Elecciones Parlamento Vasco 2020. Calendario. Residentes permanentemente en el extranjero.
Voto de residentes que viven permanentemente en el extranjero (CERA) .
HITOS PRINCIPALES | CALENDARIO | BASE LEGAL |
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Remisión por DPOCE al domicilio de la persona electora inscrita en el CERA del impreso de solicitud del voto. | 20 mayo a 13 junio | 75.1 LOREG |
Remisión por electorado a la DPOCE del impreso de solicitud del voto. |
20 mayo a 13 junio (plazo ampliado hasta el 16 de junio, martes) |
75.1 LOREG |
Remisión por DPOCE a domicilio electorado documentación electoral para votar. | 16 a 22 junio (1) | 75.2 y .3 LOREG |
El electorado puede entregar este voto: | 75.4 y 5 LOREG | |
a) Por correo certificado a la Oficina Consular en la que está inscrito. | 17 junio a 7 julio (plazo ampliado hasta el sábado 11 de julio) | |
b) Depositando el voto en la urna del Consulado en el que está inscrito. | 8 a 10 julio (plazo ampliado hasta las 20 horas del domingo 12 de julio –horario peninsular-) | |
Envío por las Oficinas Consulares al Ministerio de Asuntos Exteriores de los sobres depositados en la urna por el electorado, de los recibidos por correo hasta el día 7 julio y del acta expedida por el funcionario consular. | 11 julio | 75.8 LOREG |
Remisión por el Ministerio de Asuntos Exteriores a las JETHs de los sobres depositados por el electorado en las urnas consulares y del voto por correo recibido en los Consulados. | 11 a 12 julio | 124 bis.2 LEPV / 75.10 y 11 LOREG |
Voto por correo de residentes que viven permanentemente en el extranjero (CERA) pero se encuentran temporalmente en el estado español durante el proceso electoral.
HITOS PRINCIPALES | CALENDARIO | BASE LEGAL |
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Solicitud por el elector o electora del voto por correo en cualquier oficina postal del Estado español. | 19 mayo a 2 julio | 72. a) LOREG |
Remisión por DPOCE al domicilio indicado por el elector o electora del certificado inscripción censo y documentación electoral para el voto. | 22 junio a 5 julio | 73.1 y 2 LOREG |
Envío a la JETH correspondiente del voto por correo con la documentación electoral. | 22 junio a 8 julio | 73.3 LOREG |
(1)Si hubiera impugnación por anular alguna candidatura el plazo se amplía hasta el 30 junio
Fecha de última modificación: