Normativa
ImprimirORDEN de 20 de marzo de 2015, del Consejero de Hacienda y Finanzas, por la que se crean y suprimen ficheros de carácter personal y se modifica el anexo I de la Orden de 28 de febrero de 2014, de ficheros de datos de carácter personal del Departamento de Hacienda y Finanzas y de los organismos autónomos Euskal Estatístika Erakundea / Instituto Vasco de Estadística y Autoridad Vasca de la Competencia.
Identificación
- Ámbito territorial: Autonómico
- Rango normativo: Orden
- Órgano emisor: Hacienda y Finanzas
- Estado vigencia: Derogado
Boletín oficial
- Boletín oficial: BOPV (País Vasco)
- Nº boletín: 64
- Nº orden: 1561
- Nº disposición: ---
- Fecha de disposición: 20/03/2015
- Fecha de publicación: 08/04/2015
Ámbito temático
- Materia: Organización administrativa; Actividades Económicas
- Submateria: Gobierno y Administración Pública; Información y comunicaciones; Departamentos
Texto legal
La Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de carácter personal tiene por objeto garantizar y proteger las libertades públicas y los derechos de las personas físicas en lo que concierne al tratamiento de este tipo de datos. Esta Ley resulta de aplicación a los datos de carácter personal registrados en soporte físico que los haga susceptibles de tratamiento, y a toda modalidad de uso posterior de esos datos por los sectores público y privado.
El artículo 4 de la Ley 2/2004, de 25 de febrero, de Ficheros de Datos de Carácter Personal de Titularidad Pública y de Creación de la Agencia Vasca de Protección de Datos, dispone que la creación, modificación y supresión de ficheros de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco se realizará por orden del titular del departamento al que esté adscrito el fichero, la cual deberá contener todas las menciones exigidas por la legislación en vigor y será objeto de publicación en el Boletín Oficial del País Vasco; todo ello de conformidad a lo previsto en el artículo 20 de la Ley Orgánica 15/1999 y artículos 52 a 54 del Reglamento de desarrollo de dicha Ley, aprobado por Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre.
El artículo 2 de Decreto 308/2005, de 18 de octubre, por el que se desarrolla la Ley 2/2004, establece que los entes públicos de la Comunidad Autónoma del País Vasco notificarán a la Agencia Vasca de Protección de Datos toda creación, modificación o supresión de ficheros de datos de carácter personal, para su inscripción en el Registro de Protección de Datos.
La Orden de 28 de febrero de 2014 del Consejero de Hacienda y Finanzas de ficheros de datos de carácter personal del Departamento de Hacienda y Finanzas y de los organismos autónomos Euskal Estatístika Erakundea / Instituto Vasco de Estadística y Autoridad Vasca de la Competencia se dictó con el propósito de regular en una única disposición todos los ficheros de datos de carácter personal bajo la dependencia de dicho departamento, incluyendo a sus organismos autónomos. La regulación se acomodaba así a la modificación de estructura derivada del Decreto 20/2012, de 15 de diciembre, del Lehendakari, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos, y del Decreto 192/2013, de 9 de abril, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Hacienda y Finanzas.
Tras la publicación de dicha Orden ha surgido la necesidad de crear nuevos ficheros derivados de modificaciones normativas acaecidas con posterioridad: así, el Registro de Cajas de Ahorro y Fundaciones Bancarias de Euskadi y el Fichero general de personas socias de EPSVs. Además, ha resultado preciso crear otro nuevo fichero a fin de registrar los bienes y derechos recibidos en pago de deudas tributarias. Asimismo, con el propósito de que la Dirección de Administración Tributaria gestione la documentación del Tribunal Económico Administrativo junto con la documentación procedente de la Junta Arbitral del Concierto Económico, se crea un nuevo fichero al efecto, suprimiendo el que integraba únicamente la documentación del Tribunal Económico Administrativo.
Asimismo, es preciso acometer ciertas modificaciones en ficheros ya existentes, para un mejor cumplimiento y adecuación a los requisitos exigidos por el artículo 20.2 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, desarrollado por el artículo 54.1 del Real-Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de dicha Ley.
Por todo ello,
La Dirección de Servicios del Departamento de Hacienda y Finanzas dará traslado a la Agencia Vasca de Protección de Datos de una copia de esta Orden, para que proceda en cada caso a la inscripción, supresión y modificación de los ficheros contenidos en la misma, mediante el procedimiento establecido al efecto.
La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.
En Vitoria-Gasteiz, a 20 de marzo de 2015.
El Consejero de Hacienda y Finanzas,
RICARDO GATZAGAETXEBARRIA BASTIDA.
Ficheros de datos de carácter personal creados por la presente Orden:
A) FICHEROS DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL DEL DEPARTAMENTO DE HACIENDA Y FINANZAS.
Gestión de documentación del Tribunal Económico- Administrativo de Euskadi y de la Junta Arbitral del Concierto Económico.
Finalidad y usos previstos.
Registro y gestión de la documentación relativa al procedimiento económico administrativo y al procedimiento de la Junta Arbitral del Concierto Económico; control de entradas y salidas de documentos.
Personas o colectivos origen de los datos.
Personas físicas que interponen reclamaciones ante el Tribunal Económico Administrativo de Euskadi, ante la Junta Arbitral del Concierto Económico, y órganos administrativos remitentes de expedientes y documentos en general.
Procedencia y procedimiento de recogida de los datos.
Procedencia: personas interesadas, Administraciones Públicas (Diputaciones Forales y Agencia Estatal de Administración Tributaria).
Procedimiento de recogida: formularios de reclamaciones, documentos presentados por la persona interesada.
Estructura básica del fichero.
Datos identificativos: nombre y apellidos, NIF, dirección, teléfono y fax.
Datos de detalle de empleo.
Datos económico-financieros y de seguros.
Datos de transacciones.
Datos de infracciones.
Cesiones de datos.
Agencia Estatal de Administración Tributaria.
Órgano responsable del fichero.
Dirección de Administración Tributaria.
Servicio ante el que ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición.
Departamento de Hacienda y Finanzas.
Dirección de Administración Tributaria.
c/ Donostia-San Sebastián n.º 1
01010 Vitoria-Gasteiz.
Nivel exigible respecto a las medidas de seguridad.
Medio.
Sistema de tratamiento.
Mixto.
5 Registro de Cajas de Ahorro y Fundaciones Bancarias de Euskadi.
Finalidad y usos previstos.
Registro de las Cajas de Ahorro con domicilio social en Euskadi y las que aún teniendo el domicilio social fuera de Euskadi, tienen oficinas abiertas en su territorio. Se inscriben modificaciones de estatutos, absorciones, fusiones, disolución y liquidación.
Registro de Altos Cargos de las Cajas de Ahorros con domicilio social en Euskadi. Se inscriben los nombramientos, ceses y reelecciones.
Registro de Fundaciones Bancarias con domicilio social en Euskadi. Se inscriben modificaciones de estatutos, absorciones, fusiones, disolución y liquidación.
Registro de Altos Cargos de las Fundaciones Bancarias con domicilio social en Euskadi. Se inscriben los nombramientos, ceses y reelecciones.
Personas o colectivos origen de los datos.
Altos cargos y representantes de las Cajas de Ahorro y de las Fundaciones Bancarias.
Procedencia y procedimiento de recogida de los datos.
Procedencia: personas interesadas.
Procedimiento de recogida: documentos aportados.
Estructura básica del fichero.
Datos identificativos: nombre y apellidos, NIF, firma.
Datos de características personales.
Datos de detalle de empleo.
Datos de infracciones.
Cesiones de datos.
No detectadas.
Órgano responsable del fichero.
Dirección de Política Financiera y Recursos Institucionales.
Servicio ante el que ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición.
Departamento de Hacienda y Finanzas.
Dirección de Política Financiera y Recursos Institucionales.
Donostia-San Sebastián n.º 1.
01010 Vitoria-Gasteiz.
Nivel exigible respecto a las medidas de seguridad.
Medio.
