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Normativa

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DECRETO 213/82, de 6 de Diciembre, por el que se aprueba la publicación del acuerdo de la Comisión Mixta de Transferencias sobre Traspaso de Funciones y Servicios del Estado a la Comunidad Autónoma en materia de Mutualidades no integradas en la Seguridad Social.

Identificación

  • Ámbito territorial: Autonómico
  • Rango normativo: Decreto
  • Órgano emisor: Sanidad y Seguridad Social
  • Estado vigencia: Vigente

Boletín oficial

  • Boletín oficial: BOPV (País Vasco)
  • Nº boletín: 161
  • Nº orden: 1975
  • Nº disposición: 213
  • Fecha de disposición: 06/12/1982
  • Fecha de publicación: 21/12/1982

Ámbito temático

  • Materia: Organización administrativa; Asuntos sociales y empleo
  • Submateria: Gobierno y Administración Pública; Trabajo y empleo

Texto legal

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Artículo cuarto -Este Real Decreto será publicado simultáneamente en el "Boletín Oficial del Estado" y en el "Boletín Oficial del País Vasco", adquiriendo vigencia a partir de su publicación. Dado en Palma de Mallorca, a veintisiete de Agosto de mil novecientos ochenta y dos. JUAN CARLOS R. El Ministro de la Presidencia, MATIAS RODRIGUEZ INCIARTE. ANEXO Juan Soler Ferrer, Secretario de la Comisión Mixta prevista en la disposición transitoria segunda del Estatuto de Autonomía para el País Vasco, CERTIFICA: Que en el Pleno de la Comisión celebrado el día 6 de abril de 1982 se acordó el traspaso a la Comunidad Autónoma del País Vasco del primer bloque de competencias correspondientes al artículo ll.l.c. del Estatuto de Autonomía, en los términos que se reproducen a continuación: A) Competencias que corresponden a la Comunidad Autónoma. El mencionado traspaso .se ampara en el artículo 11.1.c. del Estatuto de Autonomía, teniendo en cuenta, además, lo dispuesta en los artículos 10.25 y 20.3 y 5 del Estatuto de Autonomía. . B) Servicios e Instituciones que se traspasan. La Administración de la Comunidad Autónoma, en cuanto afecte a la aplicación de la Ordenación del Sector Pesquero, será informada en la elaboración de los tratados y convenios así como de los proyectos de legislación aduanera, de acuerdo con Io previsto en el apartado 5 del artículo 20 del Estatuto de Autonomía para el Parí Vasto. 1. Se transfiere a Ia Comunidad Autónoma la competencia en la distribución de licencias de pesca de acuerdo con las siguientes normas: El País Vasco ejecutará los Tratadas y convenios en todo lo que afecte a la Ordenación del Sector Pesquero del País Vasco, según lo establecido en el artículo 203 del Estatuto de Autonomía para el País Vasco.consecuentemente la Administración de la Comunidad Autónoma elaborará y ejecutará Ios planes de pesca que se deriven de los Tratados y Convenios. La Administración del Estado asignará a la Comunidad Autónoma Vasca el número de licencias cupos y permisos temporales de pesca que en cada caso y momento le correspondan. 2. Se transfiere a la Comunidad Autónoma la competencia en la autorización de los permisos de construcción de buques de pesca, de acuerdo con las siguientes normas: a) Los armadores del País Vasto precisarán la autorización de la Administración del País Vasco para la construcción de buques de pesca. b) La autorización o, m su caso, la denegación para la construcción se emitirá por la Administración del País Vasco, conforme a los criterios sobre la Ordenación del sector Pesquero se hallen establecidos en la Legislación Básica del Estado y en las disposiciones legales de su desarrollo que establezca la Comunidad Autónoma Vasca. c) Los armadora de pesca del País Vasco presentarán el expediente de construcción a la Administración del País Vasco. Aprobado el expediente