Ayudas a la financiación de nuevos proyectos de emprendizaje

Convocatoria de ayudas dirigidas a la financiación de nuevos proyectos de emprendizaje, como medida para impulsar la generación de actividad económica y de empleo.
El objeto de la presente convocatoria es la concesión de microcréditos a emprendedores, con el fin de impulsar y apoyar la creación de pequeñas y medianas empresas a través de la mejora de acceso a las condiciones de financiación.
Esta iniciativa, permite acceder a créditos de hasta 50.000 euros, parte de cuyos intereses financia el propio Gobierno Vasco, y sin necesidad de avales.
Colectivo beneficiario
Personas promotoras que, para realizar inversiones encaminadas a la creación y desarrollo de una nueva empresa o actividad económica, suscriban un acuerdo de financiación con alguna de las entidades financieras que hayan firmado el convenio de colaboración con Lanbide-Servicio Vasco de Empleo para la ejecución de las ayudas previstas en la presente convocatoria.
Requisitos
- Estar empadronado/a y tener residencia efectiva en la CAPV.
- Estar desempleadas e inscritas como demandantes de empleo en Lanbide - Servicio Vasco de Empleo.
- Contar con un proyecto de empresa o negocio que disponga de informe de viabilidad.
- No haber estado de alta en el IAE en el mismo epígrafe en que se dará de alta la nueva actividad, en los dos años anteriores a la fecha de solicitud de la subvención.
- Comprometerse a la creación de su propia empresa o negocio con dedicación exclusiva a la nueva actividad.
- Comprometerse al mantenimiento de la actividad empresarial objeto de la subvención durante un periodo mínimo de 2 años desde la fecha de alta en el IAE.
Requisitos a cumplir después de la resolución
- Establecer el domicilio fiscal y social de la empresa en la CAPV.
- Darse de alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas en el plazo de 1 mes desde la notificación de la resolución de la concesión de la ayuda. La fecha de alta en el mismo se considerará como fecha de inicio de la actividad.
- Darse de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, en el régimen especial por cuenta propia que corresponda o Mutualidad del colegio profesional, en el plazo de 1 mes desde la notificación de la resolución de la concesión de la ayuda.
Activos a financiar
El préstamo y/o arrendamiento financiero objeto de subvención deberá ir destinado a financiar la inversión inicial para la adquisición de los activos necesarios para la puesta en marcha de la nueva empresa o actividad económica. Así mismo, se permite la inversión en activo circulante, siempre que el porcentaje de inversión en activo circulante sobre el total de inversión sea, en todo caso, igual o inferior al 25%.
Los activos deben estar comprendidos en alguna de las siguientes categorías:
- Terrenos y bienes naturales.
- Construcciones.
- Instalaciones técnicas.
- Maquinaria.
- Utillaje.
- Otras instalaciones.
- Mobiliario.
- Equipos para procesos de información.
- Elementos de transporte, en el caso que la actividad principal sea el transporte de personas y/o mercancías.
- Otro inmovilizado material.
Características de los préstamos y arrendamientos financieros
- Importe máximo del préstamo: 50.000 euros por persona promotora, no pudiendo sobrepasar dicho importe, en ningún caso, el 95% de la inversión del proyecto.
- Plazo: como máximo 5 años. En el caso de préstamos, se incluye en dicho plazo el período de carencia inicial durante los primeros 6 meses de vida del préstamo.
- Vencimientos: como mínimo de carácter mensual.
- El tipo de interés máximo aplicable: 7% TAE, incluyendo todo tipo de comisiones y gastos.
Cuantía de la subvención
La cuantía de la subvención a conceder será el importe equivalente al diferencial de intereses entre aquél al que se haya acordado la operación financiera aprobada al amparo del convenio firmado con las entidades financieras, y el tipo del 4%, importe que será actualizado, utilizando como tasa de actualización, la publicada en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas.
El importe de la subvención se aplicará a amortizar el capital inicial del préstamo o arrendamiento financiero.