Sistema de tratamiento.
Mixto.
Fichero General de personas socias de las EPSV.
Finalidad y usos previstos.
Tener conocimiento de todas las personas socias en aras a poder informar de la condición de socio o socia de una EPSV de una persona fallecida.
Poder comunicar a las EPSV, cuando así lo soliciten, los socios y socias ya fallecidos para evitar pago de prestaciones que no correspondan.
Personas o colectivos origen de los datos.
Personas físicas que tengan la condición de socio o socia de una EPSV y en concreto con adhesión a un plan de previsión.
Procedencia y procedimiento de recogida de los datos.
Procedencia: altas y bajas de socios y socias remitidas por las Entidades de Previsión Social Voluntaria y bajas por fallecimiento remitidos tanto de las mismas entidades como de los registros y ficheros en que este prevista legalmente la cesión de esos datos.
Procedimiento de recogida: formularios.
Estructura básica del fichero.
Datos identificativos: DNI/NIF, fecha de fallecimiento, datos económico-financieros.
Cesiones de datos.
Personas interesadas posibles beneficiarias y EPSV
Órgano responsable del fichero.
Dirección de Política Financiera y Recursos Institucionales.
Servicio ante el que ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición.
Departamento de Hacienda y Finanzas.
Dirección de Política Financiera y Recursos Institucionales.
c/ Donostia-San Sebastián n.º 1.
01010 Vitoria-Gasteiz.
Nivel exigible respecto a las medidas de seguridad.
Básico.
Sistema de tratamiento.
Mixto.
Registro general de bienes y derechos recibidos en pago de deudas tributarias.
Finalidad y usos previstos.
Gestionar los bienes y derechos recibidos en pago de deudas tributarias.
Personas o colectivos origen de los datos.
Personas que suministran bienes y derechos en pago de deudas tributarias, así como las personas que los adquieren.
Procedencia y procedimiento de recogida de los datos.
Procedencia: Administraciones Públicas (Diputaciones Forales).
Procedimiento de recogida: otros: aplicación informática.
Estructura básica del fichero.
Datos identificativos: nombre y apellidos, DNI/NIF.
Datos de circunstancias sociales.
Datos de información comercial.
Datos económico-financieros y de seguros:
Datos de transacciones.
Cesiones de datos.
A Haciendas Forales.
Órgano responsable del fichero.
Dirección de Política Financiera y Recursos Institucionales
Servicio ante el que ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición.
Departamento de Hacienda y Finanzas.
Dirección de Política Financiera y Recursos Institucionales.
Donostia-San Sebastián n.º 1.
01010 Vitoria-Gasteiz.
Nivel exigible respecto a las medidas de seguridad.
Básico.
Sistema de tratamiento.
Automatizado.
Se suprimen los siguientes ficheros de datos de carácter personal recogidos en la Orden de 28 de febrero de 2014 del Consejero de Hacienda y Finanzas de ficheros de datos de carácter personal del Departamento de Hacienda y Finanzas y de los organismos autónomos Euskal Estatístika Erakundea / Instituto Vasco de Estadística y Autoridad Vasca de la Competencia.
Gestión de Documentación del Tribunal Económico-Administrativo de Euskadi.
El destino de los datos que contiene seran incorporados al fichero de nueva creación «Gestión de Documentación del Tribunal Económico-Administrativo de Euskadi y de la Junta Arbitral del Concierto Económico»
Registro de Cajas de Ahorros de Euskadi
El destino de los datos que contiene serán incorporados al fichero de nueva creación «Registro de Cajas de Ahorros y Fundaciones Bancarias de Euskadi»
Se modifican los siguientes ficheros de datos de carácter personal recogidos en la Orden de 28 de febrero de 2014 del Consejero de Hacienda y Finanzas de ficheros de datos de carácter personal del Departamento de Hacienda y Finanzas y de los organismos autónomos Euskal Estatístika Erakundea / Instituto Vasco de Estadística y Autoridad Vasca de la Competencia.
A) FICHEROS DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL DEL DEPARTAMENTO DE HACIENDA Y FINANZAS.