por la Administración del País Vasco, ésta lo remitirá a la Administración del Estado para que proceda al análisis de los aspectos no relacionados con la competencia de la Comunidad Autónoma m la Ordenación del Sector Pesquero. d) La Administración del Estado, una vez examinado el expediente, lo remitirá con el informe correspondiente a la administración del País Vasco, para que ésta a su vez comunique al interesado la autorización o denegación fundamentada. e) Si la Administración Vasca, conforme a los criterios que sobre la Ordenación del Sector Pesquero se encuentran establecidos en la Legislación Básica del Estado y en las disposiciones legales de su desarrollo que dicte la Comunidad Autónoma Vasca, negase la autorización para la construcción, informará a la Administración del Estado de la petición, así como de la denegación resuelta y sus causas, con archivo del expediente. C) Bienes, derechos y obligaciones del Estado que se traspasan a la Comunidad Autónoma del País Vasco. ,No se producen traspasos a la Comunidad Autónoma del País Vasco en este apartado. D) Personal adscrito a los Servicios r Instituciones que se traspasan. N° se producen traspasos a la Comunidad Autónoma del País Vasco en este apartado. E) Puestas de trabajo vacantes. No se producen traspasos a la Comunidad Autónoma del País Vasco en este apartado. F) Créditos Presupuestarios. No se producen traspasos a Ia Comunidad Autónoma del País Vasco en este apartado. G) Ejecutividad de las transferencias. Sin perjuicio de la entrada en vigor del Real Decreto aprobatorio del presente Acuerdo, los traspasos serán efectivos a partir del día 1 de Julio de 1982. Y para que conste, se expide el presente certificado en Madrid, a 6 de Abril de 1982. -El Secretario de la Comisión Mixta. Juan Soler Ferrer.El Real Decreto 3.228/82, de 15 de Octubre, recoge en sus mismos términos el acuerdo del Pleno de la Comisión Mixta de Transferencias del día 16 de Setiembre de 1982 sobre Traspaso de Servicios en Materia de Mutualidades no integradas en la Seguridad Social. En virtud de lo establecido en el articulo segundo del Real Decreto 2.339/80, de 26 de Setiembre, y a propuesta del Titular del Departamento de Sanidad y Seguridad Social, previa deliberación del Gobierno Vasco en su reunión de seis de Diciembre de mil novecientos ochenta y dos, DISPONGO: Artículo I.° Se aprueba el acuerdo de la Comisión Mixta de Transferencias en los términos establecidos por el Real Decreto 3.228/32 de 15 de Octubre y Anexo, y procédase a la publicación de los mismos en el Boletín Oficial del País Vasco.Artículo 2.° Las competencias, Servicios e Instituciones a que se refiere el mencionado acuerdo de la Comisión Mixta de Transferencias, quedarán adscritos al Departamento de Sanidad y Seguridad Social. Vitoria-Gasteiz, a 6 de Diciembre de 1982. El Presidente, CARLOS GARAIKOETXEA. El Consejero del Departamento de Sanidad y Seguridad Social, JESUS JAVIER AGUIRRE BILBAO. REAL DECRETO 3228/1982 de 15 de octubre sobre - traspaso de funciones y servicios del Estado a la Comunidad Autónoma del Pata Vasco en materia de Mutualidades no integradas en la Seguridad Social. El Estatuto de Autonomía para el País Vasco, aprobado por Ley orgánica tres/mil novecientos setenta y nueve de dieciocho de diciembre, en su artículo diez punto veintitrés asigna a la Comunidad Autónoma del País Vasco la competencia exclusiva en materia de Mutualidades no integradas en la Seguridad Social Por consiguiente; procede traspasar a esta Comunidad Autónoma los servicios del Estado inherentes a tal competencia. La Comisión Mixta prevista en la Disposición transitoria segunda del Estatuto de Autonomía ha procedido a concretar los correspondientes servicios del Estado que deben ser objeto de traspaso a la Comunidad Autónoma del País Vasco adoptando al respecto el oportuno acuerdo en su sesión del Pleno celebrado el día dieciséis de septiembre de mil novecientos ochenta y dos. En su virtud, en cumplimiento de lo dispuesto en la citada Disposición transitoria del Estatuto de Autonomía para el País Vasco, a propuesta de los Ministros de Trabajo y Seguridad Social y de Administración Territorial y previa deliberación del . Consejo de Ministros en su reunión, del día quince de octubre de mil novecientos ochenta y dos; DISPONGO: Artículo primero: Se aprueba el Acuerdo de la Comisión Mixta prevista en la Disposición transitoria segunda del Estatuto de Autonomía para al País Vasco, por el que se concretan los servicios y funciones que deben ser objeto de tras aso a la Comunidad Autónoma del País Vasco en materia de Mutualidades no integradas en la Seguridad Social adoptado por el Pleno de dicha Comisión, en su sesión del día dieciséis de septiembre de mil novecientos ochenta y dos, y que se transcribe como anexo del presente Real Decreto.Artículo segundo: En consecuencia quedan traspasados a la Comunidad Autónoma del País Vasco los servicios y funciones que se relacionan en el referido Acuerdo de la Comisión Mixta, en los términos y con las condiciones allí especificadas.Artículo tercero: Estos traspasos serán efectivos a partir de la fecha señalada en el Acuerdo de la Comisión Mixta. Artículo cuarto.-Este Real Decreto será publicado simultáneamente ,en el Boletín Oficial del Estado. y en el Boletín Oficial del País Vasco, adquiriendo vigencia a partir de su publicación.DISPOSICION ADICIONAL Se cancelarán en el Presupuesto del Estado créditos equivalentes, como mínimo al seis coma veinticuatro por ciento del importe de aquéllos que, a nivel estatal, corresponden a las competencias asumidas y a los servicios transferidos y cuyo detalle consta en el referido acuerdo de la Comisión Mixta de Transferencias. Dado en Madrid a quince de octubre de mil novecientos ochenta y dos. JUAN CARLOS R. El Ministro de la Presidencia, MATIAS RODRlGUEZ INCIARTE ANEXO Don Juan Soler Ferrer Secretarlo de la Comisión Mixta prevista en la Disposición transitoria segunda del Estatuto de Autonomía para el País Vasco, CERTIFICA: Que en el Pleno de la Comisión, celebrado el día 18 de septiembre de 1982, se acordó el traspaso a la Comunidad Autónoma del País Vasco de los servicios en materia de Mutualidades no integradas en la Seguridad Social, en los términos quo se reproducen e continuación. A) Competencias que corresponden a la Comunidad Autónoma. . El traspaso de las funciones y servicios que el Estado presta en la Comunidad Autónoma del País Vasco en materia de Mutualidades no integradas en la Seguridad Social, se ampara en el artículo 10, apartado 23, del Estatuto de Autonomía. B) Servicios e Instituciones que se traspasan. 1. La Comunidad Autónoma del País Vasco pasará a ejercitar a partir de la fecha que se señala las funciones que hasta el presente ostenta la Administración del Estado en lo que afecta a las Mutualidades no integradas en la Seguridad Social y que tengan su domicilio social en el ámbito territorial del País Vasco. Asimismo, la Comunidad Autónoma del País Vasco ejercerá las competencias que a la Administración del Estado corresponden respecto a las Federaciones, Asociaciones o Agrupaciones de tales Entidades,.siempre que aquéllas cumplan el requisito establecido en el párrafo anterior. A tales efectos se entiende por Mutualidades no integradas en la Seguridad Social, las Asociaciones actualmente sometidas a la Ley de A de diciembre de 1941, que con aquella denominación, o cualquiera otra ejercen una modalidad de previsión con carácter social o benéfico y sin ánimo de lucro, encaminada a proteger a sus asociados o a sus bienes contra circunstancias o acontecimientos de carácter fortuito y previsible a las que están expuestas mediante aportaciones directas de los asociados o precedentes de otras Entidades o personas protectoras. 