Para conocer las calificaciones, los examinandos deben iniciar sesión en la página web de HABE con su usuario y contraseña. Posteriormente, acceder al apartado "Exámenes: matrícula y resultados" y, a continuación, a "Conocer el resultado del examen".
Asimismo, la Comisión de Exámenes ha acordado el siguiente plazo para la presentación de reclamaciones o solicitudes de revisión: del 10 al 12 de junio, ambos inclusive.
- Acuerdo de la Comisión de Exámenes (convocatoria alumnado de euskaltegis)
- Acuerdo de la Comisión de Exámenes (convocatoria abierta)
Reclamaciones y solicitudes de revisión del examen
Sin perjuicio de lo previsto en el párrafo 4º del artículo 16 de la Ley 39/2015, estas son las principales vías para presentar reclamaciones y solicitudes de revisión dirigidas a HABE:
- Vía electrónica:
- Registro Electrónico General de la CAE (Es necesario un medio de identificación electrónica)
- Para dirigirla a HABE:
- En la opción "Dirigido al órgano instructor", hay que escoger "Organismo: Organismos Autónomos", y posteriormente, "Organismos Autónomos: HABE"
- Vía presencial:
- Vía postal:
- Los escritos se enviarán por correo certificado al Registro General de HABE:
C/Vitoria-Gasteiz 3, 6º
20018 San Sebastián
- Los escritos se enviarán por correo certificado al Registro General de HABE:
Las reclamaciones y solicitudes de revisión dirigidas a HABE se tramitarán siempre y cuando se haga constar en las mismas los siguientes datos y se adjunten los siguientes documentos:
- Nombre y apellidos y dirección a efectos de notificación
- Número del documento de identidad
- Solicitud o reclamación que se presenta
- Documentos o pruebas que sostengan lo expuesto o muestren el error citado (en el caso de las reclamaciones) o argumentos que motiven la discrepancia con la calificación (en el caso de las solicitudes de revisión)
- Territorio, lugar, fecha y nivel de acreditación
- Firma
Nota importante: Las solicitudes dirigidas a HABE deben estar motivadas. La mera discrepancia no constituirá base suficiente para solicitar la revisión de la calificación obtenida, por lo que las solicitudes de revisión de la calificación que no estén debidamente motivadas quedarán desestimadas.