Auxiliar para el Servicio de Ayuda a Domicilio
Bizkaia
Son funciones propias del auxiliar de ayuda a domicilio las siguientes:
1. Atención personal.
2. Atención domiciliaria.
3. Atención educativa domiciliaria o familiar.
4. Integración social e integración comunitaria.
— Estar en posesión de la titulación equivalente a grado medio o técnico/a en atención
sociosanitaria a personas en situación de dependencia:
• Técnico/a en Cuidados Auxiliares de Enfermería (LOGSE).
• Técnico/a Auxiliar de Clínica (CIP).
• Técnico/a Auxiliar de Psiquiatría (CIP).
• Técnico/a Auxiliar de Enfermería (CIP).
• Técnico/a en Atención a Personas en Situación de Dependencia (LOE).
• Técnico/a en Atención Sociosanitaria (LOGSE).
• Técnico/a Superior en Integración Social, quienes a fecha de 30 de diciembre de 2017 desempeñen labores de asistente personal o auxiliar de ayuda a domicilio.
— Tener acreditado el perfil lingüístico 1 de euskera o aprobar la prueba correspondiente al nivel de euskera solicitado en cada caso.
a) Poseer la nacionalidad de uno de los Estados miembros de la Unión Europea, o,
en virtud de los tratados internacionales celebrados por la Unión Europa y ratificados
por el Estado Español, poseer la nacionalidad de un Estado al que pueda
aplicarse la libre circulación de trabajadores y trabajadoras.
Asimismo, también podrán participar los y las cónyuges de personas que tengan
nacionalidad de la Unión Europea, siempre y cuando no haya constancia de una
separación por derecho entre ambas. Igualmente, también podrán participar los
y las descendientes de personas que tengan nacionalidad de la Unión Europea
y de su cónyuge, siempre y cuando no haya constancia de una separación por
derecho y los/las descendientes sean menores de veintiún años (21), o, aun
siendo mayores de esa edad, vivan bajo la tutela de sus progenitores/as.
Del mismo modo, podrán participar todas las personas extranjeras que no estén
incursas en ninguna de las circunstancias señaladas en el párrafo anterior y residan
en el Estado Español. En caso de que fueran seleccionadas para los puestos
de trabajo, deberán acreditar, previamente a la formalización del contrato,
que están en posesión del permiso administrativo necesario para la realización
de la actividad objeto del contrato.
b) Tener cumplidos 16 años, sin llegar a la edad de jubilación forzosa.
c) No tener ninguna enfermedad o discapacidad física o psíquica que imposibilite la
realización de las funciones asignadas.
d) No estar incurso/a, por expediente disciplinario, en ninguna circunstancia que
traiga consigo la exclusión de las convocatorias de la Administración General del
Estado, así como de las administraciones autonómicas o locales.
e) Estar en posesión del permiso de conducir indicado en las bases específicas de
la convocatoria.
f) Tener disponibilidad de vehículo, para cuando, dada la localización, sea necesaria
su utilización para llegar a la residencia de la persona usuaria.
g) Estar en posesión de la titulación equivalente a grado medio o técnico/a en atención
sociosanitaria a personas en situación de dependencia:
— Técnico/a en Cuidados Auxiliares de Enfermería (LOGSE).
— Técnico/a Auxiliar de Clínica (CIP).
— Técnico/a Auxiliar de Psiquiatría (CIP).
— Técnico/a Auxiliar de Enfermería (CIP).
— Técnico/a en Atención a Personas en Situación de Dependencia (LOE).
— Técnico/a en Atención Sociosanitaria (LOGSE).
— Técnico/a Superior en Integración Social, quienes a fecha de 30 de diciembre
de 2017 desempeñen labores de asistente personal o auxiliar de ayuda a domicilio.
— Permiso de conducir B1.
— Disponibilidad de vehículo.
Las solicitudes deberán presentarse en el Registro (Markina-Xemein, Palacio Patrokua, Avenida Xemein, 13), dentro el plazo dispuesto a tal efecto, a nombre de la Presidencia de la Mancomunidad de Lea-Artibai, en horario laborable para la Mancomunidad de Lea Artibai: de lunes a viernes, de 9:00 a 14:00.
Igualmente, las solicitudes podrán ser presentadas en cualquiera de los lugares señalados en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
TEMARIO GENERAL
1. Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local. Título IV: Otras Entidades Locales
2. El Estatuto de Autonomía del País Vasco: Ley Orgánica 3/1979, de 18 de diciembre. Título Preliminar.
3. Estatutos de la Mancomunidad de Lea Artibai. Disposiciones generales. (Del artículo 1 al 3).
4. Estatutos de la Mancomunidad de Lea Artibai. Órganos de Gobierno (del artículo 10 al 18).
5. Estatutos de la Mancomunidad de Lea Artibai. Personal (artículo 19).
TEMARIO ESPECÍFICO
6. El Servicio de Ayuda a Domicilio en el Decreto 185/2015, de 6 de octubre, de Cartera de Prestaciones y Servicios del Sistema Vasco de Servicios Sociales. Definición y objetivo.
7. El Servicio de Ayuda a Domicilio en el Decreto 185/2015, de 6 de octubre, de cartera de prestaciones y servicios del Sistema Vasco de Servicios Sociales. Variante de servicio de respiro, prestaciones y población destinataria.
8. Personas titulares del Servicio de Ayuda a Domicilio del Reglamento de la Mancomunidad de Lea-Artibai.
9. Las funciones de la persona Auxiliar de Ayuda a Domicilio del Reglamento regulador de la Mancomunidad de Lea-Artibai.
10. Tareas excluidas del Servicio de Ayuda a Domicilio del Reglamento regulador de la Mancomunidad de Lea-Artibai.
11. Derechos y obligaciones de las personas titulares del Reglamento regulador de la Mancomunidad de Lea-Artibai.
12. Derechos y Deberes de las personas profesionales de los servicios sociales. (Artículo 11 y 12 de la Ley 12/2008, de 5 de diciembre, de servicios sociales).
13. Decreto 185/2015, de 6 de octubre, de Cartera de Prestaciones y Servicios del Sistema Vasco de Servicios Sociales. Disposiciones generales (Capítulo I).
14. Ley 12/2008, de 5 de diciembre, de Servicios Sociales. Disposiciones generales (Título I).
15. Técnicas de aseo e higiene corporal.
16. Recomendaciones generales para comunicarse con una persona con demencia.
17. Técnicas de movilización, traslado y colocación de las personas titulares.
18. Principios éticos de la intervención social con personas y colectivos dependientes.
19. Técnicas para favorecer la relación social, actividades de acompañamiento.
20. El secreto profesional.