La reforma de la Política Agrícola Común en el año 2003, supone una serie de cambios importantes que inciden de forma significativa en el entorno socioeconómico de las distintas zonas rurales comunitarias dando lugar a la reforma de los Fondos Estructurales para el periodo 2007-2013.
En este sentido, el Reglamento (CE) 1290/2005, del Consejo de 21 de junio, sobre la financiación de la política agrícola común, crea el Fondo Europeo de Garantía, FEAGA, para financiar las medidas del mercado y otras medidas así como el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural, FEADER, destinado a financiar los programas de desarrollo rural.
El marco para la política de desarrollo rural correspondiente al periodo 2007-2013 se establece mediante el Reglamento (CE) 1698/2005, del Consejo de 20 de septiembre, relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del FEADER.
En este nuevo contexto normativo los Estados Miembros desarrollan programas específicos para impulsar las medidas establecidas por la nueva reglamentación comunitaria, que tiene su reflejo en la Comunidad Autónoma de Euskadi en la elaboración del Programa de Desarrollo Rural Sostenible de la Comunidad Autónoma Vasca para el periodo 2007-2013, aprobado por la Comisión Europea el 15 de febrero de 2008 mediante Decisión C(2008)704.
El sector alimentario es un sector estratégico para la CAPV, y constituye el sustrato fundamental del medio rural vasco. A fin de alcanzar el objetivo de aumentar la competitividad de dicho sector, es importante desarrollar estrategias claras destinadas a reforzar y adaptar el potencial humano, el potencial físico y la calidad de la producción alimentaria.
La estrategia competitiva para el sector alimentario de la CAPV se ha orientado fundamentalmente hacia la diferenciación y potenciación de determinados productos de cierto arraigo en la agricultura vasca, tratando de incorporar a productores en la estrategia de producción y transformación. En este contexto han ido surgiendo las Denominaciones de Origen, Indicaciones Geográficas Protegidas y distintivos de calidad que gozan de un elevado reconocimiento por el consumidor vasco.
En la actualidad tanto el sector alimentario como el de transformación alimentaria vascos disponen de un gran potencial para agrandar la gama de los productos de gran calidad y con un gran valor añadido, cada vez más demandados por la sociedad vasca actual.
La medida relativa a la participación en programas de calidad de los alimentos tiene como objetivo ofrecer a los consumidores garantías acerca de la calidad del producto o del proceso de producción utilizado como consecuencia de la participación en tales programas, aportar un valor añadido a los productos alimentarios y aumentar las posibilidades de comercialización. Dado que la participación en tales programas origina en ocasiones costes y obligaciones adicionales que no siempre se ven recompensados en su justa medida por el mercado, debe fomentarse la participación de los agricultores en estos programas.
Asimismo, conviene conceder ayudas a las agrupaciones de productores para acciones de información y promoción de los productos elaborados de conformidad con los programas relativos a la calidad de los alimentos, con el objeto de incrementar la sensibilización de los consumidores acerca de la existencia y características de dichos productos.
El presente Decreto establece y regula el régimen de ayudas cofinanciadas entre la Unión Europea y la Comunidad Autónoma de Euskadi, dirigidas a incentivar por un lado, la participación de los agricultores en programas de calidad de los alimentos y las actividades de información y promoción de productos englobados en dichos programas por otro, cuyo principal objetivo es mejorar la calidad de la producción y de los productos alimentarios en el ámbito de la Comunidad Autónoma del País Vasco.
El Departamento de Agricultura, Pesca y Alimentación ha elaborado el presente Decreto teniendo en cuenta lo dispuesto en los artículos 19 a 22 de la Ley 4/2005, de 18 de febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres.
Para la elaboración del presente Decreto han sido consultadas las organizaciones más representativas del sector afectado, disponiendo así mismo de todos los informes preceptivos.
En su virtud, de conformidad con la Comisión Jurídica Asesora de Euskadi y a propuesta del Consejero de Agricultura, Pesca y Alimentación, previa deliberación y aprobación del Consejo de Gobierno en su sesión celebrada el día 2 de diciembre de 2008.