Subvenciones para actividades de intervención social con personas, familias, grupos y comunidades. CONVOCATORIA 2020

[giz_2020]

Descripción


Objeto

En esta línea subvencional podrán recibir financiación actividades de intervención social con personas, familias, grupos y comunidades, es decir, actividades orientadas a la promoción y protección de la autonomía personal e integración comunitaria de las personas, y preferentemente aquellas que supongan experimentación o innovación.

Dotación presupuestaria

3.743.480 euros

Prestación económica

A la financiación de las actividades dentro de esta línea de subvenciones en 2019 se destinará un máximo total de 3.743.480 €.

El Departamento de Empleo y Políticas Sociales podrá financiar hasta un 80% de presupuesto aprobado de la actividad. Ninguna ayuda, individualmente considerada, podr superar en esta línea subvencional los 210.000 euros.

No se podrá destinar más del 10% del importe de la ayuda concedida a sufragar los costes indirectos de la actividad subvencionada.

No se podrá destinar más del 5% del importe de la ayuda concedida a sufragar los gastos de viajes y dietas derivados del desarrollo de la actividad.

Forma de pago:

El pago será fraccionado, abonándose el 70% de la ayuda concedida en el momento de la concesión, y el 30% restante previa presentación de los documentos justificativos del gasto realizado.

A quién va dirigido


Entidades sin ánimo de lucro

Requisitos:

  • Estar legalmente constituida

  • Tener su sede social o delegación en la Comunidad Autónoma del País Vasco

  • Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias

  • Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social.

  • Carecer de ánimo de lucro

Normativa


Organismos


Organismo que convoca

  • Empleo y Políticas Sociales / Viceconsejería de Políticas Sociales > Dirección de Servicios Sociales

Organismo que resuelve

  • Empleo y Políticas Sociales / Viceconsejería de Políticas Sociales > Dirección de Servicios Sociales

Información de contacto


Zuzenean: Servicio de atención a la ciudadanía

Código

0083110

Solicitud y aportación de documentación


Junto al formulario de solicitud debe de aportar la siguiente documentación:

a) Balance de gastos e ingresos de la entidad en 2019.

b) En el supuesto de que la entidad solicitante no estuviera inscrita en el sistema de Seguridad Social, Declaración responsable de que la entidad se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con la Seguridad Social o con los sistemas alternativos de la Seguridad Social.

c) En caso de que la entidad no esté registrada o quiera modificar los datos bancarios existentes en el Registro de terceros del Departamento de Hacienda y Finanzas: formulario según modelo establecido en http://www.euskadi.eus/gobierno-vasco/-/alta-modificacion-datos-terceros/

 

 

Resolución y recursos


Plazo de resolución

Cinco meses contados a partir de la publicación de la Orden.

Tipo de concesión de la ayuda

Concursal

Efectos del silencio

Desestimatorios

Justificación


Las entidades beneficiarias deben justificar el cumplimiento de los requisitos y condiciones, así como la ejecución de la actividad que determine la concesión de la subvención, antes
del 28 de febrero de 2021.

Las entidades beneficiarias deberán presentar el Anexo II-A (Memoria de la actividad) y el Anexo II-B de esta Orden (Memoria económica de la actividad), convenientemente cumplimentados.

Otros trámites