RESUMEN
Título:
Ayudas para promover la innovación en Álava (Álava Innova). 2017
Objeto:
Apoyo a la realización de proyectos y/o acciones encaminadas a promover la innovación en Álava, para coadyuvar a la modernización económica, el aumento de la productividad y la mejora de la competitividad del tejido productivo alavés, mediante la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva.
Dotación presupuestaria:
1.373.000
Normativa de la convocatoria:
- Acuerdo 34/2017, del Consejo de Diputados de 31 de enero (BOTHA N 14/2017)
Acuerdo 34/2017, del Consejo de Diputados de 31 de enero, que aprueba la convocatoria de ayudas para promover la innovación en Álava (Álava Innova) para el ejercicio 2017
Normativa reguladora:
- DECRETO FORAL 17/2012, de 6 de marzo (BOTHA N 36/2012)
DECRETO FORAL 17/2012, del Consejo de Diputados de 6 de marzo, que aprueba las bases generales reguladoras de la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva de la Dirección de Promoción Económica.
ORGANISMOS
Entidad convocante:
Departamento de Fomento del Empleo, Comercio y Turismo y de Administración Foral
Órgano convocante:
Departamento de Fomento del Empleo, Comercio y Turismo y de Administración Foral
Entidad resolutora:
Diputación Foral Araba
Contacto presencial:
Plaza de la Provincia s/n 01001 Vitoria-Gasteiz.
Contacto telefónico:
Teléfono 945 181818. Fax: 945 181754.
TRAMITACIONES
Lugares de Presentación:
Plaza de la Provincia s/n 01001 Vitoria-Gasteiz.
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Plaza de la Provincia s/n 01001 Vitoria-Gasteiz.
Ayudas para promover la innovación en Álava (Álava Innova). 2017
Lugares de Presentación
Lugares de Presentación
Apoyo a la realización de proyectos y/o acciones encaminadas a promover la innovación en Álava, para coadyuvar a la modernización económica, el aumento de la productividad y la mejora de la competitividad del tejido productivo alavés, mediante la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva.
DIRIGIDO A
Colectivo beneficiario:
a) Aquellas pequeñas y medianas empresas (PYMEs), cualquiera que sea su configuración
jurídica, con domicilio social y fiscal en el Territorio Histórico de Álava o que al menos tengan
ubicado en el Territorio Histórico de Álava un centro de actividad y que a la fecha de presentación
de la solicitud hayan transcurrido, al menos, dos años desde su constitución o inicio
de la actividad. Si anteriormente desarrollaban la misma actividad bajo otra denominación u
otra forma jurídica se considerará su constitución inicial para el cómputo de su antigüedad.
b) Autónomos/as con domicilio fiscal en el Territorio Histórico de Álava y que a la fecha de
presentación de la solicitud hayan transcurrido, al menos, dos años desde su alta en el IAE
correspondiente a la actividad para la que solicitan la ayuda.
c) Centros tecnológicos y/o de investigación con centro de actividad en Álava, centros universitarios
con unidad docente en Álava, fundaciones y asociaciones de empresas y unidades
de I+D empresariales con domicilio social y fiscal en el Territorio Histórico de Álava.
- Estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con Hacienda y con la Seguridad Social, salvo que se encuentren eximidos de su acreditación de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Foral 58/2004, lo cual deberán acreditar mediante la aportación de los certificados justificativos de tales extremos expedidos por los organismos competentes. No obstante, y en el caso de que las posibilidades técnicas y autorizaciones así lo permitan, quedará a cargo de la Dirección de Promoción Económica la petición de dichos certificados a la Hacienda Foral y a la Seguridad Social. La presentación de la solicitud de las ayudas conllevará la autorización al órgano gestor para recabar los citados certificados, tantas veces como fuera necesario. - En caso de tratarse de personas jurídicas, éstas deberán estar legalmente constituidas, requiriéndosele además que la realización de la actividad a subvencionar tenga relación directa con el objeto o fines sociales de las mismas. 5.1. Las nuevas contrataciones subvencionadas al amparo de este programa de ayudas deberán cumplir los siguientes requisitos: - ser de personal investigador y/o técnico y/o creativo, con la formación académica acorde a esas categorías y para el desarrollo de trabajos y cometidos ligados directamente al proyecto de innovación subvencionado. - que la persona a contratar no tenga relación de consanguinidad o afinidad de primer o segundo grado con el equipo directivo de la empresa o entidad. - deberán ajustarse a las condiciones laborales establecidas en el convenio de aplicación de la empresa - tener una duración no inferior a seis meses a jornada completa, bajo las formas contractuales que considere oportunas la empresa o entidad beneficiaria, de acuerdo con la legislación laboral. - no podrán afectar en una reducción de plantilla en los departamentos que desarrollen el proyecto de innovación, salvo razones fundadas y justificadas, de acuerdo con la legislación laboral. 5.2. Las nuevas contrataciones objeto de subvención deberán realizarse a partir de la presentación de la solicitud, de acuerdo con lo establecido en el artículo 5.3, y con anterioridad al 1 de octubre de 2013 inclusive. 5.3. Procedimiento de gestión de las contrataciones a efectos de ser consideradas como subvencionables: 5.3.1. Las empresas y resto de entidades deberán presentar en la solicitud de subvención su compromiso de contratación de personal vinculado al proyecto de innovación.
