Ayudas del Programa «Renove Maquinaria». 2017

RESUMEN
Título:
Ayudas del Programa «Renove Maquinaria». 2017
Objeto:

Este Programa tiene por objeto, fomentar las inversiones en maquinaria industrial nueva para alcanzar un alto grado de modernización de los equipamientos productivos y a su vez adecuarlos a las normas de seguridad y salud laboral.

Estas ayudas están cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER).

Dotación presupuestaria:
12.000.000,00 euros
Normativa de la convocatoria:
  • Convocatoria 2017 (BOPV N 123/2017)
    ANUNCIO relativo a la Resolución de la Dirección General de la Sociedad para la Transformación Competitiva-Eraldaketa Lehiakorrerako Societatea, S.A. (SPRI), de fecha 19 de junio de 2017 por la que se aprueba la normativa que regirá el Programa «Renove Maquinaria» 2017.
  • Anuncio (BOPV N 194/2017)
    ANUNCIO relativo a la Resolución de la Dirección General de la Sociedad para la Transformación Competitiva-Eraldaketa Lehiakorrerako Sozietatea, S.A. (SPRI), de fecha 29 de septiembre de 2017, por la que se modifica la normativa rectora del Programa «Renove Maquinaria 2017».
ORGANISMOS
Entidad convocante:
SPRI - Sociedad para la Transformación Competitiva S.A.
Órgano convocante:
SPRI - Sociedad para la Transformación Competitiva S.A.
Entidad resolutora:
Organismos Autónomos, Entes y Sociedades Públicas
Contacto presencial:
Alameda de Urquijo 36 - 4ª Planta. Edificio Plaza Bizkaia - 48011 Bilbao.
Contacto telefónico:
Teléfono: 902 702 142. Fax: 94 403 70 22.
TRAMITACIONES
Lugares de Presentación:
Alameda de Urquijo 36 - 4ª Planta. Edificio Plaza Bizkaia - 48011 Bilbao.
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Ayudas del Programa «Renove Maquinaria». 2017

Este Programa tiene por objeto, fomentar las inversiones en maquinaria industrial nueva para alcanzar un alto grado de modernización de los equipamientos productivos y a su vez adecuarlos a las normas de seguridad y salud laboral.

Estas ayudas están cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER).

