Departamento de Gobernanza, Administración Digital y Autogobierno

2015. Educación para la sostenibilidad. Subvenciones a Ayuntamientos, Mancomunidades, otras Entidades Locales, Organismos Autónomos Locales, Agencias de Desarrollo Local y Sociedades Mercantiles Locales que realicen acciones que promuevan el desarrollo sostenible.

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Descripción


Objeto

Serán subvencionables aquellas acciones que promuevan la coordinación entre la Agenda Local 21 y la Agenda 21 Escolar y que se realicen desde el 1 de julio de 2015 hasta el 15 de julio de 2016. Entre las acciones promovidas ha de constar como mínimo la organización de un foro interescolar y un foro municipal por curso escolar. En los mencionados foros se ha de presentar, entre otros contenidos, un informe de seguimiento de los compromisos adoptados en foros anteriores, así como la identificación de buenas prácticas trasladables a otras entidades locales.

Dotación presupuestaria

160.000 eur

Prestación económica

La subvención no podrá exceder del 50% del importe de los gastos subvencionables, ni 16.000 euros por cada entidad beneficiaria.

Los criterios de adjudicación y cuantificación de las subvenciones de la línea de educación para la sostenibilidad, serán los siguientes:

  • Se adjudicará una cantidad fija en base a los siguientes criterios:
    •  Mancomunidades, otras entidades locales, organismos autónomos locales, sociedades mercantiles locales que agrupen a 5 ayuntamientos o menos con centro escolar: 1.500 euros.
    • Mancomunidades, otras entidades locales, organismos autónomos locales, sociedades mercantiles locales que agrupen a más de 5 ayuntamientos con centro escolar: 2.000 euros.
    • Ayuntamientos que soliciten subvención individualmente: 500 euros.
  • Una vez adjudicadas las cantidades recogidas en el número anterior, la cantidad restante se distribuirá del siguiente modo:
    • El 80% de manera proporcional al nº de centros escolares participantes en Agenda 21 Escolar en el área de influencia de la entidad solicitante, en el momento de finalización del plazo de solicitud.
    • El 20% de manera proporcional al nº de alumnos y alumnas participantes en Agenda 21 Escolar en el área de influencia de la entidad solicitante, en el momento del plazo de solicitud.

      Los datos de centros y alumnos participantes en Agenda 21 Escolar, se verificarán de oficio.

 

Forma de pago:

El pago de la subvención se realizará de la siguiente forma:

  • El 50% del importe subvencionado, una vez aceptada la ayuda
  • El importe restante a la presentación de la documentación final del proyecto, antes de 15 de septiembre de 2016.

Información adicional

A quién va dirigido


Ayuntamientos de la CAPV

Requisitos:

  • Para acreditar pertenencia a red de ayuntamientos de la Comunidad autónoma del país vasco | Ser ayuntamiento de la comunidad autómona del país vasco

Mancomunidades

Requisitos:

  • Para acreditar el cumplimiento de las obligaciones tributarias | Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias

  • Para acreditar el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social | Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social

  • Para acreditar suficiente poder de representación | Tener suficiente poder de representación

Comarcas u otras entidades locales

Organismos Autónomos Locales

Agencias de Desarrollo Local

Entidades dedicadas fundamentalmente a las tareas de intermediación y de promoción y apoyo al desarrollo económico.

Requisitos:

  • Para acreditar el cumplimiento de las obligaciones tributarias | Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias

  • Para acreditar que la entidad está legalmente constituida o inscrita en el Registro correspondiente | Estar legalmente constituida

  • Para acreditar el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social | Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social

  • Para acreditar suficiente poder de representación | Tener suficiente poder de representación

Sociedad anónima

Requisitos:

  • Para acreditar el epígrafe del Impuesto de Actividades Económicas | Estar inscrito en el epígrafe de actividades económicas

  • Para acreditar que las entidades están legalmente constituidas o inscritas en el registro correspondiente | Estar legalmente constituida

  • Para acreditar el cumplimiento de las obligaciones tributarias | Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias

  • Para acreditar el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social | Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social

  • Para acreditar suficiente poder de representación | Tener suficiente poder de representación

Sociedad de responsabilidad limitada

Requisitos:

  • Para acreditar el epígrafe del Impuesto de Actividades Económicas | Estar inscrito en el epígrafe de actividades económicas

  • Para acreditar que las entidades están legalmente constituidas o inscritas en el registro correspondiente | Estar legalmente constituida

  • Para acreditar el cumplimiento de las obligaciones tributarias | Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias

  • Para acreditar el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social | Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social

  • Para acreditar suficiente poder de representación | Tener suficiente poder de representación

Requisitos

  • Declaración responsable | Cumplimentar la declaración responsable

  • Datos básicos de la subvención solicitada | Datos básicos de la subvención solicitada

  • Memoria y presupuesto de la actividad | Acreditar características del proyecto presentado

  • Comunicar si en los últimos ejercicios fiscales se han obtenido ayudas sujetas al régimen de minimis.

  • Acuerdo de aprobación de la actuación a subvencionar

Normativa


Organismos


Organismo que convoca

  • Medio Ambiente, Planificación Territorial y Vivienda / Viceconsejería de Medio Ambiente > Dirección de Patrimonio Natural y Cambio Climático

Organismo que resuelve

  • Medio Ambiente, Planificación Territorial y Vivienda > Viceconsejería de Medio Ambiente

Información de contacto


IHOBE line 900 15 08 64

Zuzenean: Servicio de atención a la ciudadanía

Código

1009603

Solicitud y aportación de documentación


Todas las solicitudes se acompañarán, con carácter obligatorio de la siguiente documentación en consonancia con las características de la entidad solicitante y de la actuación a desarrollar:
a) Declaración responsable debidamente cumplimentada. 

b) Formulario «Memoria y presupuesto» debidamente cumplimentado.

d) Certificado expedido por el Secretario o Secretaria de la entidad, en el que se haga constar el acuerdo de aprobación de la realización de la actuación para la que se solicita subvención.

Las Entidades Comarcales deberán acreditar que han sido designadas expresamente por los alcaldes y alcaldesas de los municipios participantes para la realización de la actuación para la que se solicita la subvención.



Con carácter voluntario, y en aras a obtener una mayor puntuación, las solicitudes se acompañarán de la siguiente documentación:

a) Proyecto, anteproyecto y/u oferta técnica que incluya el detalle de las actuaciones y un presupuesto desglosado por fases.

b) En su caso aprobación de Plan de Acción Local de Agenda Local 21 (PAL) y/o Informe de Evaluación y Seguimiento del PAL.

d) Las informaciones que se consideren necesarias para una correcta aplicación de cada uno de los criterios de valoración especificados.

  1. Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida en formato digital.
  3. Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
    Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.

Resolución y recursos


Plazo de resolución

El Viceconsejero de Medio Ambiente dictará resolución, la cual se notificará a los interesados, en el plazo máximo de seis meses a contar desde el día siguiente a la publicación de la presente Orden, mediante la publicación de la misma en el Boletín Oficial del País Vasco.

Tipo de concesión de la ayuda

No concursal

Efectos del silencio

Desestimatorios

Dictada resolución

Justificación


Las entidades beneficiarias deberán ejecutar y justificar la subvención concedida con anterioridad al 15 de septiembre de 2016.

A tal fin, tendrán que presentar la siguiente documentación por medios electrónicos en https://euskadi.eus/misgestiones:

a) Memoria descriptiva de la realización de las actuaciones subvencionadas correspondiente a la línea de educación para la sostenibilidad disponible en la sede electrónica de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Euskadi, describiendo las características más destacadas de la misma y el grado de cumplimiento de los objetivos marcados. Esta memoria ha de incluir un cuadro en el que se recojan las propuestas realizadas por los centros a los ayuntamientos, los compromisos adoptados por los ayuntamientos y el seguimiento del cumplimiento de los compromisos adoptados en ediciones anteriores. Se ha de reflejar así mismo, por cada municipio, la información sobre claves de coordinación que se recoge en la memoria explicativa de la actuación de la línea de educación para la sostenibilidad.

b) Facturas correspondientes al proyecto subvencionado.

c) Certificación de ingresos y gastos, especificando, en su caso, la percepción de otras subvenciones, ayudas o ingresos para la misma finalidad. 

d) Copia de los materiales didácticos y divulgativos originados en el proyecto en formato digital, acompañada de un listado en el que se identifique cuáles de ellos son materiales o recursos didácticos potencialmente útiles para el resto de la comunidad educativa.




 

 

  1. Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida en formato digital.
  3. Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
    Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.

Otros trámites