PRESTACIÓN
Dotación:
1.373.000
Límite:
Las ayudas contempladas en la presente convocatoria se materializarán a través de
subvenciones, con el siguiente desglose y porcentajes:
a) Las PYMEs: 30 por ciento del gasto subvencionable.
b) El resto de entidades beneficiarias: 50 por ciento del gasto subvencionable.
Se establece como límite máximo de subvención para gastos externos 30.000,00 euros
por entidad beneficiaria y año. Si la entidad beneficiaria obtiene una calificación de 80 puntos o
superior en la valoración de las actuaciones presentadas, este límite se amplía hasta 40.000,00
euros.
En el caso de gastos internos de nuevas contrataciones, el límite anual será de hasta
6.000,00 euros si se contrata a hombres y de hasta 10.000,00 euros si se contrata a mujeres.
Cuando concurran contrataciones de hombres y mujeres, estos límites se calcularán proporcionalmente
al coste salarial incurrido en la contratación de hombres y mujeres.
Para que las actuaciones puedan ser subvencionables se establece como importe de
subvención mínimo a aprobar la cantidad de 1.500,00 euros, salvo para los autónomos que
será de 1.000,00 euros.
TRAMITES
De Solicitud y Aportación de Documentación
El trámite de "Solicitud y aportación de documentación", es el que inicia el procedimiento, para ello la persona interesada debe de presentar el formulario de solicitud correctamente cumplimentado dentro del plazo indicado de presentación de solicitudes
Trámite Solicitud
Trámite Solicitud:
Trámite Solicitud
Presencial
Documentación:
- Las solicitudes para acogerse a estas Ayudas deberán contener los modelos de solicitud disponibles en el Servicio de Promoción Económica y Empleo –Plaza de la Provincia 5, 1ª Planta, 01001 Vitoria-Gasteiz, así como en la web institucional de la Diputación Foral de Álava debidamente cumplimentados en su totalidad, y estarán acompañadas, en todo caso, de la siguiente documentación: • Relativa a la empresa o entidad solicitante: - Fotocopia del NIF. - Memoria breve de la empresa o entidad. - Documentación acreditativa de exención de IVA (sólo en el caso de que la entidad esté exenta). • Relativa a cada uno de los proyectos presentados: - Fotocopia de la oferta del profesional externo que vaya a realizar o haya realizado el trabajo (facturas proforma o definitivas, presupuesto externo o contrato firmado). - Fotocopias de las 3 ofertas solicitadas, en el caso de que el presupuesto de la actuación a subvencionar iguale o supere los 18.000,00 euros, junto con la justificación de la elección si la oferta elegida no es la más ventajosa económicamente. Si a lo largo de la ejecución del proyecto hubiera acciones subvencionadas cuyo gasto real igualara o superara el límite de 18.000 euros, aunque inicialmente al aprobarse el mismo fuera inferior a ese importe, será también obligatoria la presentación de triple oferta. - En el caso de que el trabajo se haya desarrollado con personal interno de la empresa o entidad, se deberá incluir la descripción de los trabajos, relación del personal adscrito, con indicación de titulación y dedicación, así como la imputación de los costes al proyecto. - Planteamiento de contratación de nuevo personal laboral ligado al proyecto presentado y características y condiciones del personal a contratar.
ESTADO CONVOCATORIA
Plazo de presentación:
04/02/2017
-
31/03/2017
Efectos del silencio:
Desestimatorios
Recurso contra la resolución:
- Modelo de recurso: Recurso de Alzada
- Órgano resolutor: .
- Plazo de interposición: 1 mes.
- Plazo de resolución: 3 meses.
- Falta de resolución: Efecto desestimatorio.
Recurso contra la desestimación por silencio:
- Modelo de recurso: Recurso de Alzada
- Órgano resolutor: .
- Plazo de interposición: 3 meses.
- Plazo de resolución: 3 meses.
- Falta de resolución: Efecto estimatorio.
Trámites de solicitud