2. El Ministerio de Trabajo y Seguridad Social ejercerá las competencias anteriormente mencionadas respecto de las Entidades de Previslón que actúan eh sustitución de las Entidades Gestoras en la gestión de las contingencias correspondientes del Régimen General o de los Regímenes Especiales de la Seguridad Social, así como de las Entidades Colaboradoras en la gestión de la SegurIdad Social por conceptuarse todas ellas integradas en esta última. 3. Queda reservado, dentro del Ministerio de Hacienda a la Dirección General de Seguros, el informe a que se refieren los artículos 28 y 27, del Decreto de 28 de mayo de 1943, en los términos establecidos en dichos preceptos, sin perjuicio de las competencias que corresponden a la Comunidad Autónoma Vasca en virtud de su Estatuto. 4. Al objeto de su integración en la relación de Entidades de Previsión Social existentes fuera del ámbito territorial de la Comunidad Autónoma del País Vasco se remitirá semestralmente, por los órganos competentes de dicha Comunidad Autónoma, al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social detalle de las variaciones que se produzcan en el Registro Especial de este tipo de Entidades que a tal efecto se lleve en la Comunidad Autónoma del Pata Vasco. 5. Al no existir servicios e Instituciones de ámbito territorial que ejerzan las funciones que se traspasan, no ha. lugar a la transferencia de los mismos. C) Bienes, derechos y obligaciones del Estado que se traspasan. Se traspasa al Gobierno Vasco toda la documentación de Entidades de Previsión Social cuya enumeración consta en la relación, número 1, y que obra en el Registro que s tal efecto s halla establecido en el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social. D) Personal adscrito a los Servicios e Instituciones que se traspasan. El personal adscrito al servicio dentro del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social realiza las funciones objeto de transferencia a nivel central de manera indiferenciada para todas las Entidades existentes en todo e, territorio nacional y no son, objeto de traspaso, sin perjuicio de lo dispuesto en la letra E) siguiente. E) Valoración provisional de las cargas asumidas a nivel estatal por el País Vasco, correspondientes a los servicios traspasados. , La asignación presupuestaria integra que a nivel estatal y según el presupuesto inicial de gastos para 1982, corresponde a los servicios que ejercen las competencias en todo el territorio nacional respecto a las Entidades de previsión que son objeto de transferencia asciende a 9.908.059 pesetas, según el detalle que figura en la relación número 2. F) Efectividad de las transferencias. Este traspaso será efectivo a partir del día 1 de julio de 1982. Y pata que conste expido la presente certificación en Madrid a 18 de septiembre de 1982.-Juan Soler Ferrer. RELACION NUMERO 1 Entidades de Previsión Social cuya documentación se traspasa al Gobierno Vasco Número Registro Provincia Alava 73 Sociedad de Socorros Mutuos «La Azucarera Alavesa», Gobeo 513 Asociación de Socorros contra Enfermedades de la Fabrica de San Pedro de Araya. Mayor, 59, bajo. Araya 1.168 Mutualidad Catequística de Vitoria., Villa Suso. Vitoria. 1.234 Montepío de Conductores «Alaya Automovilista». Independencia, 9 Vitorla. 1.395 «La Previsora». Mutualidad de Seguros Sociales, José Antonio Primo de Rivera, 5 Vitoria. 1.500 Montepio Diocesano Paseo de la Florida 3 Vitoria. 2.506 Mutualidad de Previsión Social de «·Sierras Alavesas». Sierras Alavesas 1 Vitoria 2.515 Mutalidad de Trabajadores de Aceros de Llodio Sociedad Anónima, y Tubos Especiales de Olarsa Sociedad Anónima «Mutraceros» Montepío da Previsión Social de Servicios Limitados. Barrio Gondea, Apartado 606 Llodio. 2.542 Sociedad de Previsión Social para Socorros a Enfermos de la Empresa «·Heraclio Fournier»·. Heraclio Fournier 17. Vitoria 2560 Caja de Socorros de Previsión para los Productores de General Quimica, S. A. Kilómetro 4 Carretera Miranda-Puentalavia, Comunión - Salcedo 2.650 Caja de Ayuda y Previsión del colegio de Médicos de Alava. Genaral Alava, 28 1 ° Vitoria. 2.761 Mutualidad de Previsión Social de Industrias de Mendoza S A Portal de Gamarra 56 Vitoria. 2.800 Caja dé Asistencia a Trabajadores de Lázaro ltuarte, Montepio de Previsión' de Servicios Limitados. Landacano 49. Amurrio. 2.853 - Montepío de Previsión Social «Alejandro Echavarria·» MEVOSA. Avenida Huetos 73 y 2.883 Montepio de Previsión Social «Aréitio», Felicias de, Alave 2 Vitoria. 2.914 Sociedad Mutua de Previsión Social de Aranzábal, Sociedad Anónima. Castilla, 14 Vitoria. ' 3.042 Caja de Asistencia de Trabajadores de F Otaole Sociedad Anónima. San Lorenzo, 40. Edificio dé F Otaola S A Luyando. 3.106 Saciedad Mut de Previsión Social del Personal de «Agrator» S. A, Carretera de Mungui, kilóme tro 5 5 Vitoria. 3.023 Sociedad de Socorros Mutuos «Grupos Diferenciales» , Carretera Vergara 32. Vitoria 3.024 Caja de Socorros de Previsión Social para Productores de la Empresa Cablerías del Norte S. A., «Cablenor». Avenida de los Olmos 1. Vitoria 3.026 Mutua de Previsión Social «Echevarría.» Carretera de Vergara; 28. Vitoria. Provincia Guipúzcoa 126 Caja de Previsión y Socorros de Empleados y Obreros de Máquinas dv Coser ·Alfa S. A.. Eibar 239 Hermande de Trabajadores de la Unión Cerrajera «·Hetruo·» Avenida Viteri, 14 Mondragón 248 Asociación de Obreros Católicos del Purísimo Corazón de María: Euskal-Erria, 7-1. San Sebastián. 268 Mutualidad de Previsión dvl Personal de Bonifacio Echevarría S. A. Fábrica de Armas STAR, Avenida Bilbao, número 4, Eibar. 494 Caja de Pensiones de Agentes de Aduanas. Paseo de ColónTe Irún 739 Montepio de los Empleados de las Agencias de Aduanas y Casa Consignatarias, de Pasajes. Edificio de Aduanas Pasajes 805 Hermandad Sanitaria de San Juan Bautista. Avenida Navarra 9 Mondragón 858 Sociedad de Socorros Mutuos de Artesanos. Jardines, número 20. Eibar 951 Socorros .Mutuos del Clero.. Cancelada el 25 de noviembre de 1981 1.098 Montepío de Conductores San Cristobal de Guipúzcoa, Urbieta 14 San Sebastián. 1.238 Antigua iJnión Pemillar. Trueba 7. San Sebastián. 1.560 La Fraternidad 18 de julio 2. lrún. 1.821 Caja de Previsión de los Trabajadores Portuarios de San Sebastián. Almacén numero 4 dei Puerto, San Sebastián. No funciona por haber incluido su colectivo en el Régimen correspondiente de la Seguridad Social. 1.880 Mutua Previsora Mercantil de Guipúzcoa. Churruca, número 2 San Sebastián 1.910 Mutualidad de Previsión Sanitaria de Empleados de Patricio Echevarría, S. A. Calvo Sotelo, 10. Legazpia. Número Registro 2.161 Caja de Previsión de Empleados y Obreros de Cementos Rezola. Añorga. 2.168 Caja da Socorros de Empleados y Obreros de la Compañía Auxiliar de Ferrocarriles. José Maria Iturriez 19 Beasaín. 2.264 Sociedad de Socorros Mutuos del Glorioso Apóstol San Felipe. Magdalena, 2. Mondragón. 2.346 Iparraguirre. Sociedad de Socorros Mutuos. Iparraguirre 11. Villarreal de Urrechua 2.462 Mutualidad de Previsión del Personal de la Junta dv Obras del Puerto de Pasajes. Edificio de las nuevas oficinas del Puerto Pasajes 2.605 Caja de Previsión Social de Empleados y Obreros de Safe, Neumáticos Michelín. Fábrica Michelín. Lasarte. 2.721 -Caja de Socorros Mutuos para Empleados y Obreros afectos a Luso. Española do Porcelanas S. A. Fébrica de Bldasoa. Barrio de Ventas Irún 2.769 Mutualidad de Previsión Social de las embarcaciones de Bajura de Guipúzcoa. Sancho El Sabio, 10. San Sebastián. 2.798 Mutualidad de Previsión Social de Empleados y Obreros de Cementos Alberdi, S. A. Barrio Arrena. Estación Cestona. 2.827 Caja de Previsión para Enfermedad de Empleados y Obreros de Ayala, S. A. Barrio Igare, sin número. San Sebastián 2.858 Caja de Previsión y Asistencia SociaI «José Maria Aristrain, S. A.» Kilómetro 419. Carretera MadridIrún. Olaberria. 2.976 Lagún-Aro. Ladera Olandixo, 513. Mondragón 3.000 Caja de Ayuda Mutua de Personal de Chocolates Elgorriaga, S. A. Ejército Español, sin número: Irún. Provincia Vizcaya 42 Mutualidad de Obreros y Empleados de la Sociedad Anónima Echevarria. Simón Bolivar, 7, 2. Bilbao. 53 ` Mutualidad de Obreros y Empleados de Firestone Hispania, S, A. Apartado de Correos 406 San Miguel de Basauri. 135 Sociedad de Socorros Mutuos de Viajantes y Representantes del Norte de España, SURNE. Alameda de Urquijo 9. Bilbao 183 Caja de Previsión del Personal de la Naviera Aznar, Sociedad Anónima Bilbao. 258 Sociedad Benéfica de Socorros de loe Obreros de Astilleros Españoles S A Factoría de OlareagaAsua. Plaza del Sagrado Corazón 3 Bilbao 362 Sociedad de Socorros de los Obreros de la S. A Ter lleres de Deusto. Ribera de Botica Vieja 17. Bilbao. Pendiente de cancelar, no remite documentación desde 1978. 423 Montepío de Conductores, Sociedad Automovilistica Bilbaina. Autonomia, 30, i. Bilbao. _ 1.030 Sociedad de Socorros de Fallecimientos Virgen de Begoña, 7, 1. San Sebastián de Basauri-Dos Caminos 1.153 Sociedad Benefica de Socorros de los Obreros de le Fábrica de DEKL. EARLE. Apartado 80, de Bilbao. Lejona. 1.402 M Comercial Sociedad de Seguros Mutuos contra Accidentes de Trabajo. Bilbao. Pendiente de cancelar actúa como Mutua Patronal 1.478 Montepio Español de Pelotaris de Cesta a Punta. Idamaga 4 Marquina. 1.922 Hormandad de Difuntos Bakartasuna «La Soledad». La Plaza Cemuri 2.016 Montopio de Agentes y Comisionistas de Aduanas. San Vicente, -sin número. Edificio Albia, noveno. Bilbao. 2.040 «Azoque», Mutualidad de Previsión Social, San Andrés 2. Arrigorriaga. 2.045 Caja de Pensiones de Retiro de Ia Compañía de los Ferrocarriles de La Robla Bailén, 5 Bilbao. Pendiente de cancelas, su colectivo está incorporado al Régimen correspondiente de la Seguridad Social. 2.370 Montepio de Previsión del Igualatorio Médico Quirúrgico Máximo Aguirre 18 bis. Bilbao. 2.405 Caja de Socorros y Previsión para Productores dv la Sociedad Espeñola de Construcciones Babcock-Wilcok S A. San Salvador del Valle. Galindo 2.572 Mutualidad do Previsión Socia: «Hermandad del Barrio de Elocherri Lujua». No remiten documentación alguna desde 1974 pendiente de cancelar 2.579 Caja de Asistencia y Prevsión Social para Productores de La Empresa, S. A. GEIS. Particular da Berencua 1 Bilbao. 2.584 Hermandad de Santa María. Plaza de España 1 Ochandiano. 2.603 Hermandad Parroquial da Nuestra Señora do Fátima. Camino de Luchana, 5. Enecuri. Número Registro 2.604 Mutualidad Funeraria de Previsión Social. Plaza de la Viotoria, i. San Salvador del Valle. 2.625 Mutualidad Funeraria de Previsión Social de San Pedro de Cabrieces. Banderas de Vizcaya, 4 bis. ' Lonja Santurce 2.626 Mutualidad de Previsión Social de La Rigada. Ayuntamiento de Musquea La Rigada 2.892 Sociedad de Socorros Mutuos y de Previsión Social. «La Previsora·» Barrena, 1,. entreplanta. Miravalles. 2.669 Mutualidad Funeraria de Previsión Social. La Cuesta. San Román de Ciérvana. 2.672 Caja de Previsión Social para obreros de Altos Hornoa de Vizcaya, S. A. Carmen, 2. Baracaldo. 2.673 Caja de Socorros de Previsión para Productores de Izar, S. A. Jaime Jáuregui, 37. Amorebieta. 2.678 Caja de Socorros de Previsión Social pasa Productores de la factoría de Sestao de .la Sociedad Española de Construcción AESA. Sestao. No funciona desde 1977 Pendiente de cancelar. 