Distribución de publicaciones de Economía.
Estructura básica del fichero.
Datos identificativos: nombre y apellidos, dirección, teléfono y fax.
Datos de detalle de empleo.
Datos comerciales.
Datos de transacciones.
Sistema de tratamiento.
Mixto.
Personas colaboradoras de publicaciones de Economía.
Estructura básica del fichero.
Datos identificativos: DNI, nombre y apellidos, dirección, teléfono y fax, correo electrónico.
Datos académicos y personales.
Datos de detalle de empleo.
Datos económico-financieros.
Sistema de tratamiento.
Mixto.
Fondos FEDER.
Estructura básica del fichero.
Datos identificativos: nombre y apellidos, dirección y DNI.
Datos económico-financieros.
Sistema de tratamiento.
Automatizado.
Divulgación de iniciativas en materia económica.
Estructura básica del fichero.
Datos identificativos: nombre y apellidos, dirección, DNI, nick o alias, correo electrónico, otros: material gráfico.
Sistema de tratamiento.
Automatizado.
Mapa de conocimiento de trabajos de investigación en economía de la CAE.
Estructura básica del fichero.
Datos identificativos: nombre y apellidos, teléfono, correo electrónico.
Datos de características personales.
Datos de detalle de empleo.
Sistema de tratamiento.
Mixto.
Capítulo I del Presupuesto.
Estructura básica del fichero.
Datos identificativos: nombre y apellidos y DNI.
Datos de detalle de empleo.
Datos económico-financieros y de seguros.
Sistema de tratamiento.
Automatizado.
Endosos.
Estructura básica del fichero.
Datos identificativos: nombre y apellidos, NIF, dirección, firma, imagen.
Datos de características personales.
Datos de detalle de empleo.
Sistema de tratamiento.
Mixto.
Fondos Europeos.
Estructura básica del fichero.
Datos identificativos: nombre y apellidos, DNI y Dirección.
Datos económico-financieros.
Sistema de tratamiento.
Automatizado.
Sistema de información y gestión económica y contable.
Estructura básica del fichero.
Datos identificativos: nombre y apellidos, NIF, dirección, firma, teléfono.
Datos económico-financieros y de seguros.
Datos de transacciones.
Datos de infracciones.
Sistema de tratamiento.
Mixto.
Intervención de nóminas de Osakidetza.
Estructura básica del fichero.
Datos identificativos: nombre y apellidos, DNI, número de registro personal.
Datos académicos y profesionales.
Datos de detalles de empleo.
Datos económico-financieros.
Sistema de tratamiento.
Mixto.
Intervención de adjudicatarios de Osakidetza.
Estructura básica del fichero.
Datos identificativos: nombre y apellidos, DNI, dirección postal/electrónica, firma.
Sistema de tratamiento.
Mixto.
Distribución de publicaciones del Órgano de Coordinación Tributaria.
Estructura básica del fichero.
Datos identificativos: nombre y apellidos, DNI, dirección, teléfono y fax.
Datos de detalle de empleo.
Datos económico-financieros y de seguros.
Sistema de tratamiento.
Mixto.
Registro de personas mediadoras de seguros.
Procedencia y procedimiento de recogida de los datos.
Procedencia: personas Interesadas.
Procedimiento de recogida: formularios, aportación de documentación, tanto en soporte papel como electrónico.
Estructura básica del fichero.
Datos identificativos: nombre y apellidos, dirección, teléfono, NIF, correo electrónico, fax, firma, N.º de registro personal (clave de inscripción autonómica).
Datos de circunstancias sociales.
Datos académicos y profesionales.
Datos de detalle de empleo.
Datos económico-financieros y de seguros.
Sistema de tratamiento.
Mixto.
Personas diplomadas en mediación de seguros.
Estructura básica del fichero.
Datos identificativos: nombre y apellidos, dirección, teléfono, fax y NIF.
Datos académicos y profesionales.
Sistema de tratamiento.
Mixto.
Recursos a la Vía de Apremio.
Estructura básica del fichero.
Datos identificativos: nombre y apellidos, dirección, n.º de registro personal.
Sistema de tratamiento.
Mixto.
Avales, consignaciones y fianzas.
Estructura básica del fichero.
Datos identificativos: nombre y apellidos, DNI/NIF.
Datos económico-financieros y de seguros.
Sistema de tratamiento.
Mixto.
Registro de EPSV (Entidades de Previsión Social Voluntaria).
Estructura básica del fichero.
Datos identificativos: nombre y apellidos, DNI/NIF, Dirección y Teléfono.
Datos de detalle de empleo.
Sistema de tratamiento.
Mixto.
Vía de apremio.
Procedencia y procedimiento de recogida de los datos.
Procedencia: Administraciones Públicas.
Procedimiento de recogida: papel; otros: aplicación informática.
Estructura básica del fichero.
Datos identificativos: nombre y apellidos, DNI/NIF, Dirección, Teléfono.
Datos económico-financieros y de seguros.
Datos de infracciones (IN).
Sistema de tratamiento.
Mixto.
-
Estructura básica del fichero.
Datos identificativos: nombre y apellidos, NIF, dirección.
Datos de características personales.
Sistema de tratamiento.
Mixto.
Registro Oficial de Contratistas.
Estructura básica del fichero.
Datos identificativos: nombre y apellidos, NIF, dirección, teléfono y fax, firma, firma electrónica.
Datos de detalle de empleo.
Sistema de tratamiento.
Mixto.
Registro de Contratos.
Estructura básica del fichero.
Datos identificativos: nombre y apellidos, NIF.
Datos de carácter personal:
Sistema de tratamiento.
Automatizado.
Clasificación de empresas.
Estructura básica del fichero.
Datos identificativos: nombre y apellidos, NIF, Dirección, Teléfono y fax.
Datos de detalle de empleo.
Sistema de tratamiento.
Mixto.
Inventario de bienes inmuebles.
Estructura básica del fichero.
Datos identificativos: nombre y apellidos, NIF / DNI, Dirección, Teléfono.
Datos de circunstancias sociales.
Datos económico-financieros y de seguros.
Sistema de tratamiento.
Mixto.
Expedientes de contratación.
Personas o colectivos origen de los datos.
Licitadores y sus representantes o personas apoderadas, así como vocales de la mesa de contratación y personal a subrogar en los diferentes contratos de servicios.
Procedencia y procedimiento de recogida de los datos.
Procedencia: la persona interesada o su representante legal, otras administraciones, juzgados.
Procedimiento de recogida: transmisión electrónica; Otros: documentación aportada.
Estructura básica del fichero.
Datos identificativos: nombre y apellidos, DNI/NIF, dirección, teléfono, fax, firma, firma electrónica.
Datos de detalle de empleo.
Datos académicos y profesionales.
Datos de infracciones.
Sistema de tratamiento.
Mixto.
Reclamación en la Gestión de Pólizas de Seguros suscritas por la Administración.
Estructura básica del fichero.
Datos identificativos: nombre y apellidos, NIF, dirección, teléfono, firma.
Datos de características personales:
Datos académicos y profesionales:
Datos de detalle de empleo:
Datos Económico-Financieros:
Datos de infracciones:
Datos especialmente protegidos:
Sistema de tratamiento.
Mixto.
Datos de utilización servicios de la RCAGV (Red Corporativa Administrativa del Gobierno Vasco).
Estructura básica del fichero:
Datos de carácter identificativo: nombre y apellidos, Dirección, Teléfono, NIF, Otros: código usuario, n.º extensión.
Datos de detalles de empleo.
Datos de transacciones.
Sistema de tratamiento.
Automatizado.
Agenda de contactos.
Estructura básica del fichero:
Datos de carácter identificativo: nombre y apellidos, DNI, Dirección y teléfono.
Datos de características personales.
Datos de detalle de empleo.
Sistema de tratamiento.
Mixto.
Usuarios y tutores KZgunea.
Estructura Básica del Fichero:
Datos de carácter identificativo: nombre y apellidos, DNI/NIF, Dirección, Teléfono, N.º SS.
Datos de características personales.
Datos académicos y profesionales.
Sistema de tratamiento.
Mixto.
Gestión de Bibliotecas.
Estructura básica del fichero:
Datos de carácter identificativo: nombre y apellidos, Dirección, Teléfono, NIF.
Datos de detalles de empleo.
Sistema de tratamiento.
Mixto.
Gestión de Publicaciones.
Estructura básica del fichero:
Datos de carácter identificativo: nombre y apellidos, dirección, teléfono, NIF.
Datos de transacciones.
Sistema de tratamiento.
Automatizado.
Servicio de Cartería.
Finalidad y usos previstos:
Gestión y control de todos los certificados, paquetes de mensajería y correspondencia general que se reciben en las diferentes sedes centrales del Gobierno Vasco así como los envíos a dependencias externas del mismo.
Estructura básica de datos:
Datos de carácter identificativo: nombre y apellidos, domicilio.
Datos de detalles de empleo.
Sistema de tratamiento.
Mixto.
Control de Accesos y Visitas.
Estructura básica del fichero:
Datos identificativos: nombre y apellidos, Foto, NIF.
Datos de detalle de empleo.
Datos de transacciones.
Sistema de tratamiento.
Automatizado.
Video vigilancia.
Estructura básica del fichero:
Datos identificativos: imagen.
Sistema de tratamiento.
Automatizado.
Expedientes de contratación de Recursos Generales.
Personas o colectivos origen de los datos:
Licitadores y sus representantes o apoderados, así como vocales de la mesa de contratación y personal a subrogar en los diferentes contratos de servicios.
Procedencia y procedimiento de recogida de los datos:
Los datos se recogen del Interesado o su representante legal y de otras administraciones, a través de la documentación que aportan.
Estructura Básica del Fichero:
Datos identificativos: nombre y apellidos, DNI/NIF, dirección, teléfono, otros: fax.
Datos académicos y profesionales.
Sistema de tratamiento.
Mixto.
Incidencias de seguridad.
Procedencia y procedimiento de recogida de los datos:
Datos recabados del interesado.
Estructura básica del fichero:
Datos identificativos: nombre y apellidos, DNI/CIF.
Datos de detalle de empleo.
Sistema de tratamiento.
Automatizado.
Gestión y control de externos.
Estructura Básica del Fichero.
Datos identificativos: nombre y apellidos, DNI/NIF.
Datos de detalle de empleo.
Sistema de tratamiento.
Mixto.
Parque Móvil.
Procedencia y procedimiento de recogida de los datos:
El propio interesado a través de formularios y procedimiento informático.
Estructura básica del fichero:
Datos de carácter identificativo: nombre y apellidos, teléfono, NIF, domicilio, firma.
Datos de detalle de empleo.
Datos de transacciones.
Datos relativos a infracciones.
Sistema de tratamiento.
Mixto.
Gestión del Sistema de Archivo.
Personas o colectivos origen de los datos:
Ciudadanía cuyos datos constan en los expedientes de Gobierno Vasco.
Las personas usuarias del Sistema de Archivo y los departamentos titulares de los fondos documentales depositados.
Estructura básica del fichero:
Datos identificativos: DNI y NIF, n.º seguridad social y mutualidad, nombre y apellidos, dirección postal y electrónica, teléfono, firma y huella digitalizada, imagen y voz, n.º de registro de personal, firma electrónica.
Datos de características personales,
Datos de circunstancias sociales,
Datos académicos y personales,
Datos de detalle de empleo,
Datos de información comercial,
Datos económico-financieros,
Datos de transacciones,
Datos especialmente protegidos,
Datos de infracciones administrativas.
Sistema de tratamiento.
Mixto.
A) FICHEROS DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL DE EUSKAL ESTATÍSTIKA ERAKUNDEA/INSTITUTO VASCO DE ESTADÍSTICA.
Control de distribución Horaria por tareas.
Estructura básica del fichero:
Datos de carácter identificativo: nombre y apellidos, DNI, código de usuario en Red Eustat, código de usuario en Red Corporativa, dirección postal.
Datos de detalles de empleo.
Datos económico-financieros.
Sistema de tratamiento.
Mixto.
Control de peticiones externas de información.
Estructura básica del fichero:
Datos de carácter identificativo: nombre y apellidos, DNI, email, teléfono fijo, teléfono móvil, fax, dirección postal, empresa y cargo.
Sistema de tratamiento.
Automatizado.
Proveedores.
Estructura básica del fichero:
Datos de carácter identificativo: nombre y apellidos, DNI, email, teléfono, fax, empresa y cargo, dirección postal.
Datos de transacciones.
Sistema de tratamiento.
Mixto.
Gestión de personal.
Estructura básica del fichero:
Datos de carácter identificativo: nombre y apellidos, DNI, numero de afiliación a la seguridad social, teléfono, dirección postal.
Datos de detalles de empleo.
Datos académicos y profesionales.
Sistema de tratamiento.
Mixto.
Registro de entradas y salidas.
Estructura básica del fichero:
Datos de carácter identificativo: nombre y apellidos del remitente, nombre y apellidos del destinatario, empresa y cargo.
Sistema de tratamiento.
Mixto.
Becarios.
Estructura básica del fichero:
Datos identificativos: nombre y apellidos, DNI, email, teléfono, dirección postal.
Sistema de tratamiento.
Mixto.
Seminarios.
Estructura básica del fichero:
Datos de carácter identificativo: nombre y apellidos, DNI, email, teléfono, dirección postal
Datos de detalles de empleo.
Sistema de tratamiento.
Mixto.
Directorio para la distribución de publicaciones.
Estructura básica del fichero:
Datos de carácter identificativo: nombre y apellidos, email, teléfono, dirección postal, organismo y cargo.
Sistema de tratamiento.
Mixto.
Quejas y sugerencias.
Estructura básica del fichero:
Datos de carácter identificativo: nombre y apellidos, email, teléfono, dirección postal
Sistema de tratamiento.
Mixto.
Difusión estadística.
Estructura básica del fichero:
Datos de carácter identificativo: nombre y apellidos, email, organismo y cargo.
Sistema de tratamiento.
Automatizado.
Euskal Estatistika Plana / Plan Vasco de Estadística.
Estructura básica del fichero:
Datos de carácter identificativo: nombre y apellidos, email y teléfono.
Sistema de tratamiento.
Automatizado.
B) FICHEROS DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL DE LA AUTORIDAD VASCA DE LA COMPETENCIA.
Expedientes y resoluciones del Consejo Vasco de la Competencia.
Estructura básica del fichero.
Datos identificativos: nombre y apellidos, domicilio, número de teléfono, dirección de correo electrónico, número de DNI.
Datos de características personales.
Datos de circunstancias sociales.
Datos académicos y profesionales.
Datos comerciales.
Datos sobre transacciones.
Datos sobre infracciones.
Sistema de tratamiento.
Mixto.
Gestión de expedientes sancionadores de la Dirección de Investigación.
Estructura básica del fichero.
Datos identificativos: nombre y apellidos, domicilio, número de teléfono, dirección de correo electrónico, número de DNI.
Datos de características personales.
Datos de circunstancias sociales.
Datos académicos y profesionales.
Datos comerciales.
Datos sobre transacciones.
Datos sobre infracciones.
Sistema de tratamiento.
Mixto.
Gestión de expedientes de contratación.
Estructura básica del fichero:
Datos de carácter identificativo: nombre y apellidos, domicilio, número de teléfono, dirección de correo electrónico, número de teléfono, dirección de correo electrónico, número de DNI.
Datos de transacciones.
Sistema de tratamiento.
Mixto.
Gestión de personal.
Estructura básica del fichero:
Datos de carácter identificativo: nombre y apellidos, domicilio, número de teléfono, dirección de correo electrónico, número de DNI.
Datos de detalles de empleo.
Datos académicos y profesionales.
Sistema de tratamiento.
Mixto.
