El Gobierno Vasco abre el plazo de seis meses para solicitar las ayudas que garanticen la adherencia a los tratamientos médicos frente al copago farmacéutico

14 de junio de 2020

El Departamento de Salud recomienda tramitar las solicitudes de forma telemática y, si se opta por el modo presencial, se deberá pedir “cita previa” en los centros de salud, de forma que se eviten las colas y aglomeraciones de personas en los mismos

El plazo es del 15 de junio al 10 de diciembre y el abono no se hace en función del orden de presentación

 

A partir del próximo lunes, 15 de junio, y hasta el 10 de diciembre, podrán presentarse las solicitudes de ayudas que el Gobierno Vasco ofrece para asegurar la adherencia a los tratamientos médicos frente al copago farmacéutico impuesto por el Gobierno español, y garantizar que ninguna persona deje de tomar la medicación prescrita por motivos económicos.

Estas ayudas se enmarcan en la oposición mostrada en todo momento por el Gobierno Vasco al copago farmacéutico, un rechazo firme que propició que Euskadi fuera la primera comunidad del Estado que implementó medidas de compensación destinadas a personas con rentas bajas y grupos desfavorecidos (pensionistas, personas desempleadas, personas inmigrantes en situación irregular…), para garantizar que ninguna persona deje de tomar la medicación prescrita por motivos económicos.

Desde el inicio de estas ayudas, concedidas por séptimo año consecutivo, han sido más de 608.000 las solicitudes tramitadas por el Gobierno Vasco, por un importe superior a los 32,9 millones de euros, a los que hay que añadir los 6.038.131 consignados en los presupuestos de 2020 (ampliables en caso de necesidad). El pasado año 2019, el Gobierno Vasco destinó un total de 5.161.121 euros a las personas beneficiarias de las ayudas correspondientes al segundo plazo de la convocatoria de 2018 y al primer plazo de la convocatoria de 2019.

La convocatoria anunciada hoy es la correspondiente a los gastos farmacéuticos realizados entre el 1 de diciembre de 2019 y el 30 de noviembre de 2020.

Aunque la publicación de esta convocatoria estaba prevista para marzo, como en años precedentes, el Departamento de Salud decidió aplazarla por la pandemia de la COVID-19, para evitar acrecentar el riesgo a las personas solicitantes, en su mayoría pensionistas de edad avanzada que realizan el trámite en los centros de salud de Osakidetza. A pesar de la mejora de la situación epidemiológica, el Departamento de Salud recomienda la tramitación a través de internet y, en caso de optar por el modo presencial, se deberá solicitar cita previa en el centro de salud correspondiente y así evitar concentrar la afluencia en los primeros días, ya que el plazo es de casi seis meses y el abono de las ayudas no se hace en función del orden de presentación.

Para facilitar la recogida de los impresos de solicitud por parte de las personas beneficiarias, en esta dirección de la web del Gobierno Vasco (https://www.euskadi.eus/informacion/ayudas-adherencia-a-los-tratamientos-medicos-2020/web01-a2inform/es/) podrán descargar e imprimir las solicitudes desde los domicilios y una vez rellenadas se deberán entregar en los centros de salud el día en el que hayan sido citados al efecto. En caso de no disponer de medios para imprimir la solicitud desde casa, se podrán recoger en los centros de salud uno o dos días antes de la cita para entregarlos.

Serán beneficiarios de estas ayudas las personas pensionistas de la Seguridad Social y sus beneficiarios, que cuenten con unos ingresos en rentas anuales inferiores a 18.000 euros y sean titulares de la Tarjeta Individual Sanitaria expedida por el Departamento de Salud del Gobierno Vasco; las personas en situación legal de desempleo y sus beneficiarios, con ingresos en rentas anuales inferiores a 18.000 euros y sean titulares de la Tarjeta Individual Sanitaria expedida por el Departamento de Salud del Gobierno Vasco; las personas que perciban la renta de garantía de ingresos en su modalidad de renta complementaria de ingresos de trabajo y sean titulares de la Tarjeta Individual Sanitaria expedida por el Departamento de Salud del Gobierno Vasco; y las personas extranjeras no registradas ni autorizadas como residentes en el Estado español que ostenten el correspondiente documento acreditativo de reconocimiento de ese derecho expedido por la Comunidad Autónoma de Euskadi.

Existen dos modalidades de solicitud: la simplificada, dirigida principalmente a personas con tarjeta TIS que hayan realizado gastos farmacéuticos en farmacias de Euskadi, y la ordinaria, dirigida a personas con tarjeta TIS que hayan realizado gastos farmacéuticos en farmacias de fuera de Euskadi, así como a mutualistas de MUFACE, MUGEJU e ISFAS.

 

Vitoria-Gasteiz, 14 de junio de 2020