Elecciones Parlamento Vasco 2020. Miembros de Mesa. Acuerdos e Instrucciones Juntas Electorales
JUNTA ELECTORAL CENTRAL (JEC)
Ayuntamientos:
- Consulta sobre si es competencia de los Ayuntamientos el almacenaje y reparto de papeletas, carteles y material electoral (Acuerdo JEC 27-10-2011)
- Consulta de un Ayuntamiento sobre el deber que incumbe a los Ayuntamientos de notificar las designaciones de los miembros de las Mesas (Acuerdo JEC 14-02-1996).
Locales electorales:
- Solicitud de un medio de comunicación de titularidad pública para instalar en un colegio electoral de un punto de conexión en directo con los informativos y programas especiales que se realicen en la jornada electoral del 20 de diciembre (Acuerdo JEC 15-12-2015).
- Solicitud a la JEC para que se designen locales electorales que sean públicos y tengan carácter aconfensional, y si no fuera posible, que en dichos locales no haya exhibiciones públicas de símbolos y emblemas de carácter político y/o confesional (Acuerdo JEC 10/04/2014).
Miembros de Mesas electorales:
a. Sorteo miembros de Mesa:
- Según Acuerdo de la JEC de 23-04-2014, el sorteo se realizará por el Pleno del Ayuntamiento en sesión pública. No obstante, cuando la legislación de régimen local lo permita el sorteo se podrá celebrar ante la Junta de Gobierno Local en sesión pública, cuando el Pleno del Ayuntamiento haya delegado esta competencia.
b. Excusas para no ser miembro de Mesa:
- Instrucción 3/2016, de 14 de septiembre, de modificación de la Instrucción 6/2011, de 28 de abril, sobre interpretación del art. 27.3 de la LOREG, sobre impedimentos y excusas justificadas para los cargos de Presidente y Vocal de las Mesas electorales (BOE nº 224, de 16/09/2016).
- Instrucción 6/2011, de 28 de abril, sobre los impedimentos y excusas justificadas de los cargos de la Mesa (BOE 30/04/2011) modificada por Instrucción 2/2014, de 11 de diciembre, sobre nueva excusa personal para cargos de la Mesa (BOE nº 307, de 20 de diciembre) y por Instrucción 3/2016, de 14 de septiembre, sobre interpretación del art. 27.3 de la LOREG para el caso de personas con discapacidad designadas miembros de Mesa (BOE nº 224, de 16/09/2016) y corrección de errores por Acuerdo JEC 11-10-2016.
c. Constitución de las Mesas y casos de participación de personas discapacitadas como miembros de la Mesa:
- Consulta sobre el horario de constitución de las Mesas (Acuerdo JEC 15-09-2011)
- Consulta sobre el derecho a ser componente de las Mesas las personas con la condición de sordas o con alguna discapacidad auditiva que ha solicitado a la Junta Electoral de Zona un intérprete de lengua de signos(Acuerdo JEC 30-06-2011).
- Reclamación para participar en las Mesas personas con discapacidad (Acuerdo JEC 25-06-2009).
- Formula queja ante el desplazamiento de los Presidentes de Mesas electorales hasta las puertas del local para recoger el voto de personas que por imposibilidad física no pudieron acceder al mismo (Acuerdo 15-07-1999).
d. Prohibición de portar camisetas de protesta y como resolver las reclamaciones del electorado:
- Consulta sobre la posibilidad de llevar puesta una camiseta con el logo y las siglas del partido por los interventores y apoderados, así como por sus votantes el día de la votación (Acuerdo JEC 06-05-2015).
- Consulta sobre el criterio a seguir sobre las reclamaciones presentadas en las Mesaspor el electorado (Acuerdo JEC 01-12-2011).
- Consulta sobre el criterio a seguir si los miembros de las Mesas y algunos votantes portan camisetas de protesta (Acuerdo JEC 20-11-2011).
e. Presencia de medios de comunicación en los Locales o Colegios electorales el día de la votación:
- Derecho a informar y a la toma de imágenes: Límites (Acuerdo JEC 15-12-2015)
f. Firma de las credenciales de nombramientos de los miembros de Mesas por los Secretarios de ayuntamientos:
- Consulta de la JEZ de Ocaña sobre si cabe la delegación de dichas firmas a los secretarios municipales (Acuerdo JEC 21-03-2019).
g. Actas electorales y manual de instrucciones:
- Modelos de actas electorales y borrador del manual de instrucciones de las Mesas electorales para las elecciones al Parlamento Vasco de 12 de julio de 2020, comunicando que su contenido es idéntico al de las elecciones al Parlamento Vasco que se convocaron para el pasado mes de abril (Acuerdo JEC 28-05-2020).
Voto nulo:
- Recurso del PP contra acuerdo JEC de 25 de abril sobre la nulidad del voto emitido en un sobre en el que únicamente figura una papeleta de 2016. La JEC acuerda desestimar el recurso por considerar que existen dudas razonables sobre la exacta voluntad del electorado al no haber escogido una papeleta del proceso electoral en curso (Acuerdo JEC 28-04-2019).
- Instrucción 1/2012, de 15 de marzo, sobre las alteraciones en las papeletas de votación (BOE 19/03/2012), que se complementa con la STC 158/2015, de 14 de julio de 2015, sobre la validez de 2 votos emitidos en papeletas a las que se había recortado el espacio inferior en blanco de las papeletas (Ver FJ.4º) (BOE nº 194, de 14 de agosto).
JUNTA ELECTORAL COMUNIDAD AUTÓNOMA (JECA)
Actas y manual
- Solicitud del Director de Régimen Jurídico, Servicios y Procesos Electorales de supervisión por la Junta Electoral de la Comunidad Autónoma de Euskadi del modelo de actas y del manual de instrucciones para miembros de mesas (Acuerdo JECA 28-05-20 (PDF, 115 KB) (PDF))
Identificación del electorado para votar
- Acuerdo en relación con la consulta sobre identificación de los electores el día de la votación. (BOPV nº 199, de 3 de octubre de 1990).
- Instrucción sobre los medios de acreditación documental de la identidad del votante. (BOPV nº 68, de 6 de abril de 2001).
Identidad de género
- Ikusgune remite enlace para la guía de buenas prácticas, destinada a que, en la jornada de votación en las mesas electorales se pueda ejercer, con todas las garantías, el derecho a voto por parte de las personas cuya identidad de género no corresponde con la figura en su documentación oficial (Acuerdo JECA 28-05-2020 (PDF, 116 KB) (PDF)).
Fecha de última modificación: