Normativa

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CORRECCIÓN DE ERRORES de la Resolución de 5 de septiembre de 2023, del Director de Pesca y Acuicultura, por la que se somete a trámite de información pública el proyecto de decreto por el que se regula la pesca profesional de la angula en la Comunidad Autónoma del País Vasco y se crea el Registro de Personas Pescadoras Profesionales de la Angula.

Identificación

  • Ámbito territorial: Autonómico
  • Rango normativo: Resolución
  • Órgano emisor: Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente
  • Estado vigencia: Vigente

Boletín oficial

  • Boletín oficial: BOPV (País Vasco)
  • Nº boletín: 179
  • Nº orden: 4325
  • Nº disposición: ---
  • Fecha de disposición: 05/09/2023
  • Fecha de publicación: 19/09/2023

Ámbito temático

  • Materia: Medio natural y vivienda; Organización administrativa
  • Submateria: Urbanismo y vivienda; Gobierno y Administración Pública; Agricultura y pesca

Texto legal

El artículo 18.2.b) del Decreto 217/2008, de 23 de diciembre, del Boletín Oficial del País Vasco, establece que los meros errores u omisiones en el texto remitido para su publicación que se infieran claramente del contexto y no constituyan modificación o alteración del sentido de los documentos, pero cuya rectificación se juzgue conveniente para evitar posibles confusiones, se corregirán por la Dirección de la Secretaría del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento, a instancia del órgano que haya ordenado la publicación del texto.

Advertidos errores de dicha índole en la Resolución de 5 de septiembre de 2023, del Director de Pesca y Acuicultura, por la que se somete a trámite de información pública el proyecto de decreto por el que se regula la pesca profesional de la angula en la Comunidad Autónoma del País Vasco y se crea el Registro de Personas Pescadoras Profesionales de la Angula; publicada en el Boletín Oficial del País Vasco n.º 173, de 11 de septiembre de 2023, se procede a su corrección:

En el Resuelvo 2,

donde dice:

  1. Durante este plazo, cualquier persona física o jurídica, pública o privada, podrá consultar el proyecto de decreto en la Dirección de Desarrollo Rural y Litoral y Políticas Europeas del Departamento de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente sita en Vitoria-Gasteiz, c/ Donostia-San Sebastián n.º 1 (CP: 01010), o en la sede electrónica del Gobierno Vasco (www. euskadi.eus), así como formular, en las referidas sedes, las alegaciones que estime oportunas.

debe decir:

  1. Durante este plazo, cualquier persona física o jurídica, pública o privada, podrá consultar el proyecto de decreto en la Dirección de Pesca y Acuicultura del Departamento de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente sita en Vitoria-Gasteiz, c/ Donostia-San Sebastián n.º 1 (CP: 01010), o en la sede electrónica del Gobierno Vasco (www. euskadi.eus), así como formular, en las referidas sedes, las alegaciones que estime oportunas.

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