Registro de entradas y salidas.
Estructura básica del fichero:
Datos de carácter identificativo: nombre y apellidos, domicilio, número de teléfono, dirección de correo electrónico, número de DNI.
Sistema de tratamiento.
Automatizado.
Video vigilancia.
Estructura básica del fichero:
Datos identificativos: imágenes.
Sistema de tratamiento.
Automatizado.
-
A) FICHEROS DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL DEL DEPARTAMENTO DE HACIENDA Y FINANZAS.
Distribución de publicaciones de Economía.
Fondos FEDER.
Divulgación de iniciativas en materia económica.
Mapa de conocimiento de trabajos de investigación en economía de la CAE.
Capítulo I del Presupuesto.
Endosos.
Fondos Europeos.
Sistema de información y gestión económica y contable.
Intervención de nóminas de Osakidetza.
Intervención de adjudicatarios de Osakidetza.
Distribución de publicaciones del Órgano de Coordinación Tributaria.
Gestión de documentación del Tribunal Económico-Administrativo de Euskadi y de la Junta Arbitral del Concierto Económico.
Registro de personas mediadoras de seguros.
Personas diplomadas en mediación de seguros.
Recursos a la Vía de Apremio.
Avales, consignaciones y fianzas.
Registro de Cajas de Ahorro y Fundaciones Bancarias de Euskadi.
Registro de EPSV (Entidades de Previsión Social Voluntaria).
Vía de apremio.
Fichero General de personas socias de las EPSVs.
Registro general de bienes y derechos recibidos en pago de deudas tributarias.
Inventario de Sociedades públicas.
Registro Oficial de Contratistas.
Registro de Contratos.
4 Clasificación de empresas.
Inventario de bienes inmuebles.
Expedientes de contratación.
Reclamación en la Gestión de Pólizas de Seguros suscritas por la Administración.
Datos de utilización servicios de la RCAGV (Red Corporativa Administrativa del Gobierno Vasco).
Agenda de contactos.
Usuarios y tutores KZgunea.
Gestión de Bibliotecas.
Gestión de Publicaciones.
Servicio de Cartería.
Control de Accesos y Visitas.
Video vigilancia.
Expedientes de contratación de Recursos Generales.
Incidencias de seguridad.
Gestión y control de externos.
Parque Móvil.
Gestión del Sistema de Archivo.
B) FICHEROS DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL DE EUSKAL ESTATÍSTIKA ERAKUNDEA / INSTITUTO VASCO DE ESTADÍSTICA.
Control de distribución Horaria por tareas.
Control de peticiones externas de información.
Proveedores.
Gestión de personal.
Registro de entradas y salidas.
Becarios.
Seminarios.
Directorio para la distribución de publicaciones.
Quejas y sugerencias.
Difusión estadística.
Euskal Estatistika Plana / Plan Vasco de Estadística.
C) FICHEROS DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL DE LA AUTORIDAD VASCA DE LA COMPETENCIA.
Expedientes y resoluciones del Consejo Vasco de la Competencia.
Gestión de expedientes sancionadores de la Dirección de Investigación.
Gestión de expedientes de contratación.
Gestión de personal.
Registro de entradas y salidas.
Video vigilancia.
Contenidos relacionados.
Historia normativa (3)
- Derogada por: ORDEN de 6 de febrero de 2018, del Consejero de Hacienda y Economía, de ficheros de datos de carácter personal del Departamento de Hacienda y Economía, y de los organismos autónomos Euskal Estatistika Erakundea / Instituto Vasco de Estadística, y Autorida
- Modificada por: Orden de 19 de julio de 2016, del Consejero de Hacienda y Finanzas por la que se regula la organización y el funcionamiento del Fichero General de Socios de las Entidades de Previsión Social Voluntaria
- Modifica: ORDEN de 28 de febrero de 2014 del Consejero de Hacienda y Finanzas de ficheros de datos de carácter personal del Departamento de Hacienda y Finanzas y de los organismos autónomos Euskal Estatístika Erakundea / Instituto Vasco de Estadística y Autoridad V