2.681 Mutualidsd Funeraria de Previsión Social «San Bernabé» Urioste sin número. Ortuella 2.694 Mutualidad de ,Previsión Social Benéfico Funeraria de Lejona. Lejona. 2.695 Mutualidad Funeraria de Previsión Social. Estación, número 4 Lemona. 2.700 Ca a de Socorro de Previsión para Productores. de Formica Española, S. A. Avenida José Antonio, 54. Zuazo Galdácano. 2.701 Mutualidad Funeraria de Previsión Social «San Pedro Apóstol.», de Basauri. Centro Social .San Pedro Apóstol Basauri. 2.709 Hermandad de Previsión Social de Ganado Vacuno, Usánsolo. Galdacano. No ha remitido documentación alguna desde 1974 pendiente de cancelar. 2.716 Mutualidad de Previsión Social de Sanfuentes. Centro Social Parroquial Sanfuentes·. Gallarta 2.723 Caja de Socorros de Previsión para Productores de los Talleres de Zorroza. Muelle del Astillero, 23. Zorroza. 2.725 Hermandad Nueva de San Juan. Jurre. 2.728 Caja de Socorros de Previsión pera Productores de la Sociedad Anónima. Fundicionés de Calidad «·Metacal·» Harrondo sin número. Echevarría 2.742 Hermandad Parroquial de San Martin de Zamudio. Centro Sociel Parroquial. Zamudio. 2.752 Caja de Socorros de Previsión Social de la Empresa municipalizada del Nuevo Matadero de Bilbao. San Juan 28 Zorroza. 2.753 Mutualidad de Previsión Social .San Pedro·. Casa Social ·Pio XII·. Las Carreras. Gallarta. 2.757 Caja de Socorros de Previsión para Productores, Sociedad Anónima, Fundición Bolueta y Sociedad Santa Ana de Bolueta. Santa Ana, 10 Bolueta. Bilbao. 2.781 Caja de Socorros y Previsión Social para Productores de Seida S. A. Marino Andrés 4 . Zorroza. 2.785 Caja de Socorros de Previsión Social para Productores de la Empresa Icoa, S. A. Plaza San Vicente, sin número edificio «Albia» planta 12 Bilbao Caja de Socorros de Previsión, Social de los Productores de la Fabrica de Zuazo y Guturribay de la Unión Española de Exploslvos, S. A. Galdácano. Zuazo. 2.793 Caja de Socorros de Previsión Social para Productores de Tarabusi, S. A. Zorrozaure, 16. Bilbao. 2.795 Caja de Socorros de Previsión para Productores de Juan Jose Krug, S. A. Avenida Montevideo, sin número. Bilbao. 2.799 Mutualidad de Previsión Social, Hermandad Parroquial de San Isidro de Derio. Centro Parroquial. 2.802 Hermandad Onena de Previsión Social de Seguros Mutuos Contra Incendios. Casa Consistorial. Galdácano. 2,804 Mutualidad de Previsión Social «San Cristóbal de Repelega. Grupo Alonso Allende, sin número. Parroqía Repelega. Portugalete 2.805 . Mutualidad de previsión Social Funeraria «.San Adrián·». Goico, torre 3. Bilbao. 2.807 Caja de Socorros de Previsión para Productores de la Compañía Española de Plásticos, S. A. Aríz. Avenida Cervantes, 59 Ariz. Basauri. 2.808 Mutualidad de Previsión Social «Hermandad Parroquial de Santa María de Lezama». Santa María de Lezama. 2.811 Montepío de Previsión Social Complementaria dei Personal de la S. A. Talleres de Guernica. Vega de Arribe 3 Guernica. 2.813 Mutualidad de Previsión Social «Ara-Bella». Ara Bella 71 Begoña 2.815 Hermandad de Seguro Mutuo de Previsión Social contra la Mortalidad, Enfermedad y Accidentes del Ganado Vacuno. Plaza de El Molinar. Gordejuela. 2.825 Hermandad de Previsión Social de Seguros Mutuos contra Incendios Murueta. Voyerría, 20. Murueta. Número Registro 2.848 Sociedad de Socorros Mutuos «San Igñacio». Francisco de Ibarra, 2. Durango 2.949 Caja de Previsión Social «Baltogar - Dos, S. A ». Carretera de Gatica Km. 1. Munguía. 2.851 Caja de Socorros Previsión para Productores de la Empresa Beta S. A. Zorrozaurre 2. Bilbao 2.854 Mutualidad de Previsión Social para los Productores de Hijos de Ortiz de Zárate. Agustín Mendizabal, número 23 Barrio Zaballera. Durango. 2.861 Hermandad Erricoechea de Previsión Social de Seguros Mutuos contra Incendios. Barrio de San Isidro. Derio. 2.865 Hermandad de Previsión Social de Ganado Vacuno «Al Antigua», del barrio de Axpe Manzana. Valle de Ochondo. Casa Consistorial. Axpe. Manzana 2.870 Caja de Asistencia de Enfermos de Sagardui S. A. Orduña. No funciona desde 1976 pendiente de cancelar 2.877 Caja de Previsión de ·«Aluminios Earle, S. A». Barrio Euba. Amorebieta. Echarro. Bilbao. 2.887 Mutualidad de Previsión Social «.Ocharooaga». Bloque 47 Lonja. Ocharcoaga. 2.892 Hermandad de Seguros contra Incendios de la Anteigiesia de Abadiano. Casa Consistorial. Abadiano. 2.897 Caja de Socorros de Previsión para Prestaciones complementarias para Productores de la S A. Cementos Portland de Lemona Arraibi 40 Lemona 2.900 Hermandad Reparadora Galdacano de Previsión SOcial de Seguros Mutuos contra Incendio y Rayo. Casa Consistorial Galdacano. 2.905 Caja de Socorros de Previsión Social para Productores de Hierros «Arbulu» Carretera Repelega. Portugalete. No funciona desde 1972, pendiente de cancelar. 2.921 Caja de Hermandad para Productores de Industrias Quimicas de Luchana, S. A. (INDUQUIMICA) . Florlda sin número Luchana Baracaldo. 2.922 Caja de Socorros de Previsión Social para los Obreros de la Empresa Universal Pattern Ibérica 'S. A. José Luis Goyoaga, 14 Erandio. Bilbao. No funciona desde 1978 pendiente de cancelar. 2.924 Caja de Socorro de Previsión para Productores de consormi S. A. Ribera da Zorrozaure, 18. Deusto. , Bilbao. No funciona desde 1975, pendiente de cancelar. 2.927 Caja de Socorros de Previsión Social para Productores de Cromo Duro, S. A. Zorrozaurre, 12. Bilbao. 2.929 Caja de Previsión Social San Isidro· para Productores de Agria Hispana, S. A.. Euba. Amorebieta 2.944 Mutualidad de Previsión Social .Danok - Bat (Todos Uno).. Aranero 15 Bajo Lonja Bilbao. 2.945 Caja de Previsión Social para Productores de le Empresa Manufacturas Alfa, S. A. Barrio San Antolin, 128-129. Derio 2.948 Caja de Previsión Social para Obreros y Empleados de la Empress La Industrial Cerrajera Sociedad Anónima (LINCE). Generalisimo, 42 Elorrio. 2.954 Hermandad «Conchita» de Previsión Social. C. Arena Lupardo 2. Miravalles 2.962 Caja de Socorros para Obreros de Talleres Zar, S. A. Ribera de Zorrozaurre 15. Bilbao. 3.004 Caja de Socorros de Previsión para Productores de do Hermanos y cía S. A. Avenida del Ejército sin número. Bilbao ' 3.008 Caja de Asistencia de Enfermos de Grane Fisa Sociedad Anónima. Plaza del Funicular 1. Bilbao. 3.021 Caja de Socorros de Previsión Social Social para Practicantes ATS del lgualatorio Médico-Quirurgico, Sociedad. Anónima, de Bilbao. Máximo Aguirre, 18. Bilbao. 3.031 Previsión Social para la Sociedad de Socorros Pro Fallecimientos de San Juan. San Juan 2. Yurre. 3.032 Mutualidad de Previsión Social Hermandad Funeraria de San Pedro Apóstol de Dima. Plaza sin número Dima. 3.043 Caja de Previsión Social Juan Urrutia·, de Iberduero Cardenal Gadoqui,8 3.047 Mutualidad de Previsión Social F. A. E. Aperribay, número 17. Lonja. Galdácano. 3.054 Hermandad de Ganado Vacuno de Previsión Social. Bar Vda de Aldaura 15. Irazagorría Gordejuela. 3.055 Mutualidad de Previsión Social ·Ibai Eder (Ría Hermosa) . Plaza de España i. Ibbai Eder. 3.064 Caja de Previsión de Empleados de lgualatorio Médico-Quirúrgico S. A Máximo Aguirre 18 Bilbao. 3.067 Mutualidad de Previsión Social Hermandad de Socorros Mutuos de Fallecimiento de San Juan de Bedis. Barrio Elejalde sin número. Bedia 3.068 Hermandad para seguro Mutuo de Ganado Vacuno «Nuestra Señora del Rosario», de Zolla. Barrio de la Carretera 241. Zalla. 3.079 Mutualidad dé Previsión Social Hermandad de Socorros Mutuos de Fallecimiento P. A. K. E. Parroquia San Bernabé. Erleches Galdácano 3.117 Mutualidad de Previsión Social de Gallarta. Parroquia de Santa Juliana de Abanto. Gallarta. TABLA