Departamento de Cultura y Política Lingüística

Normativa

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DECRETO 156/1984, de 5 de Julio, por el que se regula la calificación de las infracciones de la Ley 1/1892, de 11 de Junio, sobre Cooperativas, y el procedimiento de imposición de sanciones. (Corrección de errores.)

Identificación

  • Ámbito territorial: Autonómico
  • Rango normativo: Decreto
  • Órgano emisor: Trabajo
  • Estado vigencia: Vigente

Boletín oficial

  • Boletín oficial: BOPV (País Vasco)
  • Nº boletín: 141
  • Nº orden: 1651
  • Nº disposición: 156
  • Fecha de disposición: 05/07/1984
  • Fecha de publicación: 28/08/1984

Ámbito temático

  • Materia: Organización administrativa; Asuntos sociales y empleo; Economía y Hacienda
  • Submateria: Gobierno y Administración Pública; Trabajo y empleo; Economía

Texto legal

Advertidos errores en la inserción del Decreto citado, publicado en el Boletín Oficial del País Vasco, n.º 105, de 20 de Junio de 1984, a continuación se transcribe la oportuna rectificación. En la página 2.931, en el artículo 2.º, donde dice: «...los hechos constituidos de infracción...», debe decir: «...los hechos constitutivos de infracción...». En la página 2.931, en el artículo 4.º, donde dice: «h) Convocar al Consejo Rector...», debe decir: «... h) No convocar al Consejo Rector...». En la página 2.933, en el artículo 6.º, donde dice: «Liquidaciones», debe decir: «Liquidadores», y donde dice: «...de los sujetos mencionados en el aparato anterior...», debe decir: «...de los sujetos mencionados en el apartado anterior...». En la página 2.933, en el artículo 8.º, apartado tercero, donde dice: «...mediante acuerdo de Consejo de Gobierno», debe decir: «...mediante acuerdo del Consejo de Gobierno». En la página 2.934, en el artículo 15, donde dice: « Su tramitación se ajustará al procedimiento establecido para las actas de infracción», debe decir: « Las sanciones y la tramitación se ajustarán al procedimiento establecido para las actas de infracción». En la página 2.935, en el artículo 16, apartado cuarto, donde dice: «..., en la cuenta de ingresos de la Delegación Territorial», debe decir: «..., en la cuenta de depósitos de la Delegación Territorial». En la página 2.935, en el artículo 16, apartado sexto, donde dice: «...los Delegados Territoriales de Trabajo, se abstendrán de resolver,...», debe decir: «...los Delegados Territoriales de Trabajo, éstos se abstendrán de resolver,...».

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