Normativa

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ORDEN de 2 de septiembre de 2024, de la Consejera de Educación, por la que se autoriza el cambio de titularidad del Centro Privado de Educación Infantil, Primaria y Secundaria «Maristak Zalla» de Zalla (Bizkaia).

Identificación

  • Ámbito territorial: Autonómico
  • Rango normativo: Orden
  • Órgano emisor: Educación
  • Estado vigencia: Vigente

Boletín oficial

  • Boletín oficial: BOPV (País Vasco)
  • Nº boletín: 182
  • Nº orden: 4306
  • Nº disposición: 1884
  • Fecha de disposición: 02/09/2024
  • Fecha de publicación: 18/09/2024

Texto legal

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Examinado el expediente incoado a instancias de la entidad «Casa Maristas-San Miguel» actuando en representación de la entidad «Hermanos Maristas», titular del Centro Privado de Educación Infantil, Primaria y Secundaria «Maristak Zalla» de Zalla (Bizkaia), de autorización para el cambio de titularidad de dicho centro.

Resultando que el citado expediente ha sido tramitado de conformidad con el procedimiento establecido, que se ha unido al mismo la documentación exigida por la normativa vigente y que ha sido informado por los organismos competentes en la materia.

Vistos la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del derecho a la Educación, el Real Decreto 332/1992, de 3 de abril, sobre autorizaciones de centros docentes privados para impartir enseñanzas de régimen general no universitarias, modificado por el Real Decreto 131/2010, de 12 de febrero, y demás legislación vigente aplicable en la materia,

Códigos del centro: 014828 (CAPV) y 48008151 (universal).

Denominación genérica: Centro Privado de Educación Infantil, Primaria y Secundaria.

Denominación específica: «Maristak Zalla».

Titular: «Maristak Euskadi Fundazioa».

Domicilio: Lehendakari Agirre, 12-14.

Municipio: Zalla.

Territorio Histórico: Bizkaia.

Enseñanzas autorizadas:

Educación Infantil 1er ciclo: 7 unidades con la siguiente capacidad:

1 unidad para niños y niñas de 0-1 años, con capacidad para 8 puestos escolares.

3 unidades para niños y niñas de 1-2 años con capacidad, cada una de ellas, para 13 puestos escolares.

3 unidades para niños y niñas de 2-3 años con capacidad, cada una de ellas, para 18 puestos escolares.

Educación Infantil 2.º ciclo: 6 unidades con capacidad para 150 puestos escolares.

Educación Primaria: 12 unidades con capacidad para 300 puestos escolares.

Educación Secundaria Obligatoria: 8 unidades con capacidad para 240 puestos escolares.

Formación Profesional:

Familia: Administración y gestión.

Ciclo formativo de grado básico de Servicios administrativos. Capacidad: 1 ciclo.

Familia: Agraria.

Ciclo formativo de grado básico de Agro-jardinería y composiciones florales. Capacidad: 1 ciclo.

Familia: Electricidad y electrónica.

Ciclo formativo de grado básico de Electricidad y electrónica. Capacidad: 1 ciclo.

Familia: Fabricación mecánica.

Ciclo formativo de grado básico de Fabricación de elementos metálicos. Capacidad: 1 ciclo.

Ciclo formativo de grado medio de Soldadura y calderería. Capacidad: 1 ciclo.

Familia: Instalación y mantenimiento.

Ciclo formativo de grado medio de Instalaciones frigoríficas y de climatización. Capacidad: 1 ciclo.

Ciclo formativo de grado medio de Instalaciones de producción de calor. Capacidad: 1 ciclo.

Familia: Energía y agua.

Ciclo formativo de grado superior de Eficiencia energética y energía solar térmica. Capacidad: 1 ciclo.

Educación especial: 3 aulas abiertas.

El otorgamiento de la autorización contenida en la presente Orden no implica, en modo alguno, la obtención de ayudas a través del régimen de conciertos educativos o de convocatorias de subvenciones.

Contra la presente Orden podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante la Consejera de Educación, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco, o recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

En Vitoria-Gasteiz, a 2 de septiembre de 2024.

La Consejera de Educación,

MARÍA BEGOÑA PEDROSA LOBATO.

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