreditación del cumplimiento de obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, así como de las relativas al reintegro de subvenciones, en el marco de las ayudas y subvenciones que se otorguen con cargo a los Presupuestos Generales de Euskadi.

  • Se haya al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.

Normativa


Organismos


Organismo que convoca

  • Gobernanza, Administración Digital y Autogobierno / Viceconsejería de Relaciones Institucionales > Dirección de Atención a la Ciudadanía y Servicios Digitales

Organismo que resuelve

  • Gobernanza, Administración Digital y Autogobierno > Viceconsejería de Relaciones Institucionales

Información de contacto


Zuzenean: Servicio de atención a la ciudadanía

Código

1028605

Solicitud y aportación de documentación


Las personas candidatas a los premios, tanto físicas como jurídicas, podrán presentar cuantos proyectos consideren oportunos en solicitudes diferenciadas.

Las personas jurídicas deberán elegir el medio electrónico para comunicarse con el órgano gestor de los premios durante todo el procedimiento.

Las personas físicas o jurídicas cumplimentarán el formulario de inscripción.

Los trámites posteriores a la presentación de la solicitud se realizarán a través del apartado «Mi carpeta» de la sede electrónica del Gobierno Vasco.

  1. Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida en formato digital.
  3. Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
    Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.

Acceder a través del siguiente botón al formulario de solicitud.

Resolución y recursos


Plazo de resolución

5 meses desde la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial del País Vasco.

Tipo de concesión de la ayuda

Concursal

Efectos del silencio

Desestimatorios

Renuncia al premio


Las personas a las que se les conceda un premio podrán manifestar expresamente su renuncia al mismo en el plazo de 3 días hábiles desde la notificación de la resolución de concesión, en cuyo caso el premio se concederá a la persona o personas que han presentado los siguientes proyectos mejor valorados. A tal efecto, dispondrán de un formulario en el apartado «Mi Carpeta» de la sede electrónica del Gobierno Vasco.

De no producirse la renuncia al premio en los términos del párrafo anterior, se entenderá que se acepta por parte de la persona premiada.

  1. Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
  2. Prepare la documentación en formato digital.
  3. Acceda a Mi carpeta.
  1. Acceda al siguiente formulario online y rellene los datos (no es necesario disponer de un medio de identificación electrónica).
  2. Imprima la solicitud que ha cumplimentado y fírmela de forma manuscrita.
  3. Entregue la solicitud en el plazo y en los lugares de presentación establecidos en el procedimiento.

Otros trámites