Elecciones Parlamento Vasco 2024. Electorado. ¿Cómo votar? Voto por correo de residentes en España
¿Quiénes pueden votar?
Puedes votar por correo si:
- estás inscrito o inscrita en el Censo Electoral de Residentes (CER) en un municipio de Euskadi
- no te encuentras en la localidad donde te corresponde votar
- tienes una enfermedad o incapacidad
Si has solicitado el voto por correo ya no podrás votar presencialmente.
Presta especial atención a los siguientes plazos:
- plazo de solicitud de voto por correo: del 27 de febrero al 11 de abril (ambos inclusive)
- plazo de remisión del voto a la mesa: del 1 al 18 de abril (ampliado por acuerdo del 3 de abril de la JECA) (ambos inclusive)
¿Cómo hago la solicitud?
- Presencialmente: debes presentar personalmente la solicitud en una oficina de correos. El personal de correos te pedirá que enseñes un documento acreditativo original de tu identidad (DNI, pasaporte o permiso de conducir) y comprobará la coincidencia de la firma entre la solicitud y ese documento. El impreso de solicitud lo puedes obtener de dos medios:
- En la oficina de Correos: donde te darán el impreso de solicitud para que lo rellenes, lo firmes manualmente y lo entregues en la oficina.
- A través de la web del Instituto Nacional de Estadística (INE): se generará un impreso de solicitud que tienes que rellenar, imprimir, firmar manualmente y llevarlo a la oficina de Correos.
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On-line: A través de la web de Correos se generará una solicitud con tus datos que puedes firmar electrónicamente. Es imprescindible disponer de DNI electrónico o de un certificado de persona física reconocido por el Ministerio de Industria y Turismo.
Cómo utilizar BakQ en cualquier trámite que admita certificados electrónicos
Ocurre con cierta frecuencia que una persona quiere tramitar algo de manera electrónica utilizando la BakQ fuera de las administraciones vascas y no sabe cómo hacerlo.
Un ejemplo lo encontramos en periodo electoral, cuando se quiere solicitar el voto por correo de manera electrónica o consultar el censo electoral.
Izenpe nos proporciona una solución utilizando la Tarjeta Virtual. Se trata de un software ligero que, si te lo descargas en tu ordenador y tienes la BakQ, te va a permitir hacer cualquier trámite electrónico en el que tengas que firmar digitalmente.
En la web de Izenpe encontrarás más información sobre:
- Qué es la Tarjeta virtual y cómo funciona
- Cómo descargar el software para Windows y MacOS
- Cómo hacer una prueba una vez que te has instalado Tarjeta Virtual
- Un ejemplo de uso
Para solicitar el voto por correo tienes el siguiente plazo: desde el 27 de febrero al 11 de abril, ambos inclusive. Te recomendamos que lo hagas lo antes posible para asegurar que lo reciben dentro del plazo.
¿Cómo envío mi voto?
Una vez que reciben tu solicitud de voto por correo en la Oficina del Censo Electoral (OCE), anotan en el Censo Electoral que vas a votar por correo. De este modo, no puedes votar presencialmente en la Mesa Electoral.
A continuación, la OCE te enviará al domicilio que has indicado en la solicitud, o, en su defecto, al que figura en el censo la siguiente documentación:
- hoja de instrucciones
- papeletas de votación
- sobre de votación
- certificado de inscripción en el censo electoral
- sobre con la mención «Sr. Presidente o Sra. Presidenta de la Mesa Electoral»
Una vez recogida personalmente esta documentación, debes:
- Elegir la papeleta de la candidatura por la que quieras votar.
- Introducir la papeleta en el sobre de votación y cerrarlo.
- Introducir en el sobre dirigido a la presidencia de la mesa electoral que te corresponde:
- el sobre de votación con la papeleta
- el certificado de inscripción en el censo electoral
- Cerrar el sobre y enviarlo a la mesa electoral.
- Debes ir a una oficina de correos y enviar el sobre, que no necesita franqueo, personalmente por correo certificado y urgente. El último día de plazo para enviarlo es el 18 de abril (ampliado por acuerdo del 3 de abril de la JECA). Te recomendamos que lo hagas lo antes posible para asegurar que lo reciben dentro del plazo. Si no puedes acudir personalmente a la oficina de correos para presentar la documentación electoral debes autorizar a otra persona para que la entregue en tu nombre. Tienes que firmar la autorización que deberá ir acompañada de una fotocopia de tu DNI o pasaporte y del DNI o pasaporte de la persona que autorizas.