[22] - Ley vasca de Patrimonio Cultural

Estado:
Proyecto de ley enviado al parlamento
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Legislatura

XI Legislatura

Objetivos y Sectores

Abordar de una manera más integral y completa la protección del patrimonio cultural vasco, distinguiéndose como ámbitos de actuación el patrimonio inmueble, mueble e inmaterial, y diferenciándose un total de trece categorías diferentes: seis para el patrimonio cultural inmueble (Conjunto Monumental, Zona arqueológica y paleontológica, Sitio Histórico, Paisaje Cultural y Jardín Histórico, e Itinerario cultural), dos para el patrimonio cultural mueble (Bien mueble individual y Conjunto de bienes muebles) y cinco para el patrimonio cultural inmaterial (Tradiciones y expresiones orales de la cultura; artes del espectáculo; usos sociales, rituales, actos festivos deportes; conocimientos y técnicas artesanales; y Formas de alimentación y sistemas culinarios).

Otros Objetivos:
  • Ordenar un modelo más amplio de niveles de protección, que permita modular mejor el equilibrio que debe existir entre los valores culturales a preservar del bien y una adecuada puesta en valor del mismo que garantice su viabilidad futura.
  • Desarrollar de una manera más clara los criterios que deben guiar las actuaciones relacionadas con la conservación, recuperación y puesta en valor de los bienes culturales.
  • Regular medidas de fomento que ayuden a las personas físicas o jurídicas titulares de los bienes culturales a cumplir con las obligaciones derivadas del cumplimiento de esta ley.
  • La creación de órganos de gobernanza más eficaces a la hora de abordar la coordinación interinstitucional y la participación de los agentes sociales.
Sectores sociales implicados:
  • Titulares de los bienes culturales: Pueden ser personas físicas y jurídicas, públicas y privadas.
  • Diputaciones Forales: Tienen competencias en materia de conservación de los bienes culturales y son las encargadas de hacer cumplir la normativa de protección regulada por el Gobierno Vasco.
  • Ayuntamientos: Protegen a través del ordenamiento urbanístico el patrimonio cultural, fundamentalmente el patrimonio cultural edificado.
  • Administraciones públicas con competencias en materia de ordenación territorial y medio ambiente. Tienen competencias a la hora de desarrollar normas e instrumentos de actuaciones que inciden en la preservación de bienes culturales.
  • Profesionales e investigadores: Estos últimos cada vez más integrados en el ámbito universitario, siendo el colectivo con un conocimiento experto en las distintas disciplinas del conocimiento relacionado con la gestión del patrimonio cultural.
  • Asociaciones culturales y ciudadanía en general: Constituye un colectivo del que forman parte personas interesadas en la defensa del patrimonio cultural como bien de interés público.

Fecha estimada de remisión a Consejo de Gobierno para la aprobación del Proyecto de ley

Primer cuatrimestre de 2019

Fases Pendientes

Fase Fecha de inicio Fecha de fin Estado
Orden del Consejero/a para la iniciación del procedimiento No iniciado
Aprobación del Consejero/a del texto redactado No iniciado
Trámite de negociación, audencia o consulta No iniciado

Fases Completadas

Fase Fecha de inicio Fecha de fin Estado
Informes y dictámenes preceptivos Completado
Memoria sucinta del procedimiento seguido Completado
Aprobación en Consejo de Gobierno Completado
Envío al Parlamento Completado

Situación de la tramitación parlamentaria

Fecha de última modificación: