Gastrokop 2021 - Ayudas mínimis a la cooperación e innovación gastronómica

[Gastrokop]

Descripción


Objeto

Potenciar la participación y cooperación del sector de la gastronomía en proyectos de carácter innovador.

Se trata de ayudas a proyectos de innovación en cooperación en el ámbito de la gastronomía, que tienen por finalidad fomentar las formas de cooperación entre al menos, dos entidades.

Estarán sometidas al régimen del Reglamento (UE) nº 1407/2013 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de mínimis. En este régimen el importe máximo de las ayudas a conceder por un Estado miembro a una única empresa no excederá de 200.000 euros durante cualquier período de tres ejercicios fiscales.

Se destinarán exclusivamente a cubrir los costes de cooperación y los costes directos relativos al proyecto innovador y tendrán la consideración de subvenciones no reintegrables. El periodo de ejecución de los proyectos será anual o plurianual, dependiendo del período de ejecución de los proyectos presentados.

Dotación presupuestaria

2.500.000 €

Prestación económica

Para esta convocatoria se destina, para las ayudas previstas en la presente Orden, la cantidad de 2.500.000 euros, que serán financiadas exclusivamente con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi.

De esta cantidad 2.050.000 euros corresponden a concepto de gasto para 2021 y 450.000 euros a crédito de compromiso para 2022.

El volumen total de las ayudas a conceder no superará los citados recursos o la cuantía que resulte de su actualización en el caso de que se aprueben modificaciones presupuestarias de conformidad con la legislación vigente. En el supuesto de que se produzca dicho incremento, que habrá de tener lugar con carácter previo a la resolución de la convocatoria, se dará publicidad de tal circunstancia mediante resolución del Viceconsejero de Agricultura, Pesca y Política Alimentaria que se publicará en el BOPV.

A quién va dirigido


Personas físicas o jurídicas cuya actividad empresarial, total o parcial, sea la hostelería, y con domicilio fiscal y social, así como centro de trabajo, en la Comunidad Autónoma de Euskadi.

Organismos


Organismo que convoca

  • Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente / Viceconsejería de Agricultura, Pesca y Política Alimentaria > Dirección de Calidad e Industrias Alimentarias

Organismo que resuelve

  • Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente / Viceconsejería de Agricultura, Pesca y Política Alimentaria > Dirección de Calidad e Industrias Alimentarias

Información de contacto


Xabier Andres Uriarte

Tfno: 945 01 87 50

E-mail: x-andres@euskadi.eus

Zuzenean: Servicio de atención a la ciudadanía

Código

1114001

Solicitud y aportación de documentación


Acceda a la aplicación de tramitación electrónica mediante el siguiente botón.

Observaciones:

  • No es necesario cumplimentar, firmar y enviar el formulario en una única sesión, sino que, si lo desea, puede guardarlo en el sistema informático de la Administración y continuar el proceso en sesiones sucesivas.
  • La Administración conservará los datos cumplimentados durante el plazo de un mes. En todo caso, la presentación de la solicitud se deberá efectuar dentro de los plazos establecidos en la normativa.

Resolución y recursos


Plazo de resolución

La resolución se dictará y notificará en el plazo máximo de seis meses desde que surta efectos la orden de convocatoria anual.

Efectos del silencio

Desestimatorios

Alta o modificación de datos del tercero en el "Registro de Terceros"


Para que la Administración pueda realizar el pago de las ayudas y subvenciones, usted deberá constar en la base de datos de la Oficina de Control Económico del Departamento de Hacienda y Economía del Gobierno Vasco.

Otros trámites