¿Cómo se constituye un Colegio Profesional?
La creación de un nuevo Colegio Profesional precisará de ley del Parlamento Vasco a petición suficientemente representativa y debidamente acreditada de los profesionales interesados.
También exigirá ley del Parlamento Vasco la segregación de un Colegio de otro u otros para cuyo ingreso se exija titulación diferente a la del Colegio de origen.
Cuando la creación de un Colegio Profesional se produzca por la disolución de otro u otros, o por segregación de otro de ámbito superior, se requerirá acuerdo favorable de cada uno de los Colegios afectados, posterior informe preceptivo del Consejo Profesional correspondiente y, por último, decreto del Gobierno, que se publicará en el Boletín Oficial del País Vasco.