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Normativa

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ORDEN de 13 de mayo de 2015, de la Consejera de Educación, Política Lingüística y Cultura, por la que se declaran deportistas, técnicos y técnicas de alto nivel.

Identificación

  • Ámbito territorial: Autonómico
  • Rango normativo: Orden
  • Órgano emisor: Educación, Política Lingüística y Cultura
  • Estado vigencia: Vigente

Boletín oficial

  • Boletín oficial: BOPV (País Vasco)
  • Nº boletín: 92
  • Nº orden: 2193
  • Nº disposición: ---
  • Fecha de disposición: 13/05/2015
  • Fecha de publicación: 20/05/2015

Ámbito temático

  • Materia: Cultura y deporte; Organización administrativa
  • Submateria: Gobierno y Administración Pública

Texto legal

El Decreto 203/2010, de 20 de julio, del Deporte Alto Nivel, establece, en su artículo 4.2 que la Consejera o consejero competente en materia de Deporte, del Gobierno Vasco, a propuesta de la Comisión de Evaluación del deporte de Alto Nivel, declarará la condición de deportistas de alto nivel de quienes por su rendimiento y clasificación se sitúen entre las y los mejores del Mundo o de Europa, en sus respectivas modalidades y disciplinas deportivas, de acuerdo con los criterios selectivos que se establecen en el presente Decreto y su anexo I, siempre que cumplan los requisitos que se señalan a continuación.

Asimismo, a tenor de los artículos 6.2 y 7.2, la Consejera o el Consejero del Gobierno Vasco, competente en materia de Deporte, a propuesta de la Comisión de Evaluación del Deporte del Alto Nivel, declarará la condición de técnica o técnico de alto nivel a quien ejerza las funciones de máximo responsable técnico de, al menos, una persona que haya sido declarada deportista de alto nivel conforme a lo establecido en el presente Decreto y la condición de jueces o juezas de alto nivel a quienes participen como tales en competiciones deportivas internacionales y conste su reconocimiento en las relaciones elaboradas por los órganos correspondientes de las Federaciones Internacionales de las distintas modalidades deportivas.

La declaración de deportistas, técnicos y técnicas, jueces y juezas de alto nivel tendrá los efectos que el citado Decreto establece a lo largo de su articulado, con una vigencia temporal, de carácter general de cuatro años, en los términos establecidos en el mismo.

A la vista de las solicitudes presentadas, la Comisión de Evaluación, reunida el día 5 de mayo 2015, tras el examen y valoración de todas y cada una de las mismas, ha realizado la propuesta pertinente.

En su virtud,

En Vitoria-Gasteiz, a 13 de mayo de 2015.

La Consejera de Educación, Política Lingüística y Cultura,

CRISTINA URIARTE TOLEDO.

(Véase el .PDF)

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