¿Cuáles son los actos inscribibles en el Registro de Asociaciones del País Vasco?
a) La constitución de la asociación.
b) La modificación de estatutos.
c) Las variaciones en los cargos del Presidente o Presidenta, del Secretario o Secretaria, del Tesorero o Tesorera si la persona que ostenta la Secretaría no ha asumido estas funciones, y en su caso, de los demás miembros del órgano de gobierno colegiado.
d) La fusión y transformación de asociaciones.
e) La disolución de la asociación.
f) La baja registral por traslado a otro registro o por otras causas.
g) El reconocimiento de utilidad pública y su revocación.
h) La incorporación, baja o separación de la asociación respecto de Federaciones, Confederaciones o Uniones de asociaciones.
i) La interposición de demandas judiciales formuladas sobre contiendas de orden interno.
j) Las resoluciones judiciales que afecten a actos susceptibles de inscripción registral.
k) Las delegaciones en el País Vasco de asociaciones inscritas en otros Registros.
l) La apertura y cierre de delegaciones u otros establecimientos de la asociación.
m) En general, los actos que modifiquen el contenido de los asientos practicados o cuya inscripción prevean las leyes.