DIRIGIDO A
Colectivo beneficiario:
Podrán ser beneficiarias de las ayudas contempladas en el presente programa, las Pequeñas y Medianas Empresas (PYMEs) industriales de la Comunidad Autónoma de Euskadi
a) Disponer de un centro de actividad económica en la CAPV en el cual se ubicará la maquinaria cuya adquisición es objeto de la subvención durante, al menos tres años a partir de la fecha de concesión de la ayuda. b) Estar al corriente de las obligaciones tributarias y para con la Seguridad Social, así como de las obligaciones que mantenga con el Grupo SPRI y con el Gobierno Vasco. c) No encontrarse en alguna de las siguientes situaciones, lo que se acreditará mediante la correspondiente declaración. Primero.¿ Incursas en prohibición o inhabilitación para la obtención de ayudas públicas o para contratar con la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco. Segundo.¿ Sujetas a una orden de recuperación de ayudas pendiente tras una decisión previa de la Comisión Europea que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado interior. Tercero.¿ En los supuestos del artículo 50 del Decreto Legislativo 1/1997 y en los del artículo 13 de la Ley 38/2003, por el que no pueda obtenerse la condición de beneficiario. Cuarto.¿ En situación de empresa en crisis en el sentido de las Directrices comunitarias sobre ayudas estatales de salvamento y de reestructuración de empresas en crisis. Quinto.¿ Que por la autoridad competente se halla constatado que desarrolla prácticas que puedan impedir, restringir o falsear el juego de la competencia. Sexto.¿ Dedicarse a la producción, comercialización y financiación de armamento, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 14/2007, de 28 de diciembre, de Carta de Justicia y Solidaridad con los Países Empobrecidos. Séptimo.¿ Tener pendientes obligaciones de reintegro de cantidades correspondientes a ayudas o subvenciones provenientes de Presupuestos públicos de cualquier Administración o entidad perteneciente a sus sectores públicos. Tampoco podrán concurrir a la presente convocatoria quienes hubieren sido sancionados con carácter firme en un procedimiento sancionador que tuviere por origen la concesión de ayudas públicas o cualquier otro que impida la concurrencia a programas de esta naturaleza y se encuentren en el tiempo de cumplimiento de la sanción. Si el solicitante se encuentra incurso en un procedimiento de reintegro o sanción de esta naturaleza, la concesión o en su caso el pago de la ayuda quedará condicionados al resultado del mismo. Octavo.¿ Haber sido declaradas insolventes en procedimiento alguno, solicitado la declaración de concurso, hallarse declaradas en concurso, estar sujetas a intervención judicial o haber sido inhabilitadas conforme a la Ley Concursal sin que haya concluido el periodo de inhabilitación fijado en la sentencia de calificación del concurso. Noveno.¿ Ni la empresa ni sus representantes legales podrán haber sido condenados mediante sentencia firme por cometer delitos contra la salud laboral o sancionada con carácter firme por cometer infracción administrativa muy grave en dicha materia en el periodo de 5 años anteriores a la fecha de la presente convocatoria. El cumplimiento de los requisitos para ser beneficiaria de las ayudas habrá de mantenerse en el momento de presentación de las solicitudes de ayuda y de liquidación.
PRESTACIÓN
Dotación:
12.000.000,00 euros
Límite:
Las ayudas objeto de este programa se instrumentarán en forma de subvenciones por importe del 15% de los gastos elegibles, acreditados en concepto de adquisición de nueva maquinaria, por un importe máximo de 70.000 euros por cada máquina nueva adquirida y de 100.000 euros como máximo por empresa y año.
TRAMITES
De Solicitud y Aportación de Documentación
El trámite de "Solicitud y aportación de documentación", es el que inicia el procedimiento, para ello la persona interesada debe de presentar el formulario de solicitud correctamente cumplimentado dentro del plazo indicado de presentación de solicitudes
Trámite Solicitud
Trámite Solicitud:
Trámite Solicitud
Presencial
Documentación:
  • a) Impreso de solicitud proporcionado por la aplicación informática, debidamente cumplimentado y firmado. b) Declaración responsable. c) Fotocopia del alta en el Impuesto de Actividades Económicas y del último recibo del mismo como constancia de realización de actividad en la Comunidad Autónoma del País Vasco. d) Fotocopia del poder de representación vigente de la persona firmante de la solicitud. e) Certificados, con un máximo de tres meses de antigüedad, que acrediten que la entidad se encuentra al corriente de sus obligaciones tributarias y para con la Seguridad Social. f) Copia del contrato de compra venta de la nueva máquina firmada por ambas partes, factura y/o factura proforma, pedido aceptado por las partes y el justificante bancario de pago/s realizado/s de la/s máquina/s. g) Documentación informativa de la/s máquina/s nueva/s, se especificará que cumple con las características expuestas en el artículo 8, apartado 2, anterior. h) Certificado/s de la/s entidad/es con la/s que la empresa solicitante ha concertado los servicios de prevención ajenos autorizados, en el/los que conste/n la vigencia actual de los concierto/s y las especialidad/es concertada/s. i) Si procede, Certificado de Entidad Auditora autorizada, en el que conste que la empresa ha realizado la Auditoría Reglamentaria del sistema de prevención y que ésta se encuentra actualizada. j) Declaración «CE» de conformidad de la máquina, al menos en castellano. k) Copia del certificado de la entidad financiera que acredite la titularidad y número de la cuenta corriente a nombre del beneficiario.
Lugares de Presentación Lugares de Presentación
Electrónico
Aplicaciones:
Solicitud
Solicitud


Electrónico
Aplicaciones:


ESTADO CONVOCATORIA
Plazo de presentación:
30/06/2017 - 31/10/2017
Fecha límite de presentación:
El plazo de presentación de las Solicitudes de Ayuda será desde las 09:00 horas (hora peninsular española) del día siguiente a la publicación de la presente normativa en el Boletín Oficial del País Vasco hasta las 15:00 horas (hora peninsular española) del 31 de octubre de 2017, salvo agotamiento presupuestario.
Plazo de resolución:
Se establece un plazo máximo de resolución de tres meses desde la fecha de cierre de la convocatoria.
Efectos del silencio:
Desestimatorios
Recurso contra la resolución:
  • Modelo de recurso:  Recurso de Alzada
  • Órgano resolutor:    .
  • Plazo de interposición: 1 mes.
  • Plazo de resolución: 3 meses.
  • Falta de resolución: Efecto desestimatorio.
Recurso contra la desestimación por silencio:
  • Modelo de recurso:  Recurso de Alzada
  • Órgano resolutor:  .
  • Plazo de interposición: 3 meses.
  • Plazo de resolución: 3 meses.
  • Falta de resolución: Efecto estimatorio.