Elecciones Parlamento Vasco 2024. Electorado. ¿Cómo votar? Voto por correo de residentes temporalmente en el extranjero (ERTA)

¿Quiénes pueden votar?

Puedes utilizar esta modalidad de voto por correo si cumples las dos condiciones siguientes:

  • Resides temporalmente en el extranjero entre la convocatoria de las elecciones al Parlamento Vasco y su celebración.
  • Estás inscrito o inscrita en el Registro de Matrícula de tu consulado como «no residente».

Debes tener en cuenta que, una vez que presentes la solicitud de voto por correo, ya no podrás votar presencialmente.

Presta especial atención a los siguientes plazos:

  • Solicitud de voto por correo: del 27 de febrero al 23 de marzo (ambos inclusive)
  • Envío del voto a la mesa electoral: del 26 de marzo al 18 de abril (ampliado por acuerdo del 3 de abril de la JECA) (ambos inclusive)

 ¿Cómo hago la solicitud?

  1. Rellena el impreso de solicitud, que podrás obtener:
    1. Recogiéndolo en la oficina o secciones consulares.
    2. Descargándolo de la web del Gobierno Vasco o de la del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación.
  2. Cuando recojas el impreso de solicitud, comprueba si estás inscrito o inscrita en el Registro de Matrícula del Consulado como «no residente». En el caso de no estarlo, puedes inscribirte en ese momento o cuando vayas a entregar la solicitud.

Una vez rellenada tu solicitud, debes acudir a una oficina consular o sección consular y hacer lo siguiente:

  1. Entregar la solicitud, dirigida a la Oficina del Censo Electoral (OCE). Deberás indicar la dirección postal en la que deseas recibir la documentación.
  2. Acreditar tu identidad mediante DNI o pasaporte para que en el consulado verifiquen tu inscripción y comprueben que la firma de tu solicitud coincide con la de tu DNI o pasaporte.

El plazo para enviar tu solicitud de voto por correo es del 27 de febrero al 23 de marzo. 

La oficina o sección consular remitirá tu solicitud de voto por correo a la Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral

 ¿Cómo envío mi voto?

Una vez que reciban tu solicitud de voto por correo en la Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral, anotarán en el Censo Electoral que vas a utilizar esta modalidad de voto. De este modo, no podrás votar presencialmente en la mesa.

A continuación, la OCE te enviará al domicilio que has indicado en la solicitud o, en su defecto, al que figura en el Censo, la siguiente documentación:

  • hoja de instrucciones
  • papeletas de votación 
  • sobre de votación
  • certificado de inscripción en el Censo
  • sobre grande con la mención «Sr. presidente o Sra. presidenta de la mesa electoral»

Una vez recogida personalmente esta documentación, debes seguir los siguientes pasos:

  1. Elige la papeleta de la candidatura
  2. Introduce la papeleta en el sobre de votación
  3. Introduce en el sobre grande dirigido a la presidencia:
    1. el sobre de votación con la papeleta
    2. el certificado de inscripción en el Censo Electoral

Debes enviar el sobre a la mesa por correo certificado. Para ello, dirígete a una oficina postal del país en el que estás. Allí pondrán en el sobre un matasellos o inscripción oficial que acredite la fecha de presentación.

El último día de plazo para enviar el sobre es el 18 de abril (ampliado por acuerdo del 3 de abril de la JECA).

Te recomendamos que lo hagas lo antes posible para asegurar que lo reciben dentro del plazo.

Puedes solicitar la devolución de los gastos de franqueo de voto siguiendo estos pasos.

Más información en el RD